Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2007 (23/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2007

Articulo 13º.- OBLIGACION DE SOLICITAR LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE SUCURSALES Y ANEXOS El administrado que cuente con mas de un local o establecimiento dentro de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, debera obtener una licencia de funcionamiento por cada uno de ellos, aunque las actividades que realice MORDAZA iguales o complementarias a las del giro principal, con excepcion de: - Establecimientos colindantes cuya integracion fisica sea tecnicamente factible. - Dos o mas locales dentro de una misma edificacion, que no MORDAZA colindantes, inclusive si estos se encuentran en distinto nivel. La licencia para las sucursales y anexos se tramitaran como modificacion de area, siendo exigible el Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil que corresponda a la suma de las areas involucradas. Articulo 14°.- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE CONCESIONARIOS Los concesionarios estan obligados a obtener licencia de funcionamiento independiente de la expedida al establecimiento que los alberga. El concesionario que cuente con varios modulos o stands en un mismo establecimiento, podra solicitar licencia de funcionamiento para todos los modulos o stands de acuerdo a la categoria que resulte de la suma de las areas ocupadas por la totalidad de los mismos. Articulo 15°.- DUPLICADO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Procede emitir un duplicado de licencia de funcionamiento en caso de perdida o deterioro de la misma. Son requisitos para obtener el duplicado de la licencia de funcionamiento: 1. MORDAZA del Formulario debidamente llenado y suscrito por la persona natural titular de la Licencia o el representante legal de la Persona Juridica de ser el caso. 2. Recibo de pago por derecho de tramite. CAPITULO III LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DERIVADA DE UNA EXISTENTE Articulo 16°.- CASOS EN LOS QUE SE DEBE SOLICITAR LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DERIVADA DE UNA EXISTENTE Se debera tramitar una licencia de funcionamiento derivada de una existente en los siguientes casos: 1. Cambio de denominacion de la persona juridica. 2. Modificacion de giro y/o area. 3. Autorizacion para el uso del retiro municipal. 4. Autorizacion de anuncio. Articulo 17°.- CAMBIO DE DENOMINACION 17.1 Procede el cambio de denominacion de la persona juridica titular de una Licencia de Funcionamiento, por acuerdo societario debidamente acreditado, referido al cambio de denominacion o razon social. Comprende tambien el cambio de forma societaria. 17.2 Las personas juridicas sin fines de lucro deberan acreditar el cambio de denominacion de acuerdo a su normatividad. 17.3 Son requisitos para el cambio de denominacion: a. MORDAZA del Formulario debidamente llenado y suscrito por el representante legal de la Persona Juridica. b. MORDAZA literal de la inscripcion registral del cambio de denominacion o Cambio de Razon Social efectuada en el Registro Unico de Contribuyentes. Articulo 18º.- MODIFICACION DE GIRO Y/O AREA 18.1 La modificacion procede cuando se desea ampliar la autorizacion a otros giros, siempre que MORDAZA compatibles con el autorizado; asi como para la eliminacion de algun o algunos giros autorizados. 18.2 La modificacion del area autorizada comprende su disminucion y/o ampliacion. 18.3 Son requisitos para solicitar la modificacion del giro o area: a. MORDAZA del Formulario debidamente llenado

y suscrito por la persona natural titular de la Licencia o el representante legal de la Persona Juridica de ser el caso. b. Recibo de pago por derecho de tramite. c. En los casos de ampliacion de area se debera presentar el documento que acredite la libre disponibilidad del area a incorporar. 18.4 Segun la categoria que corresponda al area o giro modificada se debera presentar: a. Categoria I: - Declaracion Jurada de observancia de condiciones de seguridad o inspeccion tecnica de seguridad en defensa civil basica, segun corresponda. b. Categoria II: - Certificado de Inspeccion Tecnica Basica de Defensa Civil vigente. c. Categoria III: - Certificado de Inspeccion Tecnica de Detalle o Multidisciplinaria de Defensa Civil vigente. Articulo 19º.- AUTORIZACION PARA EL USO DE RETIRO MUNICIPAL 19.1 La autorizacion procede solo para aquellos establecimientos ubicados en zonificacion comercial o compatible con el uso de comercio, de conformidad con la normatividad vigente y en avenidas expresamente establecidas para dicho fin. No podra otorgarse autorizacion para el uso del retiro municipal a aquellos establecimientos que aun contando con licencia de funcionamiento vigente o inscripcion registral como local comercial, se encuentren con calificacion de uso no conforme. 19.2 El uso del retiro municipal debera ser para el mismo giro autorizado al establecimiento y siempre que el area del retiro a incorporar al establecimiento no sea mayor de 30% del area autorizada en la licencia. 19.3 La autorizacion puede solicitarse con la solicitud de licencia de funcionamiento o en forma independiente. 19.4 Son requisitos para solicitar el uso del retiro municipal: a. MORDAZA del Formulario debidamente llenado y suscrito por la persona natural titular de la Licencia o el representante legal de la Persona Juridica. b. Fotomontaje a color del uso de retiro en relacion a las edificaciones adyacentes. c. Plano de Planta a escala 1/50, con la ubicacion del mobiliario a utilizar en el retiro. d. Plano de Corte y Elevacion frontal a escala 1/50, de la edificacion completa. e. Memoria Descriptiva de la distribucion a utilizar en el retiro municipal de uso exterior, donde se detalle las caracteristicas y materiales de los elementos a instalar. f. Compromiso del administrado de retirar lo implementado al cese de actividad. g. Autorizacion del propietario del inmueble a favor de la Municipalidad para retirar al cese de actividad, sin mediar tramite, lo implementado en el retiro, en caso de incumplimiento del compromiso referido en el literal f del presente articulo. h. Compromiso de conservar en buen estado las instalaciones en el retiro municipal. i. Recibo de pago por derecho de tramite. 19.5 Para la renovacion de la autorizacion de uso de retiro municipal solo se requeriran los requisitos senalados en los literales a) e i). Articulo 20°.- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CONJUNTA CON LA AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DE ANUNCIOS La autorizacion para la instalacion de anuncios podra solicitarse conjuntamente con la solicitud de licencia de funcionamiento para lo cual, adicionalmente a los requisitos senalados en el articulo 11° de la presente Ordenanza, debera adjuntarse: 1.- Fotografia de la fachada del establecimiento, donde se instalara el anuncio. 2.- Diseno a escala del anuncio, indicando las medidas, material, MORDAZA y leyenda. 3.- Recibo de pago por derecho de tramite. La aprobacion del anuncio en el tramite Categoria I-A,

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