Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2006 (10/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano martes 10 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

329975

solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Independencia, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, presentada por el partido politico "Alianza para el Progreso", con exclusion de Andandila Sepulveda Sobrados, candidata a regidor, sin afectar la participacion del resto de los candidatos de la lista. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese.

que la intencion es la sustitucion de un candidato en dicha lista en forma extemporanea, lo que no esta permitido al haber precluido el plazo de conformacion y MORDAZA de listas de candidatos; Que, finalmente, se verifica que en la lista presentada debiera haber minimo 2 candidatas mujeres y no 1 como sucede, razon por la cual el recurso de apelacion planteado deviene en infundado; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE:

SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 2619-2006-JNE Exp. Nº 2337-2006 MORDAZA, 22 de setiembre de 2006

Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la alianza electoral "Alianza Regional Ancash" en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 213-2006JEE-Hz, de fecha 1 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, en cuanto deniega denegar la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, presentada por la mencionada alianza electoral. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de origen el texto de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

VISTO, en Audiencia Publica de fecha 22 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la alianza electoral "Alianza Regional Ancash", MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 213-2006-JEE-Hz, de fecha 1 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huaraz; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA resolvio denegar la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, presentada por la alianza electoral "Alianza Regional Ancash", debido a que la mencionada lista no cumplia con la cuota de genero establecida en el inciso 3) del articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en concordancia con las Resoluciones Nº 1231 y 12342006-JNE, al estar la lista de regidores integrada por 4 candidatos varones y 1 candidata mujer; Que, en el recurso de apelacion se senala que, por error, al de ingresar los datos de las Declaraciones Juradas de MORDAZA al sistema informatico, se ingreso el nombre del candidato accesitario Wilder Deonicio Zeferino Pallaca, en vez de inscribir a MORDAZA MORDAZA Pallaca MORDAZA, la cual se encontraba comprendida dentro de la lista de candidatos al distrito de Pariahuanca, anexando un documento que indica que seria el acta de elecciones internas en el cual si figura MORDAZA MORDAZA Pallaca MORDAZA en vez de Wilder Deonicio Zeferino Pallaca; asimismo, adjunta la ficha de inscripcion y la Declaracion Jurada de MORDAZA de dicha candidata; Que, de acuerdo al inciso 3) del articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, las agrupaciones politicas deben presentar una lista de candidatos a regidores que debe incluir no menos del treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres, debiendo cumplir con dicho requisito al inscribir la lista de candidatos; y siendo que el dia 30 de agosto de 2006 el ultimo dia para la MORDAZA de las solicitudes de inscripcion para candidatos a alcaldes y regidores, plazo excepcional establecido por Resolucion Nº 1360-2006-JNE, no puede modificarse la estructura de una lista luego de vencido el plazo referido; asimismo, este Colegiado encuentra contradictorio el argumento del apelante, en tanto, que se consigna al ciudadano Wilder Deonicio Zeferino Pallaca como candidato no solo en las Declaraciones Juradas de MORDAZA, sino en las fichas de inscripcion de candidatos para las elecciones municipales y en la misma lista de candidatos presentada por el mencionado partido politico ante dicho el MORDAZA Electoral Especial, desprendiendose

SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 2630-2006-JNE Exp. Nº 2504-2006 MORDAZA, 22 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 22 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Partido Nacionalista Peruano", Kuur Veelith Urrutia MORDAZA, contra la Resolucion Nº 228-2006-JEE/ABAN-J de fecha 5 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial de Abancay resolvio denegar la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Oropesa, provincia de Antabamba, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, presentada por el partido politico "Partido Nacionalista Peruano", debido a que de la revision de la Consulta de Autoridades Vigentes del SIPE-SG del MORDAZA Nacional de Elecciones se verifica que el candidato al cargo de MORDAZA de la mencionada lista, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es regidor MORDAZA del Concejo Distrital de Oropesa y no cumplio con presentar el documento que acredite que solicitaron sus respectivas licencia sin goce de haber; Que, en el recurso de apelacion se adjuntan la solicitud de licencia sin goce de haber del mencionado candidato, dirigida al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Oropesa el 2 de MORDAZA de 2006 y el Memorando Nº 020-MDO-2006, del 8 de MORDAZA de 2006, mediante la cual se le concede la licencia solicitada a partir del 1 de MORDAZA de 2006; Que, el Articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 860-2006JNE establece que aquellos funcionarios y trabajadores de los Poderes Publicos y de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades no comprendidos en el Articulo MORDAZA de la misma, y que deseen ser candidatos en las elecciones municipales, deberan

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