Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2000 (30/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 30 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Aprueban Plan Anual de Adquisicio- Dejan sin efecto licencias de operanes y Contrataciones del Ministerio cion otorgadas a diversos titulares de para el ejercicio fiscal 2001 plantas de procesamiento pesquero artesanal RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 297-2000-PE MORDAZA, 29 de diciembre del 2000 Visto el Oficio Nº 2479-2000-PE/OGA de fecha 26 de diciembre del 2000, con el que se remite al Despacho Viceministerial para su aprobacion el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2001. CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 7º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por la Ley Nº 27330 se establece la obligatoriedad, de elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para todas las Instituciones Publicas en el que debe preverse los bienes y servicios a adquirirse durante el ejercicio fiscal y los montos requeridos; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, debe detallar la informacion sobre los procesos de licitacion y/o concurso publico que se realizaran durante el 2001, incluyendo los montos de las adquisiciones y contrataciones y los niveles de concentracion y desconcentracion de la facultad de adquirir y contratar; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Pesqueria ha sido elaborado en concordancia con el Presupuesto Institucional aprobado segun el Decreto Legislativo Nº 909-2000 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001"; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98PCM; y con la opinion favorable de las Oficinas de Administracion, Planificacion y Presupuesto y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Pesqueria para el Ejercicio Fiscal 2001, el cual consta de 48 folios. Articulo 2º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Pesqueria estara a disposicion de los interesados en la Direccion de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERNANDEZ-BACA Viceministro de Pesqueria 15210
Nº 1 Razon Social Actividad ASOCIACION DE PROCESADORES ARTESANALES DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS " El MORDAZA " Curado CONSORCIO DE CONTRATISTAS S.A. Curado ASOCIACION DE PROCESADORES DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS " ELIA" Curado H & C PROCESADORES PESQUEROS S.A.C. Curado FISH MORDAZA S.A.C. Curado OSODUC S.A.C. Curado EMPRESA PROCESADORA DE PESCADO "LA SALADITA" S.C.R.L. Curado ASOCIACION DE PROCESADORES ARTESANALES DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS "DON PERICLES" Curado

RESOLUCION DIRECTORAL N° 132-2000-PE/DNPP MORDAZA, 27 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que la Resolucion Ministerial Nº 186-99-PE del 8 de junio de 1999, establecio entre otras disposiciones, que los titulares de licencias para la operacion de plantas de procesamiento artesanal que fueron otorgadas por la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero y por las Direcciones Regionales del Ministerio de Pesqueria, con anterioridad a la vigencia de la citada resolucion, deberian solicitar durante el primer semestre de cada ano, ante la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero y las Direcciones Regionales de Pesqueria segun corresponda, la inspeccion tecnica que acredite la operatividad de dichas plantas, configurando el incumplimiento causal de caducidad de las licencias de operacion otorgadas; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 311-2000-PE del 5 de diciembre de 2000, se modifico el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 186-99-PE, estableciendo que el incumplimiento de lo dispuesto en su Articulo 2° sera causal de caducidad de la licencia de operacion correspondiente, la misma que sera declarada por el organo que otorgo dicho derecho; Que de la evaluacion de los expedientes de los titulares de las licencias de operacion de las plantas de procesamiento pesquero artesanal materia de la presente resolucion, se ha determinado el incumplimiento de su obligacion de solicitar la inspeccion tecnica que acredite su operatividad, incurriendo en la causal de caducidad prevista en la resolucion citada en el considerando anterior; Que asimismo, estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe Ejecutivo Nº 76-2000-PE/DNPP, del 21 de agosto de 2000, que acredita haberse comprobado la inoperatividad de las citadas plantas de procesamiento pesquero artesanal, al haber sido retirados los utensilios e implementos que formaban parte de las mismas, dejando de contar con uno de los requisitos esenciales para la vigencia de sus correspondientes licencias de operacion; y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los Articulos 3º y 4º de la Resolucion Ministerial Nº 186-99-PE y la Resolucion Ministerial Nº 311-2000-PE; y ; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, las licencias de operacion otorgadas a los titulares de las plantas de procesamiento pesquero artesanal que se detallan a continuacion:
Ubicacion Callao Resolucion Directoral Nº 045-99-PE/DNPP 1999-04-26 Nº 046-99-PE/DNPP 1999-04-27 Nº 049-99-PE/DNPP 1999-05-04 Nº 050-99-PE/DNPP 1999-05-04 Nº 018-99-PE/DNPP 1999-03-01 Nº 017-99-PE/DNPP 1999-02-26 Nº 063-99-PE/DNPP 1999-05-19 Nº 053-99-PE/DNPP 1999-05-07

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