Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2008 (30/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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384291

Articulo 28º.- Costos Medios

periodo de 36 meses con tasa de descuento aplicado en las tarifas de distribucion. 29.2 La tarifa obtenida, segun los principios senalados, se deben subdividir en un margen de distribucion y un margen de comercializacion. Ademas, dentro de cada margen se debe considerar la posibilidad de establecer costos fijos y costos variables. 29.3 Para los consumidores de alto consumo los costos fijos se deben pagar en funcion de la capacidad utilizada de la red de distribucion, estableciendose un pago minimo de acuerdo con: i) El minimo volumen de la categoria tarifaria; ii) el 50% del volumen contratado como derecho de conexion y iii) el promedio de consumo de los ultimos seis (6) meses. Articulo 30º.- Formula de Actualizacion Para el diseno de la formula de actualizacion se emplearan como factor relevante de los costos el Indice de Precios al por Mayor (IPM), publicado por el INEI, y otro indice que refleje la variacion de los materiales mayormente utilizados en el sistema de distribucion.

28.1. El costo medio total de la red del sistema de distribucion se determina dividiendo el costo total de la red entre la demanda total que abastece dicha red en el periodo de analisis (20 anos o el periodo senalado en el Reglamento). 28.2. El costo total, actualizado al inicio del periodo de analisis y segun corresponda, es la suma de los valores presente de las inversiones, operacion y mantenimiento de la red en evaluacion. 28.3. La demanda total, actualizada al inicio del periodo de analisis, es la suma de los valores presente de las demandas proyectadas en el periodo de analisis (numeral 10.1). 28.4. Adicionalmente, se determinara el costo medio de la red de MORDAZA, que atiende a los consumidores de alto consumo, y el costo medio de la red de polietileno, que atiende al resto de consumidores de bajo consumo, de acuerdo con los siguientes criterios:

i. El costo medio de la red de MORDAZA se MORDAZA considerando el costo total de las estaciones de regulacion de presion y de las tuberias de MORDAZA que abastecen a consumidores de alto consumo. La demanda a considerar es la de toda la red, tanto las de alto consumo como del resto de consumidores de bajo consumo. ii. El costo medio de la red de polietileno se MORDAZA considerando el costo total de las tuberias de polietileno mas los costos no cubiertos en el costo medio de la red de MORDAZA (inciso anterior). La demanda a considerar es la del resto de consumidores de bajo consumo. En el caso que sea complejo diferenciar a los usuarios de bajo consumo que se conecten y utilicen principalmente la red de polietileno, el costo medio de la red de polietileno se podra determinar considerando unicamente los costos asociados a los consumidores que demanden hasta un limite no mayor a los 300 m3/mes. iii. El costo medio de comercializacion se MORDAZA considerando los costos de comercializacion y toda la demanda de la red. Articulo 29º.- Criterios para el Diseno Tarifario 29.1 Las tarifas finales para cada categoria de consumidor se deben disenar considerando los siguientes principios: a) La tarifa debe proveer los ingresos necesarios al concesionario para cubrir los costos reconocidos como eficientes. La evaluacion se puede hacer para: i) el periodo de analisis; o ii) el periodo tarifario; o iii) el periodo de vigencia del plan de desarrollo presentado en la propuesta tarifaria. b) Las tarifas se calcularan segun las categorias tarifarias propuestas por el concesionario y los respectivos rangos de consumo, contemplando al menos una para GNV y otra para generadores electricos. c) Las tarifas deben ser competitivas para todas las categorias de consumidores. Es decir, las tarifas deben proporcionar un nivel de ahorro a todos los consumidores, respecto del sustituto correspondiente. d) La tarifa debe ser decreciente con el incremento del volumen tipico de la categoria. e) El factor de equilibrio tarifario debe permitir cubrir la proyeccion de los costos totales de la red de MORDAZA y polietileno con los ingresos que se `proyecten percibir por la distribucion de gas natural a los consumidores, de forma tal que se aplique un ajuste (incremento o reduccion) de las tarifas bases de los consumidores de alto consumo en favor del resto de consumidores. f) La tarifa se establecera segun una formulacion tarifaria que considere los margenes de distribucion y comercializacion y sus correspondientes factores de ajuste, como son los de caracterizacion de MORDAZA y de equilibrio tarifario. g) La tarifa para el consumidor de bajo consumo, menor a 30 m 3/mes, debe proveer un ahorro al evaluar un consumo tipico y los costos necesarios para el consumo del gas natural. La evaluacion se debe hacer considerando el descuento del costo de promocion por la conexion de consumidores residenciales, el costo de la acometida, el derecho de conexion, el costo de la red interna y la conversion de artefactos; asi como, complementariamente, evaluar tambien los posibles financiamientos de los costos indicados para un

CAPITULO MORDAZA ACOMETIDAS
Articulo 31º.- Acometida 31.1. La Acometida es el elemento que permite controlar y medir el flujo del gas natural que abastece a un determinado cliente. 31.2. Dentro de los costos de la Acometida se incluye la inversion y su mantenimiento quinquenal, los cuales se presentara de forma separada. El mantenimiento se efectua segun las exigencias minimas establecidas en el Reglamento. 31.3. La propuesta tarifaria solamente debe efectuarse para las Acometidas de los consumidores menores a 300 3 m /mes, las que se debera segmentar en al menos 2 tipos de equipos de medicion segun rango de consumo. Articulo 32º.- Estructura Tarifaria 32.1. La tarifa de la Acometida se expresa por unidad tipica, para los diversos tipos de clientes. En caso el cliente solicite una Acometida especial no regulada, el concesionario debe atender esta solicitud y luego solicitar su regulacion, sin que esto retrase la atencion del suministro. 32.2. El cargo por el mantenimiento quinquenal de la Acometida debe ser calculada con el concepto de un pago mensual que permita obtener el costo respectivo al final de los 60 meses, considerando ademas la tasa de actualizacion aplicable a las tarifas de distribucion. 32.3. Se exceptua del pago del mantenimiento de la Acometida si la misma se ha considerado en los costos de operacion y mantenimiento de la distribucion, tal como ocurre con los consumidores menores a 300 m3/mes. Articulo 33º.- Formula de Actualizacion Para el diseno de la formula de actualizacion se empleara como factor relevante de los costos al Indice de Precios al por Mayor (IPM) publicado por el INEI.

CAPITULO MORDAZA CORTE Y RECONEXION
Articulo 34º.- Corte y Reconexion 34.1. La actividad de corte y reconexion del cliente no considera los gastos del area comercial y de operaciones del concesionario. ya que se encuentran incluidos en el Margen de Comercializacion y/o Distribucion. 34.2. La determinacion del costo de la actividad pasa por definir la cantidad de mano de obra involucrada y los materiales y equipos utilizados en forma eficiente. 34.3. Para definir el tiempo y rendimiento en la ejecucion de la actividad se puede usar los siguientes criterios: a) Estudio de tiempos de ejecucion de la actividad considerando un programa continuo de la misma tarea. Se asume ratios comerciales eficientes para la empresa distribuidora. b) Comparacion con los tiempos de ejecucion de actividades similares en otros servicios publicos tanto nacionales como extranjeros.

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