Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2006 (10/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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UB

LICA DEL P E

RU

329968
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano martes 10 de octubre de 2006

Que, mediante la apelada, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA resolvio denegar la admision a tramite de inscripcion, de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores para el Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentado por el partido politico "Restauracion Nacional ", debido a que del reporte emitido por la OROP, se aprecia que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata a regidora, es afiliada al partido politico "Partido Popular Cristiano", no habiendose adjuntado documento alguno que acredite su renuncia o autorizacion expresa para participar por otra agrupacion politica en este MORDAZA electoral; Que, el apelante senala como argumento de defensa, que la referida candidata, si presento su renuncia respectiva a su partido politico de origen oportunamente, la misma que fue aceptada con la anticipacion debida de acuerdo a ley; Que, el recurrente presenta con la apelacion los documentos que obran a fojas 165 y 166, consistentes en su renuncia y su respectiva aceptacion de renuncia otorgada por su partido politico de origen, con lo que se demuestra la desafiliacion partidaria, siendo ello asi, se da por cumplido el requisito exigido por el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, por tal razon corresponde proseguir el tramite segun su estado; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Restauracion Nacional"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Numero Uno, de fecha 5 de setiembre de 2006, recaido en el Expediente Nº 051-200668, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Requena; y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicho partido politico para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese.

"Resurgimiento Peruano", incumple con adjuntar su renuncia o permiso para postular que senala la legislacion de la materia; Que, el recurrente expone que dicho candidato presento su renuncia al partido politico "Resurgimiento Peruano" el 27 de diciembre de 2005, acreditandolo con el cargo original respectivo; Que, con el pedido de renuncia de fojas 86 presentado con el recurso impugnatorio, se demuestra la desafiliacion partidaria del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la anticipacion prevista en el articulo 18 de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA instancia, en los procesos electorales, confor me lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del movimiento regional "Frente Popular Llapanchik"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 181-2006-JEE/ ABAN-J de fecha 5 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion, la lista de candidatos de dicho partido politico, para el Concejo Distrital de Tapayrihua, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 2487-2006-JNE

SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 2478-2006-JNE Exp. Nº 2275-2006 MORDAZA, 22 de setiembre de 2006 VISTO: En audiencia publica de fecha 22 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don Uriel de la MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del movimiento regional "Frente Popular Llapanchik", contra la Resolucion Nº 181-2006-JEE/ABAN-J de fecha 5 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 181-2006-JEE/ABANJ, el MORDAZA Electoral Especial de Abancay resuelve denegar la admision a tramite de inscripcion, de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Tapayrihua, presentada por el movimiento regional "Frente Popular Llapanchik", senalando que el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encontrandose afiliado al par tido politico

Exp. Nº 2285-2006 MORDAZA, 22 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 22 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del par tido politico "Agrupacion Independiente Si Cumple", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 158-2006-JNE/JEE-H de fecha 4º de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga resolvio denegar la admision a tramite la solicitud de inscripcion, por el partido politico "Partido Aprista Peruano", de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de MORDAZA de Pischa, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, debido a que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidatos a MORDAZA y regidora respectivamente, no acreditan cumplir con el requisito de residencia establecido en el articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que, el recurrente sostiene en su escrito de apelacion que el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, radica en el distrito de MORDAZA de Pischa hace mas de cinco anos, habiendo realizado el cambio de residencia, el mismo que figura en su DNI actual, sin embargo, aun mantiene en custodia dicho documento de identidad anterior donde se consigna como domicilio el distrito de MORDAZA, MORDAZA del cual se adjunto por error a la solicitud de inscripcion; anexa al recurso de apelacion el DNI actual donde esta

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