Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2004 (18/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2004

5. Deberan redefinir y normar los procedimientos necesarios de los procesos que involucren la utilizacion de este sistema, coordinado con la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica. B. De la Gerencia Central de Informatica

tracion (ingreso y mantenimiento) de la informacion y del correcto uso que se deba dar a esta en el Sistema SIGA, una vez implementado. Sexta.- El organo de Control Institucional se encargara de cautelar el cumplimiento de la presente Directiva. MORDAZA, marzo 2004

1. Se encargara de la implementacion, mantenimiento y actualizacion del SIGA de acuerdo a los requerimientos formulados por las Gerencias Centrales. 2. De acuerdo a los requerimientos formulados por las Gerencias Centrales y Gerencias se encargara de otorgar las contrasenas solicitadas. 3. En coordinacion con las Gerencias Centrales y Gerencias, realizara cursos de capacitacion y actualizacion, orientados a superar las dificultades que pudieran presentarse en el uso del sistema. C.- De la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica. 1. Es la encargada del Registro y Mantenimiento de las Dependencias Organicas del Ministerio Publico en el SIGA. D.- De los Supervisores Administrativos encargados de los Distritos Judiciales. 1. Son responsables del uso adecuado del Sistema SIGA dentro de su Distrito Judicial. 2. Son los encargados de autorizar el ingreso, activacion y desactivacion de usuarios dentro de la jurisdiccion correspondiente a su Distrito Judicial. 3. Son responsables del envio de reportes e informacion semanal, trimestral y anual, solicitada por las Gerencias Centrales y Gerencias, a fin de actualizar y consolidar la informacion a nivel nacional. 4. Efectuar el seguimiento y control de la informacion ingresada en el sistema SIGA, correspondiente al distrito, garantizando la confiabilidad de la misma. 5. Solicitar a la Gerencia Central de Informatica el entrenamiento y capacitacion en el uso del sistema, del personal MORDAZA y de quien lo requiera, para asegurar su adecuado uso. E.- De los Asistentes y personal de Soporte Administrativo 1. Son los encargados de operar el Sistema dentro de las pautas establecidas por la presente Directiva y las establecidas en el Manual del Usuario. 2. Son los responsables del uso adecuado de las claves de acceso (passwords), evitando que personas no autorizadas ingresen en el sistema. 3. Mantener contacto con la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Central de informatica para dar cuenta de los problemas que se pudieran presentar en el sistema. VIII. DEL INCUMPLIMIENTO El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva General MORDAZA lugar a las sanciones administrativas respectivas. IX.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- La Gerencia Central de Informatica y las Gerencias Centrales de Recursos Economicos, Logistica y Personal, se encargaran de la implementacion progresiva del Sistema Integrado de Gestion Administrativa SIGA, en forma sistematica y de acuerdo a un cronograma preestablecido para los Distritos Judiciales. Segunda.- La Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica es la unica area responsable de ingresar y dar mantenimiento a las dependencias fiscales, medico legales y administrativa a nivel nacional. Tercera.- La Gerencia Central de Personal es la unica area responsable de ingresar y dar mantenimiento al registro de fiscales, medicos, administrativos y demas personal del Ministerio Publico a nivel nacional. Cuarta.- En las sedes de los Distritos Judiciales, los Administradores de red, son los responsables de la administracion, mantenimiento de los usuarios (logins) y claves de acceso (passwords) y capacitacion del sistema SIGA, una vez implementado. Quinta.- En las sedes de los Distritos Judiciales, los Administradores seran los responsables de la adminis-

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SBS
Opinan favorablemente para que el Banco de Credito del Peru realice emision de Certificados de Deposito Negociables
RESOLUCION SBS Nº 190-2004
MORDAZA, 11 de febrero de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se opine favorablemente sobre la emision de "Certificados de Deposito Negociables BCP - MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables del Banco de Credito del Peru" hasta por un monto de US$ 120 000 000.00 (Ciento Veinte Millones y 00/100 Dolares Americanos); CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar, entre otros instrumentos de deuda. Certificados de Deposito Negociables; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que la emision de instrumentos financieros, que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, mediante sesion de Directorio celebrada el 18 de diciembre de 2003, dicho organo delego en el Comite Ejecutivo del Banco la facultad de aprobar emisiones mediante oferta publica primaria u oferta privada primaria de Certificados de Deposito Negociables en Dolares Americanos o Nuevos Soles, ya sea en el MORDAZA de programas o mediante emisiones individuales; Que, en sesion de Comite Ejecutivo celebrada el 8 de enero de 2004, se aprobo la emision de Certificados de Deposito Negociables denominados "Certificados de Deposito Negociables BCP - MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables del Banco de Credito del Peru" hasta por un monto de US$ 120 000 000.00 (Ciento Veinte Millones y 00/100 Dolares Americanos); Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A", el Departamento Legal, el Departamento de Riesgos de MORDAZA y Liquidez y la Gerencia de Estudios Economicos, a traves de los Informes Nº 17-2004-DESF "A", Nº 71-2004-LEG, Nº 03-2004DERML y Nº 07-2004-ASF, respectivamente; y, con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica y de la Gerencias de Riesgos y Estudios Economicos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco de Credito del Peru realice la emision de Certificados de Deposito Negociables denominados "Certificados de Deposito Negociables BCP - MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables del Banco de Credito del Peru" hasta por un monto de US$ 120 000 000.00

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