Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2000 (30/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de diciembre de 2000

ECONOMIA Y FINANZAS

Aprueban el Reglamento de la Ley que 15236 transfiere acciones de la Empresa Electroperu S.A. al Fondo Nacional de Aho- Aprueban Presupuesto de Ingresos y rro Publico - FONAHPU Egresos para el Ano Fiscal 2001 de las DECRETO SUPREMO Empresas Municipales y Organismos Nº 147-2000-EF comprendidos en el D. Leg. Nº 909
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27319 se dicto la Ley que transfiere las acciones de la Empresa ELECTROPERU S.A. al Fondo Nacional de Ahorro Publico - FONAHPU; Que, es necesario reglamentar la Ley Nº 27319; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento de la Ley Nº 27319 - Ley que transfiere las acciones de la Empresa ELECTROPERU S.A. al Fondo Nacional de Ahorro Publico - FONAHPU, el que consta de 6 articulos. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27319 Articulo 1º.- Para efectos de la formalizacion de la transferencia a que se refiere el Articulo 1º de la Ley Nº 27319, ELECTROPERU S.A. remitira al Fondo Nacional de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE los nuevos certificados de acciones a nombre del Fondo Nacional de Ahorro Publico (FONAHPU), el FONAFE mantendra en custodia dichos certificados, remitiendo MORDAZA de los mismos al FONAHPU. El numero de acciones que se transfiere asciende a 1 971 448 676 cada una con un valor nominal de Un MORDAZA Sol, vigente al 23 de MORDAZA de 2000. El FONAFE efectuara los ajustes pertinentes en las cuentas presupuestarias correspondientes. Articulo 2º.- El FONAFE administrara las acciones del FONAHPU ejerciendo los derechos inherentes al accionista, con excepcion de los derechos economicos, segun lo establecido en el Articulo 2º de la Ley Nº 27319. Articulo 3º.- ELECTROPERU S.A. continuara bajo el ambito del FONAFE, a la cual le son aplicables la Ley Nº 27170, su Reglamento y normas modificatorias, asi como todas las disposiciones que emita el FONAFE para la actividad empresarial del Estado. Articulo 4º.- Las utilidades distribuibles de ELECTROPERU S.A. generadas durante el ejercicio 2000 se transferiran al FONAFE, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 4º numeral 1 de la Ley Nº 27170. Articulo 5º.- La transferencia de la titularidad de las acciones de ELECTROPERU S.A. al FONAHPU no afecta el cumplimiento de las obligaciones asumidas por ELECTROPERU S.A. con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 27319, incluyendo las que se deriven del Decreto de Urgencia Nº 058-99. DECRETO SUPREMO Nº 148-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Articulo 6º.- El FONAFE remitira al FONAHPU la informacion que remita ELECTROPERU S.A. en cumplimiento de las normas del FONAFE. Asimismo, pondra en conocimiento del FONAHPU, por escrito, los hechos relevantes que conciernan a dicha empresa. Esta informacion no generara al FONAHPU responsabilidad alguna en la administracion de ELECTROPERU S.A.

Que, el Articulo 21º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado- establece que los organismos que conforman la actividad empresarial del Estado asi como las empresas pertenecientes a los Gobiernos Locales deben programar y aprobar sus respectivos presupuestos en base a las directivas que emita el Ministerio de Economia y Finanzas, en un plazo que vence el 31 de diciembre de cada ano fiscal, anterior a su vigencia; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 035-2000-EF/ 76.01 se aprobo la Directiva Nº 007-2000-EF/76.01 que regula el MORDAZA de programacion de los presupuestos de las empresas municipales y de los organismos que conforman la actividad empresarial del Estado correspondiente al ano 2001, senalados en el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 909-2000 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001; Que, habiendo culminado el MORDAZA de programacion MORDAZA senalado, es indispensable dictar medidas que les permita a las precitadas entidades aprobar sus Presupuestos Institucionales para el Ano Fiscal 2001; Que, el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 9092000 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001- precisa que mediante Decreto Supremo, el Ministerio de Economia y Finanzas dictara las normas del MORDAZA presupuestario, politica remunerativa y otras medidas que se requieran para la mejor gestion durante el Ano Fiscal 2001 de los organismos reguladores, supervisores, administradores de recursos y otros contenidos en el citado articulo; Que, asimismo, en concordancia con la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado- corresponde a las Empresas Municipales regir su MORDAZA presupuestario por lo dispuesto en la citada Ley, las Leyes Anuales de Presupuesto asi como por las disposiciones que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; y, De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 10.1 del Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 909-2000 y la Ley Nº 27209; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ano Fiscal 2001, de las Empresas Municipales y Organismos comprendidos en el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 909-2000 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001- de acuerdo a la estructura y montos siguientes: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS Ingresos Corrientes Ingresos de Capital Transferencias Financiamiento TOTAL INGRESOS 1 797 002 428 5 357 836 36 842 264 278 749 519 ------------------2 117 952 047 ===========

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