Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2007 (23/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2007

los antecedentes y documentacion presentada por los interesados, que conforman el Sector Catastral signado con el Nº 44 del distrito de Ate. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 0112006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente:

Aprueban planeamiento integral de los modulos viales y el diseno MORDAZA que ordena las areas de recreacion publica del sector catastral 41 - MORDAZA "F" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan
ORDENANZA N° 168-MDA
Ate, 7 de diciembre de 2007 POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7 de diciembre de 2007, visto el Dictamen N° 021-MDA-CDU-2007 de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194° (modificado por la Ley N° 27680), establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece en su articulo 79° inciso 3) numeral 3.1; que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, tienen la funcion especifica de aprobar el plan MORDAZA rural o distrital, con sujecion al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia y como funciones especificas de la Municipalidad Provincial - Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial. Que, de acuerdo al Reglamento Nacional de Edificaciones, Titulo II referida a Habilitaciones Urbanas, Capitulo V Planeamiento Integral, en su articulo 39° senala que el Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes. Asimismo en su articulo 40° indica que una vez aprobado el Planeamiento Integral tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos. Que, en la jurisdiccion del distrito de Ate, como una de sus funciones especificas es el ordenar el espacio MORDAZA como el medio principal que debera reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de sus pobladores. Es por eso, que el suelo en el que se desarrollan dichas actividades urbanas debera ser habilitado y que garantice el optimo funcionamiento de sus edificaciones y los espacios urbanos, considerando que el fin del Planeamiento Integral es el ordenamiento de las zonas que se han determinado espontaneamente que cuentan el saneamiento fisico legal de COFOPRI, se considera la necesidad de acondicionar la MORDAZA en mencion con la propuesta del Plan Integral segun las necesidades, habiendo preparado la propuesta con la coordinacion de los representantes involucrados. Que, mediante la aprobacion del Planeamiento Integral y el diseno de los modulos viales en planta y cortes se podran ejecutar las obras de pavimentacion de pistas, veredas y estacionamientos segun las normas del diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas ­ R.M. N° 70579-VC-5500 del 3 de diciembre de 1979 y el Reglamento de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector y a pedido de las diferentes UCV que conforman el Consejo Ejecutivo Zonal "F", han manifestado la necesidad de contar con un Planeamiento Integral para acceder a los servicios basicos de electrificacion y/o otros proyectos incluidos en el Presupuesto Participativo 2007; por lo que el Area de Planificacion MORDAZA ha realizado la Inspeccion Ocular al area del terreno de 120,829.45 m2, conformado por 12 UCV, comprendidas en el presente planeamiento integral, asi como la revision de los antecedentes y documentacion presentada por los interesados, que conforman el Sector Catastral signado con el N° 41 del distrito de Ate.

ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS VIALES Y EL DISENO MORDAZA QUE ORDENA LAS AREAS DE RECREACION PUBLICA DEL SECTOR CATASTRAL 44- MORDAZA "P" DEL PUEBLO JOVEN PROYECTO ESPECIAL HUAYCAN.
Articulo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral del Sector Catastral 44, denominada MORDAZA "P" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, que comprende el Diseno de las redes y sus componentes viales, ademas del ordenamiento de las areas urbanas con fines de Recreacion Publica-Parques y Jardines, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme a los Planos Signados Nº 009-2007-PI-SGPUC-GDU/MDA y Nº 009A-2007-PI-SGPUC-GDU/MDA, los mismos que son partes integrantes de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas veredas y bermas de estacionamiento asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Participacion Vecinal se difunda la presente Ordenanza y los planos que forman parte de ella. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Desarrollo Economico para su conocimiento y fines. Articulo 5º.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA referente a las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en la MORDAZA "P" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendra caracter obligatorio, debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

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