Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2004 (18/02/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 94

Pag. 262540

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2004

Quinto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Articulo Quinto.- Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Notificar a las instancias administrativas de esta comuna la presente Ordenanza. Articulo Setimo.- Encargar a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03324

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03320

Otorgan facultades resolutivas a gerentes de la municipalidad, para que se constituyan en primera instancia en procedimientos administrativos, salvo los casos reservados a la Alcaldia
ORDENANZA Nº 006-2004-MDLP
La MORDAZA, 9 de febrero del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 9.2.2004 el Proyecto de Ordenanza de Otorgar Facultades Resolutivas a los Gerentes para que se constituyan en primera instancia en los procedimientos administrativos de la Municipalidad Distrital de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 28.5.2003 entra en vigencia la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la misma que establece en el articulo 50º que la via administrativa se agota con la decision que adopte el MORDAZA, con excepcion de los asuntos tributarios y lo estipulado en el articulo relativo a la reconsideracion de acuerdos; Que, el Concejo Municipal es incompetente para resolver procedimientos administrativos, salvo aquellos relacionados con su organizacion interna conforme lo dispone el articulo 39º de la citada ley; Que, el tercer parrafo del articulo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece "Las gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a traves de resoluciones y directivas", Que, es necesario delegar facultades resolutivas a los Gerentes de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, para que estos se constituyan en primera instancia en los procedimientos administrativos, permitiendo a la Alcaldia constituirse en MORDAZA instancia con cuya resolucion se agota la via administrativa; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) de los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de los (as) senores (as) Regidores (as) y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar facultades resolutivas a los Gerentes de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, para que estos se constituyan en primera instancia en los procedimientos administrativos, salvo en los casos reservados a la Alcaldia por MORDAZA legal expresa. Articulo Segundo.- Las resoluciones que emitan los Gerentes podra ser apelada ante el MORDAZA Distrital, el cual constituye MORDAZA instancia y con esta resolucion se agota la via administrativa. Articulo Tercero.- Los expedientes administrativos resueltos por Resolucion de Alcaldia y que hayan sido materia de recurso impugnativo MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 27972, seran resueltos necesariamente por el Concejo en razon de MORDAZA de la doble instancia. Articulo Cuarto.- En los casos de procedimientos administrativos en curso en los que el administrado MORDAZA interpuesto recurso impugnativo despues de la vigencia de la Ley Nº 27972, en contra de una Resolucion de Alcaldia esta sera resuelta por el MORDAZA Distrital con cuya Resolucion queda agotada la via administrativa.

Declaran la residencia de MORDAZA de los Presidentes de la Republica como Patrimonio Historico y Cultural
ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2004-MDLP
La MORDAZA, 30 de enero de 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion de Concejo de fecha 30.1.2004, el OFICIO Nº 001-2004-COM.SER.SOC./MDLP, sobre el Proyecto de declarar la Residencia de MORDAZA de los Presidentes de la Republica como Patrimonio Historico y Cultural del distrito de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece "las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Organos de Gobierno Local tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 82º, inciso 12) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece las Municipalidades en materia de educacion, cultura, deportes y recreacion tienen como competencias y funciones especificas compartidas con el gobierno nacional y el regional el siguiente: "promover la proteccion y difusion del patrimonio cultural de la nacion, dentro de su jurisdiccion y la defensa y conservacion de los monumentos arqueologicos, historicos y artisticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificacion, registro, control, conservacion y restauracion"; Que, es politica de esta comuna, preservar el patrimonio legado de nuestros antepasados para las generaciones venideras; Que, en nuestra jurisdiccion del distrito de La MORDAZA, se encuentra ubicado en la Av. La Paz, Cuadra 10, la que fuera residencia de MORDAZA de los Presidentes de la Republica desde el ano 1928, construido por el Arquitecto MORDAZA este palacete y estando como Presidente el General MORDAZA R. MORDAZA en el ano 1933 y se obsequio y aceptandola como un regalo para todos los Presidentes la llamo La Residencia de MORDAZA de los Presidentes, instalandose el servicio desde el ano 1933 hasta 1963, cumpliendo la residencia de los Presidentes treinta anos al servicio del MORDAZA, logro este palacete un sitial historico para nuestro distrito; Que, sometido al Pleno del Concejo el Dictamen de la Comision de Servicios Sociales se sometio a debate y a la deliberacion el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA UNANIME de los (as) senores (as) Regidores (as) y con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar el Dictamen emitido por la Comision de Servicios Sociales del Concejo Distrital de La MORDAZA y en consecuencia Declarar la Residencia de MORDAZA de los Presidentes de la Republica, como Patrimonio Historico y Cultural, del inmueble ubicado en la Av. La Paz cuadra 10 del distrito de La Perla. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Servicios Sociales y Culturales, Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Acuerdo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.