Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2007 (23/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360907

Articulo 2°.- Dentro del area de servidumbre no podran construirse obras de cualquier naturaleza ni podran realizarse labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3°.- CONENHUA S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4°.- CONENHUA S.A. debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5°.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolucion no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Articulo 6°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

Dan por terminadas las funciones de Consul del Peru en El Alto, Republica de Bolivia
RESOLUCION SUPREMA N° 354-2007-RE
MORDAZA, 22 de diciembre de 2007 Vista la Resolucion Suprema N° 022-2005-RE de 11 de enero de 2005 y su modificatoria la Resolucion Suprema N° 064-2005-RE, de 9 de febrero de 2005, que nombro al Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, Yvan MORDAZA Solari Calvo, Consul del Peru en El Alto, Republica de Bolivia; Vista la Resolucion Ministerial N° 0034-RE, de 24 de enero de 2005, que fijo el 15 de febrero de 2005, como la fecha en la que el Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, Yvan MORDAZA Solari Calvo, debio asumir funciones como Consul del Peru en El Alto, Republica de Bolivia; De conformidad con los articulos 7° y 13° inciso a) de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de Republica; y los articulos 62°, 185° inciso c), 187° y 189° inciso b) del Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, Yvan MORDAZA Solari Calvo, como Consul del Peru en El Alto, Republica de Bolivia. Articulo Segundo.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Articulo Tercero.- La fecha de termino de funciones y de traslado a Cancilleria se fijara por Resolucion Ministerial. Articulo Cuarto.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

145872-1

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 353-2007-RE
MORDAZA, 22 de diciembre de 2007 Vista la Resolucion Suprema N° 076-2007-RE, de 22 de febrero de 2007, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de MORDAZA, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Morey; Vista la Resolucion Ministerial N° 0245-RE, de 28 de febrero de 2007, que fijo el 11 de marzo de 2007, como la fecha en la que asumio funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Cuba; De conformidad con los articulos 7°, 13° inciso a) y 30° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y los articulos 62°, 185° inciso c), 187° y 189° inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de MORDAZA, a partir del 6 de enero de 2008. Articulo Segundo.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Articulo Tercero.- El citado funcionario diplomatico debera asumir funciones de su categoria en Cancilleria, el 7 de enero de 2008. Articulo Cuarto.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

146249-5

Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 355-2007-RE
MORDAZA, 22 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en funcion a la disponibilidad de la MORDAZA Fiscal; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de las cuotas a los organismos

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