Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2005 (08/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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b. No se puede verificar y atender toda la informacion senalada en los plazos que la Directiva de SUNASS establece, especialmente la correspondiente a provincias, el problema es mayor con el IV Trimestre pues los plazos son muy cortos e impracticables, considerando que al 31 de enero no se cuenta aun con informacion definitiva. Esto ademas de los problemas relativos a la suficiencia, la disponibilidad y la calidad de la informacion por localidad, en el caso de EPS que atienden muchas localidades. El plazo de treinta (30) dias para la actualizacion de la informacion fija se cuenta a partir de la fecha en que se produzca el cambio. La sugerencia relativa a los plazos para el envio de informacion se tendra en cuenta en la elaboracion de las Circulares. 5.8.4. Respecto a la Primera Disposicion Transitoria y Final del proyecto, EPSEL S.A. sugirio que, MORDAZA de transcurridos los 6 meses fijados para el MORDAZA de implementacion y MORDAZA de la emision de las circulares a que hace referencia el articulo 7º del proyecto, se precise y comunique a la EPS las variaciones en la informacion que actualmente se remite via el software SICAP, asi como los items codificados a que se hace referencia en el acapite 3.1, dando asi tiempo a las EPS para adecuarse internamente, centralizando datos y ordenando los registros respectivos. Esta sugerencia se tendra en cuenta para la elaboracion de las circulares. Cabe senalar que en la primera Circular se considerara plazos de envio excepcionales, unicamente para el inicio de la aplicacion del MORDAZA sistema. 5.9. Otros aspectos.5.9.1. En cuanto a la responsabilidad del gerente, relativa al caracter de declaracion jurada, EMUSAP ABANCAY S.A. propuso que la responsabilidad se extienda al personal que emite la informacion. Para SUNASS la responsable es la EPS, y su representante es el Gerente General. La responsabilidad de los organos o funcionarios que emitan o elaboren la informacion es un MORDAZA que debe tratarse al interior de cada EPS. 5.9.2. Con respecto a los indicadores tomados en cuenta por la SUNASS, EPS SEDACUSCO S.A. y la Asociacion de Usuarios de la EPS GRAU sugirieron: a. Las entidades rectoras deben uniformizar criterios al momento de establecer los indicadores (SUNASS, DNPP, Contaduria Publica de la Nacion, etc.) b. Debe tomarse en cuenta la participacion de los usuarios para efectos de evaluar el sistema de identificar senales de eficiencia, y otros. Las sugerencias se tendran en cuenta en la elaboracion del MORDAZA sistema de indicadores de gestion. 5.9.3. La Asociacion de Usuarios de la EPS GRAU ­ MORDAZA Alta El Obrero solicito precisar si la informacion requerida por la SUNASS a las EPS sera suministrada con una determinada periodicidad o sera de caracter eventual (aparente contradiccion entre los articulos 1º y 7º). Para el cumplimiento de sus funciones, la SUNASS solicita a las EPS informacion de dos formas. Cierta informacion se requiere de manera eventual, segun la necesidad que se presente, por ejemplo, en el caso de procedimientos administrativos sancionadores, problemas que se presenten en la prestacion de los servicios, etc. El MORDAZA MORDAZA de informacion es la que se requiere de manera periodica, en cumplimiento de la labor de supervision. Segun senala el articulo 1º del proyecto, la Directiva es de aplicacion obligatoria unicamente en cuanto a la informacion que las EPS deben remitir periodicamente. 5.9.4. La Asociacion Civica de Unidad, Progreso y Desarrollo del distrito de Pacasmayo propuso que la Directiva se aplique tambien a las Juntas Administradoras (JASS). Es preciso senalar que segun lo establecido por la LGSS y su Reglamento, las JASS tienen una regulacion distinta a las EPS. 5.9.5. La Asociacion Civica citada en el apartado anterior opino tambien que SUNASS, para tomar

decisiones, no debe basarse solo en la informacion de las EPS sino que tambien debe solicitar informacion a la sociedad civil legalmente constituida, a fin de evitar errores. La Directiva se refiere a las EPS porque son ellas las obligadas a enviar informacion a la SUNASS de manera periodica. Sin embargo, ello no significa que el regulador no pueda recibir opiniones y sugerencias de otras instituciones o entidades, o solicitarles informacion. De hecho, la publicacion de los proyectos de normas (tal como el que nos ocupa ahora) es una forma de recoger las opiniones de los interesados, MORDAZA EPS o no. 5.9.6. SEDALIB S.A. y ANEPSSA PERU sugirieron consignar en la base legal la fundamentacion constitucional y la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806 y el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº043-2003-PCM. Se ha incluido en la base legal una referencia a las normas sobre transparencia en la Administracion Publica. 5.9.7. SEDALIB S.A. y ANEPSSA PERU senalaron que, en el articulo del proyecto referido a los usos de la informacion, debe establecerse la intervencion activa y MORDAZA de las EPS, en concordancia y cumplimiento a la funcion normativa de SUNASS, y que la informacion remitida por las EPS tambien debe ser utilizada para la elaboracion de indicadores, para una mejor gestion. Cabe precisar que no es materia de esta directiva desarrollar las funciones que tiene la SUNASS sino unicamente establecer el procedimiento para el envio de informacion. En cuanto a la informacion recibida por SUNASS a traves de este procedimiento, MORDAZA sera utilizada para diversos fines, en cumplimiento de sus funciones. Tal como senala la Directiva, la informacion remitida por las EPS podra ser utilizada para elaborar indicadores de gestion. 5.9.8. SEDALIB S.A. y ANEPSSA PERU propusieron que, dentro de las funciones de SUNASS, se establezca la identificacion de las limitaciones de las EPS y el mecanismo y/o procedimientos para su superacion; a fin de ser consecuentes con su funcion sancionadora. Al respecto, es preciso reiterar que no es materia de esta directiva desarrollar las funciones que tiene la SUNASS sino unicamente establecer el procedimiento para el envio de informacion. 6. Impacto esperado.La formalizacion y unificacion de los requerimientos y el procedimiento de transferencia de informacion de las EPS hacia la SUNASS permitira una determinacion MORDAZA y transparente respecto de la informacion que las EPS deben remitir a SUNASS, evitando asi desconocimiento o confusion de las EPS respecto de lo que SUNASS solicita y la manera como deben remitir lo solicitado. Asimismo, el procedimiento permitira que SUNASS cuente con informacion sistematizada de modo tal que dependiendo del objeto de la supervision o fiscalizacion, se podran elaborar los reportes necesarios adecuados. Finalmente, la Directiva y las posteriores circulares seran un instrumento para eliminar la duplicidad de requerimientos de informacion, pues los datos que se soliciten sobre la base de esta Directiva y las Circulares seran remitidas unicamente a traves del procedimiento establecido. 15367

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban modificacion del Reglamento Interno del Consejo Regional
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA mediante Oficio Nº 760-2005-GR-APURIMAC/PR, recibido el 6 de setiembre de 2005)

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