Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2007 (23/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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CAPITULO V

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2007

DE LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES.
Articulo 23º.- Normas de funcionamiento de las Juntas de Delegados Vecinales. Para el desarrollo de las Juntas de Delegados Vecinales se observaran las siguientes normas: 23.1 Convocatoria.- La convocatoria a las Reuniones de la Junta de Delegados Vecinal sera realizada por el Presidente Zonal de la respectiva Junta, con una anticipacion no menor a tres (3) dias calendario, cuando la reunion sea solo entre los Delegados Vecinales, y siete (7) dias calendario cuando la reunion sea entre los delegados y los vecinos. 23.2 Reuniones.- La Junta de Delegados Vecinales se reunira: 23.2.1 Los vecinos de la MORDAZA, con derecho a voz y MORDAZA, en conjunto con sus respectivos Delegados Vecinales, se reuniran ordinaria y obligatoriamente una (1) vez en el trimestre. Extraordinariamente, podran reunirse cuando lo estime conveniente el Presidente Zonal; lo soliciten tres (3) de los Delegados de la Junta; la Gerencia de Participacion Vecinal; o treinta (30) vecinos de la Zona. Para estas reuniones, la Gerencia de Participacion Vecinal apoyara logisticamente en la convocatoria y en el desarrollo de la misma, cuando le sea solicitado por la Junta Vecinal con una anticipacion de diez (10) dias laborables. Los funcionarios municipales o sus representantes deberan participar en las reuniones de las Juntas Vecinales para las que MORDAZA convocados, para informar o tratar algun tema vinculado a sus funciones. La convocatoria debera ser hecha con una anticipacion no menor de siete (7) dias laborables. 23.3 Conduccion.- La Junta de Delegados Vecinales es conducida por el Presidente Zonal de la respectiva Junta. En caso de ausencia justificada del Presidente Zonal, lo reemplazara el Secretario de la Junta. 23.4 Quorum.- El quorum para la instalacion y funcionamiento de las reuniones de la Junta de Delegados Vecinales estara conformado por tres (3) de los Delegados Vecinales de su respectiva Junta Zonal. 23.5 Acuerdos.- Los acuerdos de la Junta de Delegados Vecinales se adoptaran por mayoria simple de los Delegados Vecinales presentes al momento de la votacion, siempre y cuando exista el quorum establecido en el numeral anterior del presente Articulo. En caso de empate, el Presidente Zonal tiene MORDAZA dirimente. 23.6 Registros.- Los registros de asistencia, pedidos, debates y acuerdos de la Junta de Delegados Vecinales son formalizados en el Libro de Actas, debidamente certificado por la Secretaria General y proporcionado por la Gerencia de Participacion, siendo responsable del mismo el Delegado Vecinal en quien recaiga la funcion de Secretario. Copias de los registros y de las comunicaciones cursadas deben ser remitidas, con una diferencia no mayor de quince (15) dias calendario a la Gerencia de Participacion Vecinal. El Libro de Actas, debera ser presentado a la Gerencia de Participacion Vecinal cada vez que esta lo solicite y al termino del mandato de las Juntas de Delegados Vecinales. Articulo 24º.- Normas de funcionamiento de la Asamblea de Delegados Vecinal Distrital. Para el desarrollo de las Asambleas de Delegados Vecinales Distrital se observaran las siguientes normas: 24.1 Convocatoria.- La Convocatoria a las reuniones de la Asamblea de Delegados Vecinal Distrital sera realizada por la Gerencia de Participacion Vecinal, por encargo del MORDAZA, con una anticipacion no menor a cinco (5) dias calendario. 24.2 Reuniones.- La Asamblea de Delegados Vecinal Distrital se reunira ordinariamente cuatro (4) veces al ano de acuerdo al Articulo 108º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. El MORDAZA, el Concejo Municipal, el Primer Regidor o el veinticinco por ciento (25%) de los Delegados Vecinales podran convocar a reuniones extraordinarias de la Asamblea de Delegados Vecinal Distrital. 24.3 Conduccion.- La Asamblea de Delegados Vecinales Distrital es presidida y conducida por el MORDAZA, en caso

de ausencia del mismo, la conduccion estara a cargo del Primer Regidor. Para el funcionamiento de la Asamblea regiran las normas que MORDAZA aplicables para las sesiones del Concejo Municipal. 24.4 El quorum para la instalacion de la Asamblea de Delegados Vecinales Distrital sera de ocho (8) Presidentes Zonales. En caso de ausencia del Presidente de alguna Junta Vecinal, podra asistir cualquier Delegado de la Junta Vecinal debidamente acreditado con anticipacion por su respectivamente Junta. 24.5 Registros.- Los registros de asistencia, pedidos, debates y acuerdos de la Asamblea de Delgados Vecinales Distrital son formalizados en Actas, siendo responsable de los mismos la Gerencia de Participacion Vecinal.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- Accion Supletoria de Normas. Para todos los aspectos no previstos en el presente Reglamento y segun corresponda, rigen de manera supletoria las siguientes normas: - Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica del Estado, Ley Nº 27927 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF - Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Miraflores ­ MORDAZA, Ordenanza Nº 229, del 2 de MORDAZA de 2006. Segunda.- Designacion de Delegados por el Alcalde. En el caso que existan zonas que no cuenten con Juntas de Delegados Vecinales elegidas o que todos sus miembros hayan sido vacados o hayan renunciado, el MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia, podra designar a un vecino para representar a la MORDAZA como Presidente Zonal. Estos representantes deberan cumplir con los requisitos senalados en el Articulo 16º de la presenta Ordenanza, en lo que les sea aplicable, y no incurrir en los impedimentos senalados en el Articulo 17º de la misma Ordenanza. Tercera.- Derogatoria de norma. Dejar sin efecto las Ordenanzas Nos. 186, 187 y 264 de la Municipalidad de Miraflores; asi como cualquier otra MORDAZA municipal que se oponga al presente Reglamento. Cuarta.- Elecciones para las Juntas de Delegados Vecinales Las elecciones para las Juntas de Delegados Vecinales se realizaran durante el primer trimestre del ano, siendo reglamentadas mediante Resolucion de Alcaldia. Las Juntas de Delegados elegidas en el ano 2006, continuaran en funciones hasta que se instalen las nuevas Juntas. Quinta.- Cumplimiento de la MORDAZA Encarguese del cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Participacion Vecinal. Sexta.- Vigencia del Reglamento El presente Reglamento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA

146140-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana para el ano 2008
ORDENANZA Nº 399-MSB
San MORDAZA, 20 de setiembre del 2007

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