Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2005 (19/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2005

Que, el articulo 8º de la Ley Nº 28059, "Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada", dispone que los Gobierno Regionales crearan las Agencias Fomento de Inversion Privada como un organo especializado, consultivo y de coordinacion con el sector privado en la promocion de la inversion; las mismas que estaran integradas por representantes del Gobierno Regional respectivo y del sector privado representado por los gremios y asociaciones de productores y empresarios de la respectiva jurisdiccion y en esa direccion en su articulo 9º establece las atribuciones de las precitadas Agencias Fomento de Inversion privada; Que el articulo 7º inciso h) de la Ley Nº 28273 - "Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales", exige como un requisito para la acreditacion de los Gobiernos Regionales el que estos cuenten con la conformacion de una Agencia Fomento de Inversion Privada; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y el Reglamento Interno, el Consejo Regional con MORDAZA unanime ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA AGENCIA DE FOMENTO DE LA INVERSION PRIVADA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Articulo Unico.- Crease la Agencia de Fomento de la Inversion Privada del Gobierno Regional de MORDAZA, como organo especializado, consultivo y de coordinacion con el Sector Privado, encargando de promover la inversion privada dentro de la Region MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Ley 28059 - "Ley MORDAZA de la Promocion de la Inversion Descentralizada". Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintitres dias del mes de marzo del ano 2005. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional - MORDAZA, a los veintitres dias del mes de marzo del ano 2005. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente 09244

Que, de acuerdo al Titulo XIII, Capitulo IV, Numeral 7, Item 7.6, de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 publicada el 26 de MORDAZA de 2003, es competencia y funcion especial de esta Corporacion MORDAZA la verificacion y el control en el funcionamiento de los vehiculos automotores a traves de las revisiones tecnicas periodicas; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 34222004-MTC/15, de fecha 20 de agosto de 2004 se aprobo la "Tabla de Infraestructura y Equipamiento Minimos para Plantas de Revisiones Tecnicas Vehiculares"; bajo cuyos parametros se dicto el Decreto de Alcaldia Nº 017 de fecha 25 de febrero de 2005, que aprobo los Parametros Urbanisticos y Edificatorios para la Instalacion de las Plantas de Revisiones Tecnicas Vehiculares, aplicable en el ambito de la provincia de MORDAZA, contenidos en el Anexo 1; Que, con fecha 15 de MORDAZA de 2005, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Directoral Nº 20452005-MTC/15, en cuyo 1er. Articulo, se modifica el Acapite III, Literal a) de la Tabla de Infraestructura y Equipamiento Minimos para las Plantas de Revisiones Tecnicas Vehiculares que fuera aprobada por Resolucion Directoral Nº 3422-2004-MTC/15, de fecha 20 de agosto de 2004, y en consecuencia de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades corresponde su adecuacion; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar la Modificacion del Articulo 10º del Decreto de Alcaldia Nº 017 que aprueba los Parametros Urbanisticos y Edificatorios para la Instalacion de las Plantas de Revisiones Tecnicas Vehiculares, aplicable en el ambito de la provincia de MORDAZA, quedando el texto de la siguiente manera: Articulo 10º.- Lineas de Revisiones Tecnicas Vehiculares Las Lineas de Revisiones Tecnicas Vehiculares, segun el MORDAZA de vehiculo deberan tener como minimo las siguientes dimensiones:
TIPOS DE LINEAS DE REVISION Para Vehiculos Menores (motos y mototaxis) Para Vehiculos Livianos Para Vehiculos Pesados ANCHO 2.50 m. 4.00 m. 5.00 m. LARGO 15.00 m. 20.00 m. 30.00 m.

POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 09390

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican el Articulo 10º del D.A. Nº 017, que aprueba parametros para la instalacion de plantas de revisiones tecnicas vehiculares
DECRETO DE ALCALDIA Nº 040 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Amplian alcances de las Ordenanzas Nºs. 061-2004-A/MDC y 074-A/MDC, que otorgaron beneficios a favor de contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2005-A/MDC Carabayllo, 1 de MORDAZA del 2005

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