Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2000 (30/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de diciembre de 2000

Otorgan autorizacion al Centro de Comunicacion para el Desarrollo Educativo para operar estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora educativa
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 483-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de diciembre de 2000 VISTAS, las solicitudes formuladas por el CENTRO DE COMUNICACION PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica, y para el cambio de ubicacion de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 459-97-MTC/15.19, publicada el 25 de setiembre de 1997, se concedio al CENTRO DE COMUNICACION PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO, autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Ica; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 033-2000-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion en Frecuencia Modulada (FM), se constato que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue autorizacion para operar la estacion del servicio de radiodifusion, incluyendose el cambio de ubicacion y del MORDAZA de emision de dicha estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 166-2000-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 459-97-MTC/15.19; asi como tambien es procedente autorizar el cambio de ubicacion y de MORDAZA de emision de dicha estacion; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 024-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos al CENTRO DE COMUNICACION PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO, la operacion de una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia

Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora :BC-FM :91.9 MHz. :OBT-5I :500 w :256F8E :H24 :Calle Tacna Nº 377, Of. 37, distrito, provincia y departamento Ica. Coordenadas: L.O. 75° 43' 36" L.S. 14° 03' 45" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 459-97-MTC/15.19, por tanto vencera el 25 de setiembre del ano 2007. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 15106

CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL
Disponen proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia la conformacion de una Sala Transitoria Penal, Civil y de Derecho Constitucional y Social
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 028-2000-CT-PJ MORDAZA, 28 de diciembre de 2000 VISTO: El oficio cursado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante el cual remite los oficios de los senores Presidentes de las MORDAZA Penal y Civil Permanentes del Supremo Tribunal, quienes solicitan la creacion de una Sala Transitoria Penal y una Sala Transitoria Civil, para el ano judicial 2001; asimismo, el oficio remitido por el Presidente de la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, solicitando se mantenga la Sala Transitoria de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, con las materias asignadas, que se adicione a dicha Sala las acciones contencioso administrativas, laborales y previsionales con las quejas y contiendas de competencia correspondientes, y que se transfiera a las MORDAZA Civiles de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, el conocimiento de los juicios agrarios; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27367 dispone la desactivacion de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial y establece las atribuciones del Consejo Transitorio del Poder Judicial, para el restablecimiento de la independencia, autonomia y eficaz funcionamiento de este Poder del Estado, con el objeto de adecuar su estructura y desempeno a la reinstauracion del sistema democratico;

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