Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2005 (08/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la postergacion, del 30 de setiembre al 25 de noviembre del 2005, la fecha de elecciones de los representantes de los Organismos Privados de Promocion de las MYPE, los Consumidores, los Gobiernos Locales y los Gremios de las Micro y Pequena Empresa, ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa - CODEMYPE, para el periodo 2005 - 2007. Articulo 2º.- El Comite Electoral - CODEMYPE, instalado conforme a la Resolucion Ministerial Nº 2232005-TR, procedera a establecer y publicar un MORDAZA cronograma electoral, que comprenda como fecha de elecciones el 25 de noviembre del 2005, conjuntamente con la convocatoria efectuada conforme a la Directiva Nº 004-2005-MTPE/DVMPEMPE/DNMYPE. Articulo 3º.- Los Organismos Privados de Promocion de las MYPE, las Asociaciones de Consumidores, los Gobiernos Locales y los Gremios de las Micro y Pequena Empresa que a la fecha hubiesen presentado su "solicitud de inscripcion como electores", no requeriran volver a presentar dicha solicitud dentro de la etapa de inscripcion establecida en el MORDAZA cronograma a ser publicado. Las solicitudes recibidas por el Comite Electoral CODEMYPE, conforme al cronograma anterior, seran consideradas automaticamente presentadas con fecha del primer dia de inscripcion de electores del MORDAZA cronograma. Articulo 4º.- En forma excepcional se dispone que para el MORDAZA electoral de representantes de los Organismos Privados de Promocion de las MYPE, los Consumidores, los Gobiernos Locales y de los Gremios de las Micro y Pequena Empresa, ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa - CODEMYPE, por el periodo 2005 - 2007, las instituciones que deseen participar como electores y/o candidatos deberan tener registro vigente en la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, Registro Nacional de Asociaciones de la Pequena y Micro Empresa - RENAMYPE o el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, segun corresponda, al dia anterior de la fecha de apertura de inscripcion de candidatos, conforme al MORDAZA cronograma a ser publicado por el Comite Electoral - CODEMYPE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 15427

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 218-2005TR, de fecha 10 de agosto del 2005, se aprueba la Directiva Nº 004-2005-MTPE/DVMPEMPE/DNMYPE, que regula la Convocatoria y Eleccion de los representantes de los Organismos Privados de Promocion de las MYPE, los Consumidores, los Gobiernos Locales y de los Gremios de las Micro y Pequena Empresa, ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa - CODEMYPE; Que, la Directiva Nº 004-2005-MTPE/DVMPEMPE/ DNMYPE, en su articulo 4.1 dispone la realizacion de las elecciones de los representantes de los Organismos Privados de Promocion de las MYPE, los Consumidores, los Gobiernos Locales y de los Gremios de las Micro y Pequena Empresa ante el CODEMYPE, mediante MORDAZA de eleccion electronica; Que, el articulo 5.1 de la mencionada Directiva estipula que mediante Resolucion Ministerial se disponga la realizacion de la Convocatoria para la eleccion de los representantes de los Organismos Privados de Promocion de las MYPE, los Consumidores, los Gobiernos Locales y de los Gremios de las Micro y Pequena Empresa ante el CODEMYPE, asi como la instalacion del Comite Electoral - CODEMYPE; Que, conforme al articulo 10.2 de la referida Directiva, para garantizar la transparencia del MORDAZA electoral a ser realizado, el MTPE requiere la asistencia tecnica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE y opcionalmente de otra institucion especializada en temas electorales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 223-2005TR, de fecha 12 de agosto del 2005, se Convoca a elecciones de los representantes de los Organismos Privados de Promocion de las MYPE, los Consumidores, los Gobiernos Locales y de los Gremios de las Micro y Pequena Empresa, ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa CODEMYPE, por el periodo 2005 - 2007, se dispone la instalacion del Comite Electoral - CODEMYPE, y se establece como fecha de elecciones el 30 de setiembre del 2005; Que, estando proxima la realizacion del referendum regional, la misma, que se llevara a cabo el 30 de octubre del presente ano, la ONPE indica que se halla abocada a la capacitacion de su personal para dicho MORDAZA electoral; Que, mediante Acta de reunion de fecha 25 de agosto del 2005, la ONPE deja MORDAZA que: a) La ONPE MORDAZA el apoyo logistico necesario y asistira el dia de la votacion si dichas actividades no interfieren con sus actividades electorales programadas para los procesos de Referendum y Consulta, y que en razon de su cronograma de actividades electorales, no se compromete a otro MORDAZA de apoyo hasta despues del 30 de octubre del 2005; y b) Respecto al sistema informatico a ser utilizado en el MORDAZA electoral electronico de representantes ante el CODEMYPE, establece observaciones de orden tecnico; Que, mediante Acta Nº 2 del Comite Electoral CODEMYPE, de fecha 26 de agosto del ano 2005, se concluye la necesidad de postergar la fecha de elecciones al 25 de noviembre del 2005; Que, conforme a las consideraciones precedentes, resulta necesaria efectuar la postergacion del MORDAZA electoral hasta que resulte posible contar con la intervencion plena de la ONPE, conforme al articulo 10.2 de la Directiva Nº004-2005-MTPE/DVMPEMPE/DNMYPE, y efectuar las modificaciones en el sistema informatico, conforme a la opinion tecnica de la ONPE; Con la visacion del Viceministro de Trabajo; de la Directora Nacional de la Micro y Pequena Empresa; y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y el literal d) del ar ticulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Encargan funciones de Director de la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo del Viceministerio de Comunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 606-2005 MTC/03 MORDAZA, 7 de setiembre de 2005

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