Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2000 (30/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 30 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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dad tecnica para que se le otorgue autorizacion para operar la estacion del servicio de radiodifusion, incluyendose el cambio de ubicacion de dicha estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1482000-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 134-97MTC/15.17; asi como tambien es procedente autorizar el cambio de ubicacion de dicha estacion; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la empresa RADIO SABOR MIX S.A., la operacion de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : BC-FM : 99.9 MHz. : OAT-5W-FM : 250 w : 256F8E : H24 : Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 621673, distrito, provincia y departamento de Ica. Coordenadas: L.O. 75° 44' 07.3" L.S. 14° 03' 43.6" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 134-97-MTC/15.17, por tanto vencera el 25 de marzo del ano 2007. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 15064

Que, el tercer parrafo del Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion del periodo de prueba, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 166-2000-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion en Frecuencia Modulada (FM), se constato que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue autorizacion para operar la estacion del servicio de radiodifusion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2952000-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 226-97MTC/15.19; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., la operacion de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : : : : : : BC-FM 106.3 MHz. OAT-5T-FM 1 Kw 256F8E H24

Otorgan autorizacion a Radio Panamericana S.A. para operar estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 482-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de diciembre de 2000 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 226-97-MTC/15.19, publicada el 6 de junio de 1997, se concedio a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo de doce (12) meses, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica;

: Av. Mariscal MORDAZA s/n, distrito Chincha Alta, p r o vincia Chincha, departamento Ica. Coordenadas: L.O. 76° 07' 45" L.S. 13° 24' 50"

Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 226-97-MTC/15.19, por tanto vencera el 6 de junio del ano 2007. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 15056

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