Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2001 (25/05/2001)


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SEPARATA ESPECIAL

MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2001

Tal y como se senala en el primer parrafo se deben tener en consideracion los costos innecesarios que podrian originarse por una excesiva supervision, lo que aunado al comentario del Estudio de abogados, seran argumentos validos a ser tomados en cuenta en la evaluacion que se realice acerca de la existencia de un organo de fiscalizacion. h. Revision de la Regulacion de Ofertas Publicas de Adquisicion Adicionalmente, a las modificaciones propuestas en el Proyecto de Ley, se considera conveniente la revision de los siguientes aspectos: · Se debe aclarar cual es el mecanismo de proteccion frente a MORDAZA de control de empresas que estan listadas en dos mercados, cuando la adquisicion se lleva a cabo en el exterior, en donde no existe la obligacion de realizar una OPA. En virtud del MORDAZA de trato equitativo, los derechos como las obligaciones deberian alcanzar a todos los inversores sin importar en que MORDAZA se encuentren. · No suscripcion del certificado en los casos de aumento de capital a cambio de un pago, con el objeto de que un accionista (quien efectue el pago) realice la suscripcion en lugar de otro y como resultado alcance participacion significativa. · No ejercicio del derecho de conversion, el cual da como resultado que otro accionista aumente su participacion, permitiendole alcanzar participacion significativa. i. Inclusion de la figura de la accion de clase o colectiva (US Class Action) Se propone el revisar las bondades de la accion de clase o colectiva para su incorporacion en nuestro sistema juridico. Este es un mecanismo, para el reclamo de perjuicios civiles, establecido en el Titulo IV, MORDAZA 23, de los Reglamentos Federales del Procedimiento Civil de los Estados Unidos. Su proposito fundamental es eliminar el incentivo a ocasionar danos pequenos, cuyos reclamos no resulten economicamente racionales para los afectados. El estudio deberia comprender la revision del Codigo Procesal Civil y las modificaciones deberian precisarse en su articulado, a efectos de que no solo queden comprendidos los supuestos de las sociedades inscritas en bolsa sino cualquier otra sociedad. Por otro lado, esta Comision considera oportuno que se realice una evaluacion de la reglamentacion y difusion del "Patrocinio de Intereses Difusos" ( contemplado en articulo 82 del Codigo Procesal Civil), como un mecanismo para eliminar el incentivo a ocasionar danos contra inversores individuales. j. Estructuras y politicas de gobierno corporativo Si bien no existen normas expresas sobre el particular, las estructuras y politicas de gobierno corporativo en nuestro MORDAZA se encuentran establecidas en la Ley General de Sociedades, en la cual se dictamina las reglas que se aplican a las sociedades, y que tratan sobre su constitucion, sus organos, la modificacion de su estatuto, aumento y reduccion del capital, los estados financieros y la aplicacion de utilidades, las formas especiales de la sociedades anonimas y otras formas societarias. Otras normas complementarias que se aplican a las empresas inscritas en el Registro Publico del MORDAZA de Valores son las emitidas por la Conasev. Un esquema que ha sido aplicado con exito en otros mercados es la elaboracion de un Codigo de Buen Gobierno, de aplicacion voluntaria principalmente a las sociedades registradas en bolsa. Por tanto, se considera oportuno que Conasev evalue su aplicacion en nuestro MORDAZA, y como paso siguiente de ser viable, promueva la formacion de un Comite Especial del mas alto nivel el cual debera estar constituido por representantes de

Conasev, de los organismos que identifiquen al empresariado nacional, especialistas y academicos y de los agentes autorregulados del MORDAZA de valores, a fin que aprueben la adopcion del referido Codigo. Este MORDAZA de medidas, mediante la adopcion de codigos de mejores practicas, han sido ya adoptadas en diversos paises como Canada, Espana y Mexico, los cuales se analizan mas exhaustivamente en el anexo correspondiente. Al respecto, se recibieron opiniones de Credibolsa, Sociedad Agente de Bolsa S.A. y la Asociacion de Bancos del Peru, los cuales sostienen que las practicas de buen gobierno corporativo son fundamentales para el desarrollo de nuestro MORDAZA de capitales. Se senala que ya existen empresas que voluntariamente se estan adecuando a estandares internacionales y hay diversas iniciativas privadas para su promocion. Asimismo, se subraya que en este MORDAZA, la OCDE (Organizacion para la Cooperacion y el Desarrollo Economico) ya ha hecho un gran avance, publicando en su pagina web diversos documentos informativos donde se recomiendan medidas concretas. Se debe indicar que en la evaluacion de la aplicacion de un Codigo de Buen Gobierno de aplicacion voluntaria por las sociedades registradas en bolsa, se ha considerado tomar como base los estudios e investigaciones que en este MORDAZA ha venido realizando la OCDE asi como los Principios para el Gobierno de las Sociedades emitido por este organismo en su cumbre de Ministros del 26-27 de MORDAZA de 1999 y que ha venido a constituir el fundamento de los desarrollos que en este MORDAZA se vienen dando en los diferentes paises. Estos principios tratan sobre los derechos de los accionistas, el tratamiento equitativo de los accionistas, la funcion de los grupos de interes en el gobierno de las sociedades, la comunicacion y transparencia informativa y las responsabilidades del consejo. Responsables: Conasev y MEF Plazo: Mediano Plazo Finalmente, es importante indicar que la Bolsa de Valores de MORDAZA comenta en lo que se refiere a los aspectos vinculados con el gobierno corporativo de las sociedades, su coincidencia con las propuestas referidas al tratamiento de las acciones de inversion, las juntas de accionistas y los derechos de informacion y participacion de los accionistas, la revision de los regimenes de suscripcion preferente y adquisicion de control, todos los cuales, a su entender, tendran impacto directo en los inversionistas minoritarios, protegiendo sus derechos y abriendoles nuevas posibilidades de acceso y participacion en las empresas. La Bolsa de Valores de MORDAZA esta de acuerdo tambien, en realizar una revision exhaustiva de la figura de accion de clase o colectiva (US Class Action) y evaluar su implementacion. 16. Participacion de las AFP en las decisiones de las empresas Se requiere reglamentar el Articulo 94 del Decreto Supremo Nº 004-98-EF (Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Pensiones), el cual tiene como fin evitar la intromision de las AFP en asuntos ajenos al cumplimiento de su objeto social exclusivo. Para ello se requiere establecer de modo especifico los limites que seran observados por las AFP cuando acudan a votar en los organos de gobierno de las sociedades donde los fondos poseen acciones. Sin perjuicio de ello, se debera evaluar los mecanismos para que las AFP supervisen de manera mas efectiva el gobierno corporativo de una empresa en la que tenga sus inversiones. Dicha evaluacion contemplo opiniones contrarias, como la presentada por la Compania Minera Atacocha S.A. quien considero que la participacion de las AFP en las decisiones de las empresas debe ser similar a la de los otros accionistas; ademas de que el otorgar mayor injerencia a las AFP en otras empresas seria darles ventajas y posibilidades de acceder a infor-

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