Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2005 (08/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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efectiva del recurrente se genera un MORDAZA vinculo laboral cuyo regimen laboral, condiciones de trabajo y demas condiciones estaran en funcion a la plaza presupuestada a la que se le reincorpora que debe ser considerada en base a la plaza que ocupaba al momento de su cese u otra plaza similar. Que, estando a lo expuesto, la reincorporacion del recurrente genera un MORDAZA vinculo laboral, cuyo regimen laboral (Decreto Legislativo Nº 728) condiciones de trabajo y demas condiciones estaran en funcion a la plaza presupuestada a la que se le reincorpora que debe ser considerada en base a la plaza que ocupaba al momento del cese. Por lo que se solicita a la Gerencia de Planificacion indicar la plaza vacante presupuestada a la que se le reincorporara al recurrente. Que, mediante Proveido Nº 2792-2005-GGM-MDA de fecha 12 de agosto de 2005, la Gerencia General Municipal dispone se ejecuten las acciones correspondientes a fin de culminar con el MORDAZA de reincorporacion del recurrente, para cuyo efecto la Gerencia de Planificacion debera emitir pronunciamiento en relacion a la disponibilidad presupuestal. Que, mediante Memorandum Nº 1448-2005-GP/MDA de fecha 12 de agosto de 2005 la Gerencia de Planificacion establece la siguiente estructura funcional programatica a favor del Sr. MORDAZA MORDAZA Ccaulla;
Funcion Programa Subprograma Actividad Centro de Costo Especifica de Gastos Fte. de Fto. Monto : : : : : : 03 Administracion y Planeamiento 003 Administracion 0006 Administracion General 00267 Gestion Administrativa 1020 Subgerencia de Fiscalizacion 5.1.11.09-Retribuciones y Complemento-Obreros Permanentes : 08 Otros Impuestos Municipales : S/. 12,740.35 Nuevos Soles.

Que, mediante Proveido Nº 2852-05-GGM/MDA el Gerente General municipal senala se proyecte la Resolucion de Alcaldia respectiva. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades otorgadas en el inciso 6) del ar ticulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DISPONER, LA REINCORPORACION del Sr. MORDAZA MORDAZA CCAULLA en la condicion de Servidor Obrero en la Plaza Nº 241 de la Subgerencia de Fiscalizacion de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Ate; de acuerdo a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Personal la incorporacion en la Planilla unica de obreros al Sr. MORDAZA MORDAZA Ccaulla de acuerdo a la siguiente Estructura Remunerativa: 10100 10101 10103 10120 10126 10127 10128 10129 10150 10151 10160 10161 10170 10184 Remuneracion Basica 420.00 Asignacion por Costo de MORDAZA 1,881.47 Asignacion Familiar 0.00 Remuneracion Vacacional 0.00 Dias Trabajados 0.00 Horas Trabajadas 0.00 Horas Extras 0.00 Otros Pagos No Remunerados 0.00 Incremento AFP ( 10.23% ) 0.00 Incremento AFP ( 3.00% ) 0.00 Asignac. P. Movilidad y Rac. 0.00 Asignac. P. Refrigerio y Mov. 105.00 Asignacion p. Racionamiento 142.00 Reintegros Adeudos anos 0.00 ---------------------------------------- TOTAL INGRESOS : S/. 2,548.47

Que, mediante Informe Nº 730-2004-SGP-GA/MDA de fecha 2 de MORDAZA de 2004 la Subgerencia de Personal hace presente que: A la fecha de su cese por causal de excedencia, el solicitante tenia la condicion de Obrero Permanente incorporado en el Grupo Ocupacional de Auxiliares, Nivel Remunerativo "SAC", habiendo percibido su MORDAZA remuneracion en diciembre de 1996, con la siguiente estructura remunerativa: Basica Reunificada Transitoria por Homologacion Racionamiento Movilidad Incremento Ley Nº 26504 0.02 23.19 1,558.79 42.00 5.00 48.48 -------- 1,677.48

Articulo 3º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolucion a la Gerencia de Administracion, Subgerencia de Personal y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil; con conocimiento de la parte interesada asi como de la Autoridad Administrativa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 15363

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA
Modifican procedimiento denominado "tendido de redes aereas" del MORDAZA de la Municipalidad y el Cuadro de Sanciones y Multas
ORDENANZA Nº 066-CDLCH Chosica, 11 de agosto del 2005. El Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica, Visto el Dictamen Conjunto Nº 02-05/CEPPI-CALMBRC-CDL de las Comisiones Permanentes de Regidores de Economia, Planificacion, Presupuesto e Informatica y de Asuntos Legales, Margesi de Bienes y Registro Civil, por el que se recomienda modificar, por Inclusion, tanto el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA de esta Comuna Distrital, aprobado mediante Ordenanza Nº 051-CDLCH de fecha 28-04-2004, como el Cuadro de Sanciones y Multas que como anexo forman parte integrante del RAS, aprobado por Ordenanza Nº 057-CDLCH; CONSIDERANDO: Que, luego que el Concejo evaluara el dictamen de vistos en la estacion Orden del Dia, ha determinado la necesidad

De acuerdo a la variacion de la escala remunerativa que se produce a partir del ano 1997 por Acta de Trato Directo (40% ) sobre el total de la remuneracion mas S/. 100.00 Nuevos Soles por Movilidad y S/. 100.00 Nuevos Soles por Racionamiento, la remuneracion quedaria establecida como sigue: S/. 1,677.48 ( 40% ) + 200.00 = S/. 2,548.47 Que, la Ley Nº 27469 publicada el 1 de junio del 2001 - que modifico el articulo 52º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 establecio que los obreros que prestan servicios a las Municipalidades son servidores publicos sujetos al regimen laboral de la actividad privada, reconociendoles los derechos y beneficios inherentes a dicho regimen. Que, del mismo modo, el articulo 37º de la nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los obreros municipales son servidores publicos sujetos al regimen laboral de la actividad privada, reconociendoles los derechos y beneficios de dicho regimen, es decir regulado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR - Texto Unico Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 728. Que, de acuerdo a ello se les incorpora en las planillas con las mismas remuneraciones que vinieron percibiendo MORDAZA del cambio del regimen laboral, pero con nuevos conceptos remunerativos, en este caso de acuerdo al calculo realizado es ascendente al monto total de S/. 2,548.47 Nuevos Soles.

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