Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2007 (23/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2007

a los vecinos de su MORDAZA la informacion y disposiciones que emite la Municipalidad. 11.4 Participar regularmente en las acciones de capacitacion que convoque la Municipalidad. 11.5 Promover y contribuir al desarrollo integral de su MORDAZA, fortaleciendo los valores de la convivencia ordenada, pacifica y solidaria. 11.6 Promover la mayor y efectiva participacion y formacion de la ciudadania, para contribuir en los asuntos publicos para el desarrollo local y la mejora de la calidad de vida. 11.7 Coordinar permanentemente con los Delegados Vecinales de otras zonas, acciones y propuestas conjuntas, que contribuyan al desarrollo integral del distrito. 11.8 Presentar las inquietudes, solicitudes y propuestas de los vecinos de su MORDAZA que ayuden a contribuir al desarrollo integral de su MORDAZA y del distrito. 11.9 Presentar con los demas Delegados de su Junta, la rendicion de cuentas periodica de su gestion a los vecinos de su MORDAZA, de conformidad con las disposiciones que para tal efecto senale la Gerencia de Participacion Vecinal. 11.10 Participar con decoro y respeto en las reuniones para las que sea convocado, guardando y cumpliendo la agenda y las normas que se establecen para el desarrollo de cada reunion, conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento. 11.11 Respetar los principios senalados en el Articulo 5º del presente Reglamento. 11.12 Convocar a las sesiones ordinarias de la Junta de Delegados Vecinal, en forma mensual; y a las reuniones vecinales de sus respectivas zonas, en forma trimestral. 11.13 Hacer uso debido de su credencial como Delegado Vecinal; por tal motivo, debe abstenerse de usar la representacion vecinal para beneficio personal o fines distintos a los dispuestos en el Articulo 9º del presente Reglamento; por lo que esta impedido de solicitar o gestionar donaciones de bienes o dinero en nombre de la Municipalidad o de la Junta Vecinal o como miembro de ella; asi como obtener privilegios o gestionar beneficios, en establecimientos comerciales o en cualquier otra institucion privada o publica. La penalidad para esta conducta se senala en el numeral 13.9 del Articulo 13º del presente Reglamento. Articulo 12º.- Derechos de los Delegados Vecinales. 12.1 Representar a los vecinos de su MORDAZA ante la Municipalidad y velar por sus intereses comunes, para el desarrollo de la jurisdiccion zonal y Distrital. 12.2 Convocar a los vecinos de su MORDAZA, conforme a las disposiciones del presente Reglamento, para recibir sus propuestas y llegar a acuerdos, que seran transmitidos a la Municipalidad. 12.3 Participar en las reuniones de la Junta de Delegados Vecinal y en las que convoque a los Delegados Vecinales la Municipalidad, a traves de la Gerencia de Participacion Vecinal. 12.4 Acceder a la informacion que estime necesaria para la labor de su MORDAZA vecinal, bajo el procedimiento establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad, para el acceso a la informacion publica municipal, estando exonerado de los derechos correspondientes, siempre que lo solicitado, guarde relacion con el ejercicio de su funcion. 12.5 Participar como candidato al Comite de Vigilancia y Control del MORDAZA del Presupuesto Participativo, de conformidad con el Reglamento correspondiente para tal efecto. Asimismo participar como candidato al Comite Distrital de Seguridad Ciudadana. 12.6 Presentar renuncia ante el MORDAZA, a seguir ejerciendo el mandato de Delegado Vecinal para el cual fue elegido. Articulo 13º.- Perdida del mandato de Delegado Vecinal y causales de vacancia. La condicion y el mandato de Delegado Vecinal se pierden por cualquiera de las causales de vacancia que se indican a continuacion: 13.1 Por renuncia. 13.2 Por incapacidad fisica o mental permanente, y debidamente acreditada de acuerdo a Ley. 13.3 Por fallecimiento. 13.4 Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad.

13.5 Por dejar de residir de manera injustificada por mas de treinta (30) dias continuos en su zona. 13.6 Por no asistir, sin la debida y anticipada justificacion, a las reuniones convocadas por la Junta Vecinal o por la Municipalidad, por mas de tres (3) veces consecutivas, o cinco (5) no consecutivas en un lapso de tres (3) meses. 13.7 Por sobrevenir con posterioridad a la eleccion cualquiera de las causales de impedimento para ser Delegado Vecinal, dispuestas en el Articulo 17º del presente Reglamento. 13.8 Por mostrar conducta indecorosa y/o falta de respeto a las autoridades y funcionarios del Gobierno Local; a los Delegados Vecinales, en cualquier circunstancia; asi como a los asistentes en las reuniones convocadas en cualquiera de los mecanismos de la participacion ciudadana. 13.9 Por hacer uso indebido de su credencial de Delegado Vecinal, utilizandola para beneficio personal. La gravedad de esta inconducta acarreara tambien la inhabilitacion del vecino para postular al cargo de Delegado Vecinal durante un periodo de cinco (5) anos. 13.10 Por incumplir de manera reiterada y comprobada con las obligaciones senaladas en el Articulo 11º del presente Reglamento. 13.11 Por no cumplir con los requisitos senalados en el Articulo 16º de la presente Ordenanza, o incurrir en alguna de las causales de impedimento senaladas en el Articulo 17º. Articulo 14º.- Procedimiento de la vacancia del Mandato de Delegado Vecinal. Cualquier ciudadano o Delegado Vecinal podra solicitar la vacancia del mandato de un Delegado Vecinal, a traves de un documento dirigido a la Gerencia de Participacion Vecinal y presentado en la Mesa Unica de Tramite Documentario de la Municipalidad. La Gerencia de Participacion Vecinal podra declarar la vacancia de oficio. Tanto la solicitud de vacancia como la Resolucion correspondiente deben estar plenamente fundamentadas en las causales e impedimentos que regula esta Ordenanza. La solicitud de vacancia sera atendida, en primera instancia por la Gerencia de Participacion Vecinal, y de existir causa justificada, emitira la respectiva Resolucion Gerencial declarando la vacancia, y convocara para asumir las funciones del Delegado Vecinal vacado al siguiente Delegado Vecinal de la Junta. Ante las Resoluciones de la Gerencia de Participacion Vecinal que declare la vacancia de un Delegado Vecinal, proceden los recursos de impugnacion que senala la Ley, los mismos que seran resueltos por la Gerencia Municipal, en MORDAZA instancia, que emitira la Resolucion correspondiente y entregara MORDAZA a la Gerencia de Participacion Vecinal. Articulo 15º.- Procedimiento de revocatoria del mandato de Delegado Vecinal. El MORDAZA de revocacion de Delegados Vecinales se inicia cuando por lo menos sesenta (60) vecinos de una MORDAZA presentan la solicitud de revocatoria. La Gerencia de Participacion Vecinal debera verificar la autenticidad de los datos y de las firmas presentadas en la solicitud de revocatoria en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles. Una vez realizada la verificacion, se llevara a cabo una consulta vecinal en la MORDAZA en la que se ha solicitado la revocatoria. Para que dicha consulta tenga validez, deberan participar en MORDAZA por lo menos sesenta (60) vecinos de la zona. La revocatoria del Delegado Vecinal o Delegados Vecinales procedera si el resultado se aprueba por mayoria calificada de dos tercios de los participantes en la consulta vecinal. La funcion del Delegado Vecinal revocado sera asumida por el siguiente Delegado Vecinal de la Junta. Si la totalidad de la Junta de Delegados Vecinales es removida de su cargo, la Gerencia de Participacion Vecinal emitira la respectiva Resolucion Gerencial en un plazo no mayor de tres (3) dias habiles y procedera a convocar a la eleccion de una nueva Junta de Delegados Vecinales de la MORDAZA en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles contados a partir de la emision de la Resolucion. La eleccion debera llevarse a cabo en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. De no elegirse una nueva Junta de Delegados Vecinales (por no presentarse ninguna lista en la MORDAZA o porque ninguna de las listas que se presenten alcancen los votos necesarios para ser elegidos) operara lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la presente Ordenanza.

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