Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2005 (08/09/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 299856

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2005

En el caso de Mejoramiento de Vivienda, el Grupo Familiar Elegible recibira un puntaje adicional en funcion de los siguientes criterios: a. Hacinamiento; y, b. Materiales de los que se compone la vivienda. Articulo 20º.- Tabla de Puntajes Para cualquier modalidad de Aplicacion del BFH se considera los siguientes puntajes:
CRITERIO Numero de Dependientes Discapacidad PUNTAJE 10 10 CONSIDERACIONES Por cada dependiente hasta un MORDAZA de sesenta (60) puntos. Por cada miembro del Grupo Familiar con discapacidad permanente, excluyendo al Jefe de Familia, hasta un MORDAZA de veinte (20) puntos. Jefatura conjunta de Jefe(a) de Familia y conyuge o conviviente legalmente reconocido, segun lo dispone el Codigo Civil. Jefe de Familia solo. Jefa de Familia sola. Bonificacion por Jefe de Familia con discapacidad permanente o mayor de sesenta y cinco (65) anos de edad. Por cada cincuenta (50) Nuevos Soles de ahorro adicional al Ahorro Minimo requerido y hasta un MORDAZA de veintiocho (28) puntos. Al Grupo Familiar, por cada mes de permanencia del ahorro, desde la fecha de apertura de la cuenta de ahorros. Este puntaje es acumulativo, hasta por un MORDAZA de veinticuatro (24) puntos. Al Grupo Familiar que no MORDAZA sido logrado el acceso al BFH en la Asignacion que participo y volviera a solicitar el acceso al BFH en una siguiente Asignacion. Este puntaje es acumulable hasta un MORDAZA de veinte (20) puntos por cada ano calendario.

El FMV esta facultado a evaluar, en cualquier momento, la informacion proporcionada por los Beneficiarios no comprendidos en la evaluacion de la informacion a que se refiere el articulo 16º del Reglamento Operativo. Articulo 22º.- Vinculacion de los Beneficiarios La vinculacion que se efectue entre los Beneficiarios y una Organizacion, Promotor o ET se acredita mediante la MORDAZA de un listado de los Beneficiarios por parte de la Organizacion, Promotor o ET vinculante. CAPITULO III: DESEMBOLSO Articulo 23º.- Desembolso El desembolso es el MORDAZA mediante el cual se transfiere los recursos del Ahorro y del BFH al Promotor, a la ET, al Fideicomiso o a la IFI respectiva, para cancelar el valor que irrogue la Adquisicion de Vivienda, Construccion en Sitio Propio o Mejoramiento de Vivienda. Articulo 24º.- Canalizacion del Ahorro El Beneficiario pone a disposicion del FMV los recursos que para tal efecto MORDAZA dispuesto como ahorro, para su canalizacion del pago de vivienda u obra. El Ahorro a ser canalizado puede ser igual o mayor al Ahorro minimo. La cuenta de ahorros en la que el Beneficiario deposito su ahorro podra variar, siempre que el Beneficiario informe este hecho y ponga a disposicion del FMV los recursos necesarios para la canalizacion de su ahorro. Es responsabilidad del Beneficiario mantener la disponibilidad de dichos recursos a disposicion del FMV para su canalizacion, ya que de no contar con los recursos suficientes para que el FMV disponga la canalizacion del ahorro, el Beneficiario perdera automaticamente su derecho al BFH, sin necesidad que para ello medie comunicacion alguna. Articulo 25º.- Garantias La garantia cubre el cumplimiento de las obligaciones establecidas para el Promotor o ET, asi como asegura la entrega de vivienda en Adquisicion de Vivienda Nueva y la culminacion de la obra en Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, de acuerdo a los terminos dispuestos en los contratos suscritos entre el Promotor y el Beneficiario. Para efecto de tramitar el desembolso, el FMV solicita al Promotor o la ET que vende, construye o mejora una vivienda o a la IFI respectiva, segun corresponda, alguna de las siguientes garantias: 25.1 Carta Fianza Las cartas fianza deberan ser emitidas por una IFI que se encuentre calificada con B menos o superior. Estas garantias seran de caracter irrevocable, incondicional y de realizacion inmediata a favor del FMV, debiendo ser emitidas en forma solidaria y sin beneficio de excusion. El FMV administra las cartas fianzas. 25.2 Fideicomiso El fideicomiso debera cumplir los requerimientos senalados por las disposiciones que establezca el FMV. A dicho fideicomiso se destinaran como minimo los recursos del BFH y del Ahorro. Este fidecomiso podra combinar otras garantias. 25.3 Certificado Bancario de Moneda Extranjera CBME El CBME debe cumplir con lo establecido en la Ley Nº 27287 y con los demas requisitos y condiciones que apruebe el FMV. 25.4 Fianza otorgada por una IFI Es la fianza otorgada en el MORDAZA de un Convenio de Traslado de Recursos suscrito entre la IFI y el FMV. 25.5 Las demas que se establezcan Mediante acuerdo de VIVIENDA y el FMV, se podra establecer mecanismos de garantia alternativos o complementarios a los senalados en este Reglamento. En el caso de los numerales 25.1, 25.3 y 25.4, la garantia otorgada por el BFH incluira ademas del monto

Jefatura de Hogar

5

10 15 5

Ahorro adicional al Ahorro Minimo*

Permanencia del Ahorro**

Solicitud de Asignacion sucesiva

0.5 o la fraccion correspondiente 2 o la fraccion corresdiente 5

*

**

El haber completado el Ahorro Minimo requerido, segun la VIS elegida, no otorga puntaje. Todo Ahorro acreditado que MORDAZA sido sujeto a calificacion debera ser destinado al financiamiento de la VIS elegida. El Ahorro acreditado a traves de una carta compromiso no otorga puntaje. En caso de transferir su ahorro de una IFI a otra se mantiene el derecho a este puntaje, siempre y cuando el FMV sea informado de este hecho por el Grupo Familiar o la IFI.

En el caso de Mejoramiento de Vivienda:
CRITERIO Hacinamiento* PUNTAJE 0 5 10 10 5 0 10 5 0 10 5 0 CONSIDERACIONES Hasta tres (3) personas por cuarto. Cuatro (4) personas por cuarto. Mas de cuatro (4) personas por cuarto. Piso Terreno natural Provisional Otros MORDAZA Cana, esteras, desechos Adobe, quincha, MORDAZA, MORDAZA o MORDAZA Otros Techo Paja, cana, estera o inexistente Calamina o similar Otros

Materiales Predominantes**

*

**

El hacinamiento se calculara considerando a los miembros del Grupo Familiar Elegible que habitan la vivienda. Se considera como MORDAZA los ambientes o espacios dedicados a dormir. Material predominante es aquel material utilizado en mayor proporcion en cada una de las categorias consideradas: piso, MORDAZA y techo.

Articulo 21º.- Beneficiarios Los Grupos Familiares que hayan cumplido con los requisitos senalados en el articulo 18º del Reglamento Operativo y habiendose aplicado de ser necesarios los criterios de puntaje, seran declarados como Beneficiarios. De corresponder, el FMV mensualmente consolidara el derecho de dichos Grupos Familiares al BFH, a traves de la publicacion de la lista de Beneficiarios.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.