Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2004 (18/02/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2004

25 de febrero de 2004 seran asumidos por el Banco Mundial, estando a cargo del citado funcionario los viaticos correspondientes al el evento organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo y la tarifa unica por uso de aeropuerto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, Directiva para el MORDAZA Presupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Ano Fiscal 2004, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF/76.01 y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 25 de febrero de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente resolucion no ocasionara gasto alguno al Estado. Articulo 3º.- Dentro de los (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su viaje. Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 03414 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 009-2004-PCM Mediante Oficio Nº 072-2004-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 009-2004-PCM, publicado en la edicion del 6 de febrero de 2004. En el articulo 4º.- Fusion de Comisiones DICE: "(...) Las normas referidas en el parrafo precedente y sus modificatorias, quedan sin efecto a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. (...)" DEBE DECIR: "(...) Las normas referidas en el parrafo precedente y sus modificatorias, quedan sin efecto a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, en todo lo que se le opongan. (...)" 03425

Que, mediante el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA con la finalidad de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que inciden con mayor significacion socioeconomica en la actividad agraria; siendo, a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con el Articulo 17º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Direccion General de Sanidad Vegetal tiene, entre otras funciones, la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalizacion de los insumos de uso MORDAZA tales como semillas y agroquimicos, asi como conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, disponiendose la apertura del registro correspondiente y la publicacion mensual de los registros efectuados; Que, la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento acotado dispone que, en tanto no se disponga de la reglamentacion especifica para el Registro y Control de Productos Biologicos y Microbiologicos se aplicaran las disposiciones referentes al registro de estos contenidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG, con los requisitos que le MORDAZA aplicables; Que, por Memorandum Nº 198-2004-AG-SENASADGSV-DIA, de fecha 27 de enero del 2004, la Direccion de Insumos Agricolas, ha remitido los listados de Productos Biologicos Formulados registrados en el mes de noviembre del 2003. Estando a la delegacion de facultades conferidas a la Direccion General de Sanidad Vegetal, mediante Resolucion Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 53º del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de los Productos Biologicos Formulados registrados en el mes de noviembre del 2003, por la Direccion General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura, cuya relacion es la siguiente:
NOMBRE INGREDIENTE Nº COMERACTIVO Reg. PQUA CIAL BT-2X CLASE MORDAZA DE ORIGEN TITULAR DEL REGISTRO SERFI S.A.

Bacillus thuringiensis var kurstaki

023-SENASA INSECTICIDA EE.UU.

BIOPLUS QUITOSANO

024-SENASA ACTIVADOR RADICULAR

NACIONAL NATURAGRO S.A.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA BRACHOWICZ Directora General Direccion General de Sanidad Vegetal 03313

AGRICULTURA
Productos Biologicos Formulados registrados en noviembre y diciembre de 2003 y en enero de 2004 por la Direccion General de Sanidad Vegetal del SENASA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 035-2004-AG-SENASA-DGSV
MORDAZA, 11 de febrero de 2004

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 037-2004-AG-SENASA-DGSV MORDAZA, 12 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, con la finalidad de desarrollar y promover la participacion de la activi-

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