Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2005 (19/05/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 299817

nistracion de Recursos, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09254

economicos de nuestro distrito y promover la proteccion de los comerciantes y de los consumidores; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Unico.- AMPLIESE la fecha de vencimiento para el acogimiento del beneficio aprobado por la Ordenanza Nº 045-2003-MDI prorrogada mediante la Ordenanza Nº 051-2003-MDI, Decretos de Alcaldia Nº 027-2003-MDI, Decreto de Alcaldia Nº 008-2004MDI, Decreto de Alcaldia Nº 022-2004-MDI, y Decreto de Alcaldia Nº 025-2004-MDI en consecuencia prorroguese dicho vencimiento hasta el 30 de junio del ano 2005. Registrese, comuniquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09256

Amplian fecha de vencimiento para acogerse a beneficio para la promocion de la formalizacion de las actividades industriales, comerciales y de servicios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2005-MDI Independencia, 6 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistas: Las Ordenanzas Nº 045-2003-MDI del 30 de junio del 2003, Nº 051-2003-MDI del 18 de setiembre del 2003, el Decreto de Alcaldia Nº 027-2003-MDI, Nº 0082004-MDI, Nº 022-2004-MDI, Nº 025-2004 del 30 de diciembre del 2004, por la cual se aprobo conceder el Beneficio para la Promocion de la Formalizacion de las Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios, y el Informe Nº 220-2005-DPAECDC/GDEL/MDI del 28 de MORDAZA y Memorandum Nº 267-2005-GDEL/MDI del 28 de MORDAZA del 2005; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 227680, Ley de Reforma Constitucional, senala que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, de conformidad con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen entre sus competencias administrar sus bienes y rentas asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 045-2003-MDI se concedio el beneficio para la Promocion de la Formalizacion de las Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Independencia, en el sentido de otorgar descuentos en los derechos establecidos en el MORDAZA, segun les corresponda, a efectos de obtener la respectiva Licencia de Apertura de Establecimiento, con plazo hasta el ultimo dia util del mes de setiembre del 2003, plazo de acogimiento que fue prorrogado a traves de la Ordenanza Nº 051-2003-MDI hasta el 31 de diciembre del 2003 y hasta el 31 de marzo del 2004, mediante Decreto de Alcaldia Nº 027-2003-MDI, para luego ser ampliada la fecha de vencimiento para el acogimiento de este beneficio hasta el 31 de agosto del 2004, luego, se amplio, por Decreto de Alcaldia Nº 022-2004-MDI hasta el 31 de diciembre del 2004, y finalmente, por Decreto de Alcaldia Nº 025-2004-MDI, se amplia hasta el 30 de MORDAZA del ano 2005; Que, con la finalidad de brindar mayores facilidades a los contribuyentes que gestionen la obtencion de la Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento, Licencia Municipal de Apertura Provisional de Establecimiento y para el Cambio de Denominacion o Razon Social y/o Ampliacion de Giro o Area de la Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento, resulta conveniente prorrogar con caracter general el vencimiento del referido beneficio; Que, viendo la acogida que ha tenido el presente beneficio por la Comunidad y la voluntad de la actual gestion de contribuir a la formalizacion de los agentes

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Reglamento del MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo 2006 en el distrito
ORDENANZA Nº 135-MDL Lince, 27 de MORDAZA del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE VISTO: En Sesion de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 011-2005-MDL-CAL-CEA-CSCPV de las Comisiones de Asuntos Legales, de Economia y Administracion y de Servicios a la MORDAZA y Participacion Vecinal, sobre aprobacion de la Ordenanza que Regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo del 2006, en el distrito de Lince; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificado mediante Ley Nº 27680, que aprueba Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo V, sobre Descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan, y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, de conformidad con el Articulo 53º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, mediante Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, se establecen disposiciones que aseguren la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto; la misma que es reglamentada con el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 006-2005EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2005-EF/ 76.01 - "Instructivo del MORDAZA del Presupuesto Partici-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.