Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2008 (30/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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de MORDAZA y las empresas de transporte aereo de pasajeros con el objeto de garantizar beneficios a los usuarios. El Gobierno Regional de MORDAZA esta a cargo de la supervision del cumplimiento del citado convenio y el incumplimiento del mismo acarrea la perdida de los beneficios tributarios.

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aceptan renuncia de Ministra Transportes y Comunicaciones
RESOLUCION SUPREMA Nº 330-2008-PCM
MORDAZA, 29 de noviembre de 2008 Vista la renuncia que al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones formula la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lombardi; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, formula la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lombardi, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

Articulo 4º.- Financiamiento Los Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Publico, emitidos al MORDAZA de la presente Ley, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas. Para tal fin, se autoriza a dicho Ministerio para que mediante decreto supremo incorpore en su presupuesto los recursos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley. Articulo 5º.- Vigencia Las medidas extraordinarias establecidas en la presente Ley tendran una vigencia de seis (6) anos y regiran a partir del primer dia del mes siguiente a la fecha de publicacion de la presente Ley en el Diario Oficial El Peruano. Precisase que la presente Ley solo sera de aplicacion al servicio de transporte aereo de pasajeros contratado en el MORDAZA a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente norma.

de

Articulo 6º.Prorroga de las medidas extraordinarias Para la prorroga de la vigencia de las medidas extraordinarias establecidas en la presente Ley se debe contar con un informe previo del Ministerio de Economia y Finanzas sobre el impacto de las medidas en la promocion de la interconexion de la MORDAZA de Iquitos con el resto del pais. Este informe debe ser efectuado por lo menos un (1) ano MORDAZA del termino de la vigencia de las medidas establecidas en la presente Ley. Articulo 7º.- Domicilio fiscal Las empresas de transporte aereo que presten servicios de transporte de pasajeros desde o hacia la MORDAZA de Iquitos no estan obligadas a senalar domicilio fiscal en la MORDAZA de Iquitos. Articulo 8º.- Excepcion Exceptuase a la presente Ley de lo dispuesto en el literal e) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 977, Decreto Legislativo que establece la ley MORDAZA para la dacion de exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios. Articulo 9º.- Extension de la MORDAZA Mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, pueden incluirse otras localidades beneficiarias de la presente Ley, siempre y cuando se encuentren aisladas geograficamente. Articulo 10º.- Normas reglamentarias Mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se estableceran las normas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de noviembre de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

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Aceptan renuncia de Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 331-2008-PCM
MORDAZA, 29 de noviembre de 2008 Vista la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construccion y Saneamiento, formula el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construccion y Saneamiento, formula el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

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Nombran Ministro de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCION SUPREMA Nº 332-2008-PCM
MORDAZA, 29 de noviembre de 2008 Vista la propuesta del senor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el articulo 122º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado;

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