Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2005 (19/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES PROYECTO

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infracciones administrativas asi como a graduar las sanciones; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 011-2004-OS/CD de fecha 20 de enero de 2004, se aprobo el "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias en Instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion Electrica por Seguridad Publica"; Que, en el MORDAZA de supervision del ano 2004, OSINERG ha recibido sugerencias de los representantes de las empresas fiscalizadas para ampliar los periodos de entrega de la base de datos de las instalaciones electricas y de las deficiencias; asi como tambien, ampliar la frecuencia de la supervision y fiscalizacion, razon por la cual se ha considerado realizar algunas modificaciones al respecto; Que, asimismo, debemos tomar en cuenta que con estas modificaciones se podra realizar una mejor labor de fiscalizacion, garantizando la seguridad de instalaciones de media tension a fin de evitar situaciones de riesgo electrico que podrian ocasionar accidentes fatales, danos materiales o afectar la continuidad y confiabilidad del suministro electrico; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 8º y articulo 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobacion del Procedimiento MORDAZA mencionado se requiere su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, Ley Nº 27699 y el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion del Proyecto "Modificacion del Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias en Instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion Electrica por Seguridad Publica" aprobado con Resolucion de Consejo Directivo Nº 011-2004-OS/CD, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERG o via correo electronico a unidaddistribuc@osinerg.gob.pe dentro de los quince (15) dias calendario contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERG PROYECTO MODIFICACION DEL "PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACION Y SUBSANACION DE DEFICIENCIAS EN INSTALACIONES DE MEDIA TENSION Y SUBESTACIONES DE DISTRIBUCION ELECTRICA POR SEGURIDAD PUBLICA" RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº XXX-2005-OS/CD MORDAZA, VISTO: El Memorando Nº GFE-xxx -2005 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, la aprobacion de la modificacion de algunos articulos del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias en Instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion Electrica por Seguridad Publica", aprobado por Resolucion del Consejo

Directivo de OSINERG Nº 011-2004-OS/CD de fecha 20 de enero de 2004. CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 011-2004-OS/CD de fecha 20 de enero de 2004, se aprobo el "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias en Instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion Electrica por Seguridad Publica"; Que, en el MORDAZA de supervision del ano 2004, OSINERG ha recibido sugerencias de los representantes de las empresas fiscalizadas para ampliar los periodos de entrega de la base de datos de las instalaciones electricas y de las deficiencias; asi como tambien, ampliar la frecuencia de la supervision y fiscalizacion, razon por la cual se ha considerado realizar algunas modificaciones al respecto; Que, a efecto de adecuar la politica de transparencia institucional a lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, OSINERG prepublico el XXXX de 2005 en el Diario Oficial El Peruano la Modificacion del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias en Instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion Electrica por Seguridad Publica", con la finalidad de recibir los aportes del publico en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, Ley Nº 27699 y el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los literales a) y b) del numeral 6.3, los numerales 6.5, 7.1, 7.2, 7.6 y 8.3, y la Disposicion Complementaria del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias en Instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion Electrica por Seguridad Publica" aprobado con Resolucion de Consejo Directivo Nº 011-2004-OS/CD, los mismos que quedaran redactadas en los siguientes terminos: "6. INFORMACION DE LA SUBSANACION DE LAS DEFICIENCIAS EN LAS INSTALACIONES DE DISTRIBUCION (...) 6.3 En los casos que correspondan a deficiencias por incumplimiento de las distancias minimas de seguridad a edificaciones, a estaciones de servicio de combustible, plantas envasadoras de gas, a carteles publicitarios fijados a edificaciones, u otros similares, la concesionaria efectuara lo siguiente: a) Para deficiencias cuya subsanacion sea de responsabilidad de las concesionarias Ejecutar la inmediata subsanacion de la deficiencia. Para las deficiencias de riesgo alto, cuando la

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