Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 1998 (25/11/1998)


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dependiente Vamos Vecino" obtuvo setenta y dos (72) votos, y la Lista Independiente "Unidos Bongara" obtuvo sesenta y tres (63) votos; constatandose ademas, que los personeros de mesa no han formulado observacion o impugnacion alguna; Que, por otro lado, se advierte del ejemplar del Acta Electoral N" 168626 que la recurrente presenta en fotocopia como medio de prueba, y que corre a fojas treinta y uno, que esta muestra signos de haber sido enmendada en los casilleros correspondientes a la votacion distrital; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrandojusticia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de nulidad de las elecciones municipales en el distrito de Churqja, provincia de Bongara, departamento de Amazonas, formulado por MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, candidata al cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Churuja, por la Lista Independiente "Unidos Bongara". Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 13697 RESOLUCION W 1122-9%JNE MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 VISTOS: El expediente elevado mediante Oficio N" 165-98 JEE-LC-EM por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del MORDAZA Electoral Especial de la provincia de La Convencion, recibido con fecha 29 de octubre del presente ano, el que ha sido formado por haber interpuesto don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Personero de la Lista Independiente "Unidad Convenc'iana", recurso solicitando la nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de Cusco; sustentando su pedido, refiriendo haberse cometido irregularidades por parte de los representantes de la Lista Independiente "Izquierda Unida MORDAZA hacia la Nueva Izquierda", siendo tales las siguientes: 1) El sabado 10 de octubre de 1998, una emisora clandestina denominada "Urusayhua" propalo propaganda electoral a favor de dicha lista; 2) Los partidarios de la mencionada lista, encabezados por don MORDAZA Pro MORDAZA, actual MORDAZA del distrito de Echarate y candidato a la reeleccion, interceptaron a los vehiculos provenientes del interior del distrito para trasladar a los pasajeros, aleccionandolos en la forma de votar y repartiendoles dinero; 3) Se limito en sus funciones a los personeros de la Lista Independiente "Unidad Convenciana" de los locales de votacion ubicados en los Centros Educativos N" 50243 y "Jose MORDAZA Arguedas" y a los personeros tecnicos, a quienes no se les permitio el acceso al centro de computo de la ODPE; 4) Se repartieron Libretas Electorales y DNI en el domicilio del ciudadano Raly MORDAZA MORDAZA, los dias 10 y 11 de octubre ultimos, por encargo de la oficina del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil de la MORDAZA de Quillabamba, entrega que se hizo coaccionando a los electores a que voten por la lista "Izquierda Unida MORDAZA hacia la Nueva Izquierda"; 5) Efectivos de la Policia Nacional indujeron a los electores al MORDAZA por la Lista Independiente "Izquierda Unida MORDAZA hacia la Nueva Izquierda"; y, 6) Fueron distribuidos boletos de pasaje de ida y vuelta para el transporte de los electores, con la condicion de que voten a favor de la mencionada lista; y el escrito presentado por el mismo personero, con fecha 13 de noviembre de 1998; CONSIDERANDO: Que, los presumibles actos de MORDAZA electoral efectuada por allegados a la Lista Independiente "Izquierda Unida MORDAZA hacia la Nueva Izquierda", realizados se-

MORDAZA, miercoles 25 de noviembre de 1998

gun se manifiesta,, el dia anterior y el mismo dia de las elecciones, infringiendo lo dispuesto en el Articulo 190" de la Ley Organica de Elecciones W 26859, debieron en todo caso, hacerse de conocimiento oportuno de las autoridades competentes, a efectos de determinar las responsabilidades del caso y se aplique la sancion correspondiente conforme al Articulo 389" de la misma ley; Que, se advierte de las constancias y certificaciones que se presentan como prueba, que dichos documentos se limitan a reproducir las manifestaciones de los denunciantes, sin llegar a constatar los hechos, observandose que en la mayoria de los casos, estas denuncias se han realizado en fecha posterior al dia de los acontecimientos; Que, no se ha acreditado en autos la existencia de causal de nulidad de las elecciones, de conformidad con lo previsto en el Articulo 36" de la Ley de Elecciones Municipales W 26864; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de nulidad de las elecciones municipales en el distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, formulado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero de la Lista Independiente "Unidad Convenciana". Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA: MORDAZA VILLAR: MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 13700 RESOLUCION N" 1123~WJNE MORDAZA, 24 de noviembre de 1998 VISTOS: La comunicacion recibida el dia 20 de octubre de 1998, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista Independiente "Integracion Provincial para el Desarrollo", quien solicita la nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de Hualgayoc, provincia del mismo nombre, departamento de MORDAZA, por haberse cometido graves irregularidades, que segun manifiesta el recurrente, han modificado los resultados de la votacion en dicho distrito, siendo tales irregularidades las que elrecurrente enumera de la siguiente manera: 1) Haber mediado fraude para inclinar la votacion a favor de la lista que resulto ganadora, por parte de los coordinadores de ODPE de dicho distrito, quienes hicieron firmar Actas en MORDAZA a los miembros de mesa y personeros; 2) Que luego del escrutinio los coordinadores de ODPE, desaparecieron del lugar en compania de los personeros de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", con el fin de adulterar las actas;31 No se ha consignado numero de electores en las Actas Electorales de dicho distrito; 4) La impugnacion de treinta Actas Electorales por presentar inconsistencias en el llenado; 5) El MORDAZA Electoral Especial de Hualgayoc ha resuelto las impugnaciones en forma ambigua, declarando validas las Actas Electorales que contienen errores materiales; y 6) existencia de errores y enmendaduras en las Actas Electorales; El recurso de apelacion interpuesto por el mismo recurrente, contra la Resolucion W 04 de fecha ll de octubre del ano en curso, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Hualgayoc, que convalido treinta actas correspondientes al distrito de Hualgayoc, las mismas que fueron observadas en el MORDAZA de computo; Los escritos presentados con fechas 16y 17 de noviembre de 1998, por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato al cargo de MORDAZA del Concejo Diatrital de Hualgayoc por la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", y por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la misma agrupa-

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