Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2007 (23/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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su participacion en las Juntas de Delegados Vecinales, conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento y demas normas aplicables. Articulo 4º.- Caracter de representacion de las Juntas de Delegados Vecinales. Las Juntas de Delegados Vecinales, libre y democraticamente elegidas, actuan como representantes de los vecinos del ambito geografico que constituye cada Junta de Delegados Vecinales, conforme a lo dispuesto en este Reglamento. En tal sentido, sin perjuicio de los mecanismos individuales para la participacion ciudadana, los vecinos de una MORDAZA, para los asuntos vinculados al desarrollo comunal, deben gestionarlos a traves de sus representantes de las Juntas de Delegados Vecinales, correspondiente a la MORDAZA de su domicilio. Articulo 5º.- Principios rectores de la participacion vecinal en las Juntas de Delegados Vecinales. La participacion en las Juntas de Delegados Vecinales se fundamentara en los siguientes principios: 5.1 Primacia del bien comun.- La participacion vecinal y su relacion con el Gobierno Local se fundamenta en el interes general y la vocacion de servicio para la busqueda del bien comun; por tal razon, los actos y acciones que realicen los vecinos y sus representantes en las Juntas de Delegados Vecinales, y las autoridades e integrantes del Gobierno Local, se efectuan con la prescindencia de intereses particulares o de grupo, MORDAZA estos politicos, sociales o economicos, salvo las que por su naturaleza interesen a la zona. 5.2 Igualdad de oportunidades.- Todos los vecinos del distrito de Miraflores, pueden intervenir y participar en igualdad de oportunidades, en los asuntos publicos locales sin discriminaciones por razon de genero, politica, religiosa, racial, discapacidad o de ninguna otra especie. 5.3 Transparencia.- La transparencia obliga e implica crear debate publico y procesos amplios en la toma de decisiones de las propuestas que las Juntas de Delegados Vecinales hacen llegar a la gestion municipal. En relacion con el Gobierno Local implica que los vecinos tienen derecho a acceder a la informacion en forma oportuna y comprensible, a traves de mecanismos permanentes para la medicion de resultados y evaluacion de las acciones realizadas, a fin que puedan llegar a acuerdos sobre las propuestas o cambios en las politicas del desarrollo local. 5.4 Rendicion de cuentas.- Los Delegados Vecinales deben rendir cuentas ante los vecinos y autoridades competentes respecto de los logros de su gestion. Asi mismo, las autoridades municipales deben rendir cuenta a la comunidad del impacto de las acciones realizadas para el logro de los objetivos concertados del desarrollo local, en la mejora de la calidad de MORDAZA en la localidad, la mejora de la eficiencia y eficacia de las politicas publicas locales y en el uso de los recursos publicos municipales. 5.5 Corresponsabilidad.Dentro del MORDAZA democratico que impera en nuestro MORDAZA, las Juntas de Delegados Vecinales son un instrumento de la sociedad civil para el fortalecimiento de la gobernabilidad local, asi como un MORDAZA ejemplo de la corresponsabilidad en la gestion que comparten el Gobierno Local y los vecinos para el mejoramiento de la calidad de MORDAZA dentro del distrito.

La Asamblea de Delegados Vecinales Distrital, se constituye con los Presidentes de cada Junta de Delegados Vecinales, la cual funciona de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 24º de la presente Ordenanza. Articulo 8º.- Conformacion de las Juntas de Delegados Vecinales. Las Juntas de Delegados Vecinales, en cada MORDAZA, se conforman por la eleccion democratica de los Delegados Vecinales entre los vecinos de su respectiva jurisdiccion, quedando compuesta por: 8.1 Presidente Zonal 8.2 Secretario 8.3 Primer Vocal 8.4 MORDAZA Vocal El Presidente Zonal representa a la Junta ante la Asamblea de Delegados Vecinales Distrital. En caso el Presidente no pueda estar presente en la Asamblea de Delegados Vecinales Distrital o en cualquier otra Asamblea que se convoque, la Junta sera representada por el Secretario y en su defecto, por cualquiera de los delegados designado, previo acuerdo formal de la misma. En caso de vacancia o renuncia de alguno de los Delegados Vecinales, el Delegado que le sigue en orden asumira sus funciones. Cumpliran esas funciones hasta el termino del mandato de la Junta. Las Juntas de Delegados Vecinales no podran estar conformadas por personas que tengan vinculo de consanguinidad hasta el MORDAZA grado y/o afinidad hasta el MORDAZA grado ni con el MORDAZA o Regidores del distrito. Articulo 9º.- Funciones de la Junta de Delegados Vecinales. Las Juntas de Delegados Vecinales cumplen las siguientes funciones: 9.1 Ejercer ante el Gobierno Local la representacion de los vecinos de su MORDAZA, canalizar ante la Gerencia de Participacion Vecinal, las sugerencias y pedidos de los vecinos. 9.2 Colaborar, vigilar y proponer acciones para mejorar la calidad, eficacia y eficiencia en la prestacion de los servicios publicos locales. 9.3 Colaborar en la difusion de las normas sobre mantenimiento y conservacion de la infraestructura publica, bienes publicos, mobiliario MORDAZA y areas verdes; para un uso adecuado de dichos bienes evitando su deterioro. 9.4 Difundir, vigilar y colaborar en el cumplimiento de las normas municipales. 9.5 Coordinar y difundir entre los vecinos de su MORDAZA las acciones municipales vinculadas a la seguridad ciudadana, salud, educacion, cultura, recreacion, deportes, defensa civil y solidaridad social. Articulo 10º.- Duracion del mandato de los Delegados Vecinales. Los Delegados Vecinales, elegidos conforme a las disposiciones del presente Reglamento, cumplen su mandato por el periodo de un (1) ano calendario, a partir de la fecha de la instalacion de la Junta, conforme a las disposiciones de la Gerencia de Participacion Vecinal. El vecino que ocupe el cargo de Delegado Vecinal solo podra ser reelegido en una oportunidad.

CAPITULO II DE LA CONSTITUCION Y ORGANIZACION DE LAS JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES
Articulo 6º.- Definicion de Junta de Delegados Vecinales. Las Juntas de Delegados Vecinales son organos de coordinacion, que como instancias de representacion de los vecinos ante el Gobierno Local, trabajan de manera organizada, voluntaria y sin retribucion alguna, a fin de contribuir a mejorar la eficiencia y eficacia de la gestion municipal para el logro del desarrollo local sostenido y sustentable. Articulo 7º.- Constitucion y ambito geografico de las Juntas de Delegados Vecinales. En la jurisdiccion de Miraflores se constituyen catorce (14) Juntas de Delegados Vecinales, que corresponden a un determinado ambito geografico en el cual se subdivide la circunscripcion territorial del distrito, de acuerdo con el plano y delimitacion zonal que consta como Anexo en el presente Reglamento.

CAPITULO III DE LAS OBLIGACIONES, DERECHOS, VACANCIA Y REVOCATORIA DE LOS DELEGADOS VECINALES
Articulo 11º.- Obligaciones de los Delegados Vecinales. Los Delegados Vecinales, en el ejercicio de su mandato tienen las siguientes obligaciones: 11.1 Cumplir con probidad y de manera diligente y eficiente las funciones de las Juntas de Delegados Vecinales que se senalan en los Articulos 9º y 23º del presente Reglamento. 11.2 Asistir regularmente a las reuniones debidamente convocadas por la Junta de Delegados Vecinal, salvo por motivo de fuerza mayor debidamente justificado con anticipacion. 11.3 Recoger permanentemente las inquietudes, sugerencias y propuestas de todos los vecinos de su MORDAZA y transmitirlos a la autoridad municipal; asimismo comunicar

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