Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2000 (30/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 30 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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del presente Decreto Supremo, para cuyo efecto coordinara con las municipalidades provinciales de acuerdo a sus requerimientos. Articulo 3º.- Las municipalidades provinciales, dentro de su respectiva jurisdiccion, verificaran dentro de los primeros sesenta (60) dias que los transportistas acrediten las condiciones mecanicas para el buen funcionamiento de estos vehiculos durante la prestacion del servicio. Articulo 4º.- Derogase el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 23-2000-MTC. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 15237

comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 481-97-MTC/15.19, publicada el 9 de octubre de 1997, se concedio a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL CHANCHAMAYO E.I.R.L., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 076-2000-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion en Frecuencia Modulada (FM), se constato que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue autorizacion para operar la estacion del servicio de radiodifusion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1472000-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 481-97-MTC/15.17; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 024-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL CHANCHAMAYO E.I.R.L., la operacion de una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios : BC-FM : 105.7 MHz. : OBT-4Q-FM : 250 w : 256F8E : H24 : Jr. Tarma Nº 545, distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junin.

Nombran integrantes del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA - INADUR
RESOLUCION SUPREMA Nº 193-2000-MTC MORDAZA, 29 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 144, Ley del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA - INADUR, establece que su Consejo Directivo esta integrado por cinco miembros; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 188-2000-MTC se nombro al arquitecto MORDAZA Nunez MORDAZA como Presidente del Consejo Directivo del INADUR y al abogado MORDAZA MORDAZA Natteri MORDAZA como miembro de dicho Consejo; Que, resulta necesario nombrar a los demas miembros integrantes del Consejo Directivo del INADUR; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 144, Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25862; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Nombrar al arquitecto MORDAZA Figari Gold, arquitecta MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Snyder y al economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maisch, miembros integrantes del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA - INADUR. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 15238

Otorgan autorizacion a Empresa Radiodifusora Comercial Chanchamayo E.I.R.L. para operar estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 479-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de diciembre de 2000 VISTA, la solicitud formulada por la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL CHANCHAMAYO E.I.R.L., para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora

Ubicacion de la Planta Transmisora : Cerrito San MORDAZA, distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. Coordenadas: L.O. 75° 19' 23.9" L.S. 11° 03' 12.3" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 481-97-MTC/15.19, por tanto vencera el 9 de octubre del ano 2007. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 15094

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