Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2005 (08/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2005

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Supremo Nº 011-2003-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2005-PRODUCE, y este ultimo a su vez modificado por Decreto Supremo Nº 0072005-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal m) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesqueria 15382

sucesorio entre el titular del permiso de pesca y el recurrente; asimismo, el recurrente manifiesta que la transferencia se ha realizado por medio de un contrato de Compra-Venta, acto juridico que no implica que los citados senores tengan calidad de coherederos de la embarcacion "MERCEDEZ ANGELITA" puesto que no hay indicios que la embarcacion provenga de una sucesion, acreditandose unicamente la transferencia ordinaria de acciones y derechos de la citada embarcacion, por lo que siendo un medio de prueba insuficiente para configurar su pretension dentro del supuesto de hecho establecido en el Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, el recurso interpuesto debe declararse infundado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 0902005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, asi como la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 3232004-PRODUCE/DNEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 15383

Declaran infundada reconsideracion interpuesta contra resolucion referente al cambio de titular de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 226-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 19 de agosto de 2005 Visto el escrito de registro Nº CE-00011002 de fecha 14 de enero del 2005, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA RAMIREZ. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 323-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 9 de diciembre del 2004, se declaro improcedente la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre cambio del titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera construida en MORDAZA denominada "MERCEDEZ ANGELITA" con matricula Nº CO-15856-CM, otorgado con Resolucion Directoral Nº 382-98-PE/DNE de fecha 28 de diciembre de 1998, al armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, puesto que el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 00398-PE, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, establece que el permiso de pesca otorgado al MORDAZA de la Ley Nº 26920 no es transferible, salvo por herencia, asimismo, entre los coherederos o sus descendientes es valida la transferencia de las acciones y derechos adquiridos por herencia, supuesto que no se adecuaba al presente caso, en tanto que no se configuro una transmision hereditaria entre el titular del derecho administrativo el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su hermano, el senor MORDAZA MORDAZA RAMIREZ; Que mediante escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 323-2004-PRODUCE/ DNEPP, presentando como nueva prueba la MORDAZA legalizada del Testimonio de la Escritura Publica de Compra-Venta de acciones y derechos de la embarcacion pesquera "MERCEDEZ ANGELITA" de matricula Nº CO15856-CM, celebrada entre el recurrente y senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifestando que ha demostrado la afinidad con su hermano, lo que hace posible el cambio del titular del permiso de pesca y las acciones y derechos adquiridos por herencia, segun sostiene; Que el documento presentado en calidad de nueva prueba, no desvirtua lo manifestado en la resolucion impugnada, en tanto se observa que no media derecho

Reincorporan a embarcacion en Anexo III de la R.M. Nº 229-2002-PRODUCE a fin de ser considerada para sustitucion de capacidad de bodega
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 228-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 19 de agosto del 2005 Vistos los escritos con registro Nº 03983003 de fechas 5 de MORDAZA, 26 de junio, 18 y 24 de MORDAZA del 2003, 14 de enero, 29 de marzo del 2004; Nº 06093001 de fecha 10 de MORDAZA del 2003; Nº 07205001 de fecha 26 de junio del 2003; Nºs 10823002 y 10824002 de fechas 2 de septiembre y 18 de junio del 2003, presentados por PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 023-99-PE/ DNE del 21 de enero de 1999 se aprobo el incremento de flota via sustitucion de la embarcacion operativa denominada "TIBURON 6" con matricula Nº CE-4122-PM,

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