Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2007 (23/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360953

Que, con Oficio N° 089-2007-MDLP/SG, la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de La Punta, solicita la ratificacion de la Ordenanza N° 011-2007-MDLP/ALC, que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana; Que, la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, recaida en el Expediente N° 0053-2004-PI/TC, ha expresado las consideraciones que deben ser tomadas por toda municipalidad para la determinacion de los Arbitrios Municipales en su jurisdiccion, estableciendo que los parametros objetivos de distribucion de costos seran razonablemente admitidos como validos cuando hubiese una conexion logica entre la naturaleza del servicio brindado y el presunto grado de intensidad del uso de dicho servicio; Que, el Informe N° 764-2007-MPC-GGATR-GAT, del 15 de noviembre del 2007, de caracter tecnico legal, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, dependiente de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, considera que se ha cumplido con acompanar los documentos senalados en el primer parrafo del articulo 3º de la Ordenanza Municipal N° 000033-2005-MPC, MORDAZA que regula el Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Distritales, como: Exposicion de Motivos de la MORDAZA, MORDAZA autenticada de la Ordenanza N° 011-2007-MDLP/ALC, MORDAZA autenticada del Acta de Sesion de Concejo, en que fue aprobada la Ordenanza N° 011-2007-MDLP/ALC, con la MORDAZA de su aprobacion contando con el quorum de Ley y MORDAZA certificada de la Ordenanza N° 020-2006MDLP/ALC, que MORDAZA el MORDAZA legal de la determinacion y distribucion de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2007, el mismo que es considerado como antecedente normativo de la ordenanza materia de la ratificacion; igualmente, la referida Ordenanza ha fijado los hechos que configuran nacimiento de la obligacion tributaria de los Arbitrios Municipales, asi como el hecho imponible, la definicion de deudor y responsable solidario, la periodicidad y vencimiento y las actividades que conforman cada servicio publico y con respecto al Informe Tecnico, se ha verificado que cumple con lo estipulado en el punto 3.1. del articulo 3º de la Ordenanza N° 000033-2005, literales a), b), c), d), f) y g), toda vez que se han adjuntado todos los documentos sustentatorios y requeridos; Que, mediante Informe N° 1390 -2007-MPC-GGAJCSGAA de la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, informo que los criterios de distribucion de cada arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana incorporados en la Ordenanza N° 0011-2007-MDLP/AL, se ajustan a los parametros de validez constitucional, por lo que resulta procedente su ratificacion; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; la Comision de Administracion; ACUERDA: 1. Aprobar el Dictamen N° 039-2007-MPC-CAM, de la Comision de Administracion, en consecuencia, ratificar la Ordenanza N° 011-2007-MDLP/ALC de la Municipalidad Distrital de La Punta, que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Jardines y Seguridad Ciudadana, que regira en el Distrito de La Punta, para el Ejercicio Fiscal 2008. 2. Dispensar el Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesion Ordinaria celebrada el 18 de diciembre de 2007, con el MORDAZA en UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y CONSIDERANDO: Que, Constitucion Politica del Peru en el articulo 194º, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el articulo 9º inciso 8, establece que es atribucion del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 000123 del 11 de MORDAZA de 2007, se aprobo el Dictamen N° 017-2007-MPCCAM de la Comision de Administracion, en consecuencia, se aprobo el convenio MORDAZA de Cooperacion entre la Municipalidad Provincial del Callao y la Empresa de Paneles NAPSA S.A; Que, a traves del Acuerdo de Concejo N° 000176 del 29 setiembre del 2007 se aprueba la donacion de S/. 200,000.00 efectuada por la Empresa de Paneles NAPSA S.A. a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, en virtud del Convenio MORDAZA de Cooperacion suscrito entre ambos; Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto N° 28411 en el articulo 69º senalado que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, seran aprobadas por Acuerdo de Concejo, debiendo consignarse la fuente donante y el destino de estos fondos publicos, debiendo ser publicado dicho Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto materia de donacion supere las cinco Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Informe N° 058-2007-MPC, la Secretaria General informa al senor MORDAZA, haber advertido que el Acuerdo de Concejo N° 000176 no ha senalado el destino ni orientacion conforme lo establece la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto N° 28411 en el articulo 69º, habiendo remitido los Memorandos N° 1019-2007MPC/SG GACMA y N° 1025-2007-MPC/SG GACMA a la Gerencia General de Administracion para que precise el destino de la donacion y la orientacion financiera del mismo, a fin de dar cumplimiento a la Ley N° 28411; Que, mediante Memorando N° 1686-2007-MPC/ GGA, de la Gerencia General de Administracion, hace de conocimiento que la Municipalidad ha recibido la donacion y que el monto recibido por la Empresa de Paneles NAPSA S.A, se utilizara para gastos corrientes; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA: 1. Dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo N° 000123 del 11 de MORDAZA de 2007 y Nº 000176 del 29 de setiembre de 2007. 2. Aprobar el Dictamen N° 017-2007-MPC-CAM de la Comision de Administracion, en consecuencia aprobar el Convenio MORDAZA de Cooperacion entre la Municipalidad Provincial del Callao y la Empresa de Paneles NAPSA S.A. aceptando la donacion de S/. 200,000.00 (doscientos mil y 00/100 nuevos soles) que se entregara en una sola armada, a favor de la Municipalidad Provincial del Callao destinandola a ser utilizada para gastos corrientes, autorizando al senor MORDAZA la suscripcion del Convenio. 3. Encargar a las Gerencias Generales de Desarrollo MORDAZA y de Asesoria Juridica y Conciliacion el cumplimiento del Presente Acuerdo. 4. Disponer la publicacion del presente Acuerdo. 5. Dispensar el presente Acuerdo del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

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Aprueban el Convenio MORDAZA de Cooperacion celebrado con la Empresa de Paneles NAPSA S.A. y aceptan donacion a favor de la Municipalidad
ACUERDO N° 000240 Callao, 18 de diciembre de 2007

146171-1

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