Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2004 (18/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

Calificacion Evaluacion Previa Silencio Administrativo positivo Silencio Administrativo negativo Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad que aprueba o desaprueba el tramite Autoridad que resuelve el recurso impugnativo

MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2004



Procedimiento

Requisitos

Derecho de Pago % UIT / 1 Base Legal

Fecha de publicacion en El Peruano

Automatico

NORMAS LEGALES

3. Municipalidades a) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la tarjeta de propiedad del vehiculo. b) Si es organismo descentralizado municipal adjuntar MORDAZA simple de la MORDAZA en la que se senale pertenecer al Gobierno Local. 4. Gobiernos Extranjeros a) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la tarjeta de propiedad del vehiculo a nombre del gobierno extranjero. b) Documento en el que conste la acreditacion en el Peru emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 5. Organismos Internacionales a) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la tarjeta de propiedad del vehiculo a nombre del organismo internacional. b) Documento en el que conste la acreditacion en el Peru emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 6. Entidades religiosas a) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la tarjeta de propiedad del vehiculo a nombre de la entidad religiosa. b) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la certificacion emitida por el Arzobispado de MORDAZA (entidades catolicas); o MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la escritura publica de constitucion (para entidades no catolicas). 7. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru a) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la tarjeta de propiedad del vehiculo a nombre del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. 8. Universidades a) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la tarjeta de propiedad del vehiculo a nombre de la Universidad. b) MORDAZA simple de la MORDAZA de creacion; o MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la autorizacion provisional o definitiva expedida por CONAFU. 9. Centros Educativos a) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la tarjeta de propiedad del vehiculo a nombre del Centro Educativo. b) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la autorizacion de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educacion. 10. Personas Juridicas cuyos vehiculos no forman parte de su activo fijo. a) Declaracion jurada que senale que los vehiculos no forman parte de los activos fijos. b) MORDAZA legalizada por Notario Publico o certificada por Fedatario del SAT de la Escritura Publica de constitucion de la empresa (giro comercializacion de vehiculos). 11. Vehiculos nuevos de Pasajeros con antiguedad no mayor de 3 anos de propiedad de las personas Ley de Tributacion Municipal 29/12/2001

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