Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2007 (23/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
6.3 Organizaciones Sociales

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2007

de MORDAZA, mediante la cual crean el Registro Unico de Organizaciones Sociales para la Participacion Vecinal. · Ordenanza Nº 268- MM ­ Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones. Cuadro de asignacion de personal y Presupuesto analitico de Personal de la Municipalidad de Miraflores. Articulo 4º- DEFINICIONES GENERALES. Para efectos de la presente Ordenanza entiendase por: · Organizacion Social: Es toda forma organizativa autonoma de personas naturales, juridicas o de MORDAZA, que se constituyen sin fines de lucro, por su libre decision, bajo las diversas formas previstas por la Ley. · Registro Unico de Organizaciones Sociales (R.U.O.S.): Documento que contiene las inscripciones de las diferentes Organizaciones Sociales existentes en el distrito de Miraflores, el cual debera ser organizado y actualizado por la Gerencia de Participacion Vecinal. · Participacion Ciudadana: Es el derecho de los ciudadanos a participar activamente en el desarrollo de su comunidad, conjuntamente con sus autoridades, en la busqueda del bienestar comun. Articulo 5º. ­ PRINCIPIOS. Los principios que orientan la creacion y reglamentacion del R.U.O.S. son: · Participacion · Transparencia · Igualdad de oportunidades debidamente organizada · Tolerancia · Eficiencia y eficacia

Culturales,

Educativas

o

Son aquellas constituidas sin fines de lucro, para realizar actividades culturales, sociales o educativas, que domicilian en el distrito de Miraflores. Estas organizaciones pueden tener las siguientes denominaciones entre otras: a) Club Social b) Asociacion Cultural c) Centro Educativo d) Asociacion de padres de familia 6.4 Organizaciones Juveniles Son aquellas formadas por adolescentes y jovenes hasta los 29 anos de edad, que residen en el distrito de Miraflores, y desarrollan diversas actividades, fomentando la interrelacion entre los miembros de su comunidad. 6.5 Organizaciones de la tercera edad Son aquellas formadas por adultos mayores, residentes en el distrito de Miraflores, que se autodenominan de la tercera edad y que desarrollan diversas actividades fomentando la interrelacion entre los miembros de su comunidad. 6.6 Organizaciones Deportivas Son aquellas formadas para promover y organizar actividades deportivas, pudiendo, adoptar las siguientes denominaciones, entre otras: a) Clubes deportivos b) Comites Deportivos Comunales 6.7 Organizaciones de comerciantes y empresarios Son organizaciones formadas por empresarios o comerciantes del distrito, con el fin de potenciar sus actividades economicas o con fines de representacion. Estas organizaciones deberan estar conformadas por empresarios o comerciantes de locales comerciales que cuenten con Licencia Municipal. 6.8 Organizaciones de voluntarios Son aquellas que reunen a personas que se definen como voluntarias y realizan una labor o actividad sin fines de lucro, en forma gratuita y sin vinculos ni responsabilidad contractual. El Voluntariado comprende actividades de interes general para la poblacion, como: actividades asistenciales, de servicios sociales, civicas, de capacitacion, culturales, cientificas, deportivas, sanitarias, de cooperacion al desarrollo, de defensa del medio ambiente, de defensa de la economia o de la investigacion, de desarrollo de la MORDAZA asociativa, de promocion del voluntariado y otras de naturaleza analoga, tendientes al bien comun. Para efectos de su reconocimiento en el R.U.O.S., deberan estar conformadas solamente por vecinos del distrito de Miraflores. 6.9 Otras clases de Organizaciones Son todas aquellas que se constituyen en la jurisdiccion del distrito de Miraflores, dentro del MORDAZA establecido por los Articulos 3º y 4º de la presente Ordenanza. La Resolucion administrativa que reconozca a la Organizacion Social, no generara derecho alguno para ejercer actividades de comercializacion, ni de posesion; otorgando unicamente el reconocimiento en el R.U.O.S. En el caso de las Organizaciones No Gubernamentales, Colegios Profesionales y Universidades, podran aplicarse para efectos de su reconocimiento las Leyes especiales vigentes. Articulo 7º.- AUTONOMIA DE LA ORGANIZACION SOCIAL. Se reconoce la autonomia de la Organizacion Social, respetandose los procedimientos y normas internas de las mismas.

para

la

sociedad

TITULO II DE LAS ORGANIZACIONES
Articulo 6º.- CLASES DE ORGANIZACIONES. Para efectos de la aplicacion de la presente Ordenanza se considera Organizacion Social a: 6.1 Organizacion de Vecinos Son personas naturales que se constituyen sin fines de lucro, con un fin comun, con el proposito de atender los intereses vecinales y que pueden, entre otras adoptar las siguientes denominaciones: a) Asociaciones de Vivienda b) Cooperativas de Vivienda c) Asociaciones de Propietarios d) Juntas y Comites Vecinales e) Comites Civicos f) Juntas de Propietarios g) Comisiones de Gestion: de Parques, de Obras, y otras que no se encuentren comprendidas en algunas de las Organizaciones Sociales senaladas en los incisos anteriores. Este listado no es taxativo, ni limita la inscripcion de cualquier otra forma de Organizacion Vecinal, cuya denominacion no se encuentre senalada en el presente numeral. Las Juntas de Delegados Vecinales Zonales tendran una inscripcion automatica en el R.U.O.S., sin necesidad de la MORDAZA de la solicitud para su inscripcion. 6.2 Organizaciones Sociales de Base (OSB) Son aquellas que tienen como fin especifico brindar servicios de apoyo alimentario y de cuidado a las familias de menores recursos economicos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 25307, normas reglamentarias y complementarias. Las Organizaciones Sociales de Base pueden, entre otras, adoptar las siguientes denominaciones: a) Clubes de Madres b) Comites de Vaso de Leche c) Comedores Populares Autogestionarios. d) Centro MORDAZA Infantil Las OSB deberan cumplir con presentar los requisitos que dispone el D.S. Nº 041­2002­PCM.

TITULO III DE LA PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES
Articulo 8º.- DE LOS DERECHOS ORGANIZACIONES SOCIALES. DE LAS

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