Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2004 (18/02/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 262465

de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la Octava Reunion del Grupo AVSEC (Aviation Security) de la CLAC, que se realizara del 1 al 3 de marzo del 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Chile; Que, asimismo, el Director Regional de la Oficina para Norteamerica, Centroamerica y el Caribe de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI y Secretario del Grupo Regional de Planificacion y Ejecucion del Caribe y Sudamerica - GREPECAS, por intermedio de la Autoridad Aeronautica de MORDAZA, mediante documento del 19 de enero del 2004, ha convocado a la Tercera Reunion del Comite de Seguridad de la Aviacion del GREPECAS (AVSEC/ COMM/3), organizada por la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil -CLAC y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, la misma que se llevara a cabo del 04 al 06 de marzo del 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Chile; Que, el Peru es miembro del Grupo AVSEC (Aviation Security) de la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil - CLAC, que se encarga de verificar el cumplimiento de la regulacion internacional relacionada a la seguridad aerea, ademas de otras funciones referidas a la aviacion civil en la region; Que, en las mencionadas reuniones se trataran temas tales como: la revision de las conclusiones de la Septima reunion del Grupo AVSEC de la CLAC y de los acuerdos del Comite Ejecutivo; la aplicacion del Anexo 17 al Convenio sobre Aviacion Civil Internacional en la region; la determinacion de los elementos a considerar en el proyecto de politica regional; el analisis del Proyecto de nota de estudio sobre asuntos AVSEC a ser presentado durante el 35º periodo de sesiones de la asamblea de la OACI (MontrealCanada, del 28 de setiembre al 8 de octubre del 2004); la evaluacion del proyecto de Enmienda 11 al Anexo 17 y Apendice 16 del MORDAZA Manual de Seguridad; el establecimiento de la posicion regional para la Reunion Panel AVSEC/OACI; la revision de los resultados de la Reunion AVSEC/COMM/2; la revision del desarrollo de las actividades AVSEC a nivel mundial y regional; el desarrollo de metodos de investigacion de precios, tarifas y disponibilidad de equipo de seguridad y de tecnologia avanzada para su aplicacion regional, entre otros; Que, segun lo senalado por la Direccion General de Aeronautica Civil en su Informe Nº 055-2004-MTC/12, en atencion a los compromisos asumidos por el Peru en el MORDAZA de la CLAC y a la importancia de los temas a tratar en la citada reunion en relacion a la implementacion en el MORDAZA de las normas internacionales referidas a seguridad aerea, resulta indispensable para garantizar el cumplimiento de las metas fijadas por la Direccion General de Aeronautica Civil para el ano 2004, autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, para participar en las mencionadas reuniones en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el viaje del mencionado inspector sera financiado dentro del MORDAZA del Acuerdo de Gestion de Servicios PER/ 01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de Mision Int. Nº 002- 01- 2004, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 29 de febrero al 6 de marzo del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados por el Acuerdo de Gestion de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional OACI, de conformidad con la Autorizacion de Mision Int. Nº 002-01-2004, de acuerdo a los siguientes terminos: Viaticos US$ 1400.00 Pasaje Aereo US$ 350.00 Tarifa Unificada de Uso Aeroportuario US$ 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario mencionado en el articulo 1º debera presentar un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03298

Otorgan concesiones a persona natural y empresa para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 106-2004-MTC/03
MORDAZA, 13 de febrero de 2004 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2003-017903 por la senora MORDAZA MORDAZA ALBUJAR MORDAZA, para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 186-2003-MTC/17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la senora MORDAZA MORDAZA ALBUJAR TOLENTINO; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion de Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la senora MORDAZA MORDAZA ALBUJAR MORDAZA concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el distrito de Raymondi, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.