Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2005 (19/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2005

Modifican la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Medico-Quirurgicos SISMED
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 367-2005/MINSA MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2005 Visto el Memorandum Nº 498-2005-ACCESODEAUM-DIGEMID/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1753-2002SA/DM, se ha aprobado la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos MedicoQuirurgicos - SISMED; Que, se ha detectado que algunos requisitos y procedimientos administrativos establecidos en la referida Directiva, estan dificultando el acceso a medicamentos de la poblacion de menores recursos economicos; Que, en concordancia a lo dispuesto en el numeral 4.1 del acceso universal a los medicamentos esenciales de los Lineamientos de Politica correspondiente a la Politica Nacional de Medicamentos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1240-2004/MINSA, resulta necesario modificar e incorporar algunas precisiones tecnicas y administrativas orientadas a optimizar el referido sistema de suministro de medicamentos; Con la opinion favorable de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituir el texto de los numerales 7.1.4, 7.2.1, 7.3.1, 7.4.2, 7.4.10, 7.5.2, 7.5.5, 7.5.14, 7.5.17, 7.5.19, 7.5.20. 7.6.1, 7.7.1, 7.9.2 y 7.9.7, y numeral 04 del Anexo Nº 12 de la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Medico-Quirurgicos - SISMED, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 1753-2002-SA/DM, en los siguientes terminos: "7.1.4.- Los Productos Farmaceuticos y Afines provenientes de donaciones no forman parte del stock fisico integrado del SISMED, pero seran administrados por las Direcciones de Medicamentos en las DISAS o Departamentos de Farmacias de Hospitales e Institutos Especializados y se utilizaran para atender indigencias o situaciones de emergencia, no pudiendo ser comercializadas, salvo que el donante exprese en un documento, que sus donaciones puedan ser comercializadas". "7.2.1.- El Comite Farmacologico de la MORDAZA, Hospital e Instituto Especializado, en el MORDAZA que establece su constitucion y la MORDAZA que aprueba el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, es responsable de conducir el MORDAZA de seleccion de medicamentos y elaborar los Petitorios de Medicamentos Esenciales por niveles de atencion. Asimismo participar en la elaboracion de las guias y/o protocolos de tratamiento con el objetivo de promover el uso racional de los medicamentos". "7.3.1.- El Director de Medicamentos o Jefe de Farmacia, segun corresponda, consolida y evalua tecnicamente los requerimientos de los diferentes servicios o dependencias usuarias, siendo responsable de determinar anualmente, en los plazos establecidos para la elaboracion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, las necesidades de Productos Farmaceuticos y Afines, para la atencion a pacientes cubiertos por el SIS, por las Intervenciones SanitariasDGSP, Defensa Nacional y demas pacientes no cubiertos, asi como de efectuar la reprogramacion de ser necesario. Para ello MORDAZA uso de la informacion sobre consumo y stock que genere y de la informacion que opor-

tunamente brinde la DGSP, respecto de las metas de cobertura prestacional para el ano sujeto de programacion, tendencia del numero de casos en los ultimos dos anos y guias de atencion integral de salud. Para el caso de los Productos Farmaceuticos y Afines utilizados en las intervenciones sanitarias, la programacion se realizara en coordinacion con la Direccion de Salud de las Personas y para el caso de emergencias y desastres con los responsables de Defensa Nacional de la MORDAZA o quien haga sus veces". "7.4.2.- La compra nacional tiene por finalidad adquirir los Productos Farmaceuticos y Afines de mayor consumo en los establecimientos de salud y de impacto en el presupuesto nacional. Este MORDAZA es conducido por la OGA del MINSA, de acuerdo a las normas contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento. Cada Unidad Ejecutora es responsable de formalizar la adquisicion a traves de lo establecido para cada MORDAZA de adquisicion". "7.4.10 Mensualmente la DIGEMID pondra a disposicion de la MORDAZA, Instituto Especializado y Hospital Unidad Ejecutora, informacion sobre el comportamiento de los precios de adquisicion de los medicamentos esenciales. Dichos precios seran utilizados como referenciales por las entidades que adquieran estos bienes para establecer el precio referencial senalado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Para dicho efecto la MORDAZA, Instituto Especializado, Hospital Unidad Ejecutora y PAAG remitiran mensualmente a DIGEMID la informacion de precios de los Productos Farmaceuticos y Afines adquiridos, segun el procedimiento que establezca DIGEMID". "7.5.2 Constituyen recursos del Fondo Rotatorio del SISMED los siguientes: a. Los recursos obtenidos por la venta de Productos Farmaceuticos y Afines. b. Los recursos financieros asignados para Productos Farmaceuticos y Afines reembolsados por el SIS. c. Los recursos financieros obtenidos por el reembolso que efectua el PAAG por la entrega de Productos Farmaceuticos y Afines denominados de soporte a los pacientes cubiertos por la DGSP. d. Las asignaciones financieras provenientes del Tesoro Publico para la adquisicion de Productos Farmaceuticos y Afines. e. Los recursos provenientes de Cooperacion Externa u otras MORDAZA para la adquisicion de Productos Farmaceuticos y Afines y cuando exista la voluntad expresa de permitir su comercializacion. f. Los recursos financieros de donaciones recibidas para la adquisicion de Productos Farmaceuticos y Afines, solo en el caso que el donante expresamente manifieste su intencion de comercializar estos productos. g. Los recursos financieros obtenidos por el reembolso que efectua la Oficina General de Defensa Nacional a traves de la OGA-MINSA por la entrega de medicamentos e insumos medico quirurgico a los pacientes afectados en una situacion de emergencia o desastre". "7.5.5.- El precio MORDAZA de operacion es el valor al cual el Servicio de Farmacia del Centro de Salud, Puesto de Salud, CLAS, Instituto Especializado y Hospital entrega el producto farmaceutico y afin al usuario. El precio de operacion incluye un margen destinado a cubrir los gastos especificados en los literales b, c, d, e, f, g, h, i, j y k, del numeral 7.5.14 de la presente Directiva, el mismo que debe estar redondeado a dos decimales. Para los Productos Farmaceuticos y Afines adquiridos en el nivel de compra regional o institucional, el precio de operacion sera el que resulte de incrementar hasta un margen del 25% sobre el precio de adquisicion". "7.5.14.- Los recursos del Fondo Rotatorio del SISMED sirven para financiar exclusivamente los siguientes rubros: a. Adquisicion de Productos Farmaceuticos y Afines debiendo considerar los medicamentos del Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, Productos e Insumos de eficacia, seguridad y necesidad demostrada de acorde a las prioridades de salud publica.

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