Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2008 (30/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Articulo 23º.- Costos de Inversion

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de noviembre de 2008

sumatoria de su correspondiente Acometida y Derecho de Conexion. 25.2. Los costos de promocion seran incluidos con base a la propuesta y compromiso previo del concesionario en su propuesta tarifaria, en el que debera especificar los costos que descontara directamente a los consumidores para la prestacion del servicio, tales como la conexion del suministro (Acometida y Derecho de Conexion), el suministro de materiales para la ejecucion de la red interna por parte de los instaladores y a la conversion o nuevos equipos para el uso del gas natural. 25.3. Los costos de promocion deberan proponerse por MORDAZA de desarrollo segun distritos, considerando aquellas en las que predominantemente (mas del 75%) existan potenciales consumidores de niveles socioeconomicos C, D y E. El concesionario debe considerar, en su estudio tarifario, que los costos de promocion seran aplicables anualmente en todo el periodo tarifario de cuatro anos, segun la ejecucion de las zonas del plan quinquenal de inversiones del concesionario. El concesionario debera presentar un estudio socioeconomico de cada MORDAZA por distrito, que propone beneficiar con los costos de promocion. 25.4. Conjuntamente con la propuesta de costos de promocion, el concesionario debera proponer a OSINERGMIN para su respectiva aprobacion un procedimiento de control anual por la conexion del numero proyectado de consumidores residenciales con la promocion involucrada. Este procedimiento, debe considerar al menos lo siguiente: a) La implementacion de los recargos tarifarios y de las cuentas de equilibrio tarifario especificos, cuya recaudacion se presentara en la contabilidad regulatoria. b) Los retiros de la cuenta indicada en el literal a) por concepto de los costos de promocion por la conexion efectiva de consumidores residenciales, efectuados por el concesionario. 25.5. La determinacion de los costos comerciales se hace segun los criterios senalados en el numeral 24.3 (costos operativos). Articulo 26º.- Costos de Mantenimiento 26.1. Los costos de mantenimientos cubren las actividades senaladas por el concesionario como necesarias para mantener operativa la red de distribucion. Los costos de mantenimiento deben ser sustentados en forma desagregada por las actividades que realiza la empresa, en forma periodica, de acuerdo con los elementos tipicos de la red de distribucion. 26.2. Los costos de mantenimiento de la empresa deben asignarse segun el elemento de costo del concesionario (Red Principal, Red Comun, Tuberia de Conexion y Acometida de los consumidores menores a los 300 m3/mes). 26.3. Inicialmente, los costos de mantenimiento pueden ser evaluados mediante criterios de comparacion, senalados en el numeral 10.4. Los costos determinados por comparacion deben guardar coherencia con las actividades de mantenimiento que efectuaria la empresa concesionaria en forma eficiente. Articulo 27º.- Estructura Tarifaria 27.1. Los costos de la Red Comun se estructuraran en dos MORDAZA rubros: a) Margen de distribucion; y b) Margen de comercializacion. 27.2. Los margenes de distribucion y/o comercializacion se pueden expresar como costos fijos (o costos de capacidad) o como costos variables. Para los consumidores de bajo consumo de gas natural, el costo fijo se expresara como costo por cliente al mes. 27.3. El primer paso para definir la estructura tarifaria es determinar los costos medios de largo plazo (20 anos) para la red de polietileno, MORDAZA y el total. 27.4. La inversion se expresa en anualidades o mensualidades de acuerdo con la tasa de descuento empleada. En cada mes, el valor de la inversion a compensar es igual a la suma de las mensualidades de las redes instaladas hasta dicho mes.

23.1. La determinacion de los costos de inversion se MORDAZA de acuerdo con la metodologia del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) definido en el Reglamento. 23.2. Para la sustentacion de los costos de inversion, se debera preparar el desagregado de los costos unitarios de los elementos de la red y la cantidad de elementos que se estan empleando. 23.3. Los costos unitarios por los elementos de la red deberan ser desagregados en: a) Uso de Materiales b) Uso de Equipos c) Gastos Generales y Utilidad del Contratista d) Importado y Nacional 23.4. Durante los primeros 8 anos de operacion comercial de la concesion, se puede usar como parte de la "curva de aprendizaje" en el desarrollo de la red de distribucion, un porcentaje que reduzca el rendimiento eficiente en la instalacion de la red y/o un porcentaje que incremente la utilidad de contratista por la menor competencia en el MORDAZA de instalaciones de redes de gas natural. Articulo 24º.- Costos de Operacion 24.1. Los costos de operacion involucran los costos de gestion necesarios para manejar una empresa distribuidora. 24.2. Para los consumidores menores a 300 m3/mes y conforme a lo establecido en el Reglamento, dentro de los costos de operacion se debe considerar la gestion del diseno y actualizacion de las instalaciones internas tipicas, difundidas en la pagina Web del concesionario; la inspeccion, supervision y habilitacion de la instalacion interna, la que considerara 2 visitas al predio incluida el evento de la habilitacion y, ademas, la revision quinquenal de la instalacion interna. 24.3. La determinacion del costo de operacion se MORDAZA empleando los criterios de: a) Comparacion con empresas nacionales o extranjeras de negocio de gas natural. b) Comparacion con empresas nacionales dedicadas a servicios publicos similares, teniendo en cuenta la preponderancia en el desarrollo de redes subterraneas. c) Definicion de una empresa modelo (tipo). d) Inclusion de mecanismos de promocion que tomen en cuenta la evolucion de la empresa conforme se desarrolla la red de distribucion. 24.4. OSINERGMIN podra reconocer mayores costos por inicio o instalacion de la empresa distribuidora. Los mayores costos deben ir reduciendose conforme la red alcanza la madurez deseada en la red de distribucion. 24.5. Los costos de odorizacion del gas natural son considerados como parte de los costos operativos. Para el caso de concesiones de distribucion que incluyen Redes Principales, solo se considerara el costo del odorante si la Red Principal no lo incluye. 24.6. Para el reconocimiento de las perdidas estandares, el concesionario debera presentar el balance del gas natural del sistema de distribucion que considere el gas ingresado, el almacenado en ductos y las ventas en el sistema de distribucion, para ello, todo consumo propio del concesionario sera considerado como una venta. El balance indicado debe presentarse de forma trimestral y por ano calendario. Articulo 25º.- Costos de Comercializacion 25.1. Los costos de comercializacion involucran los costos operativos del area comercial como por ejemplo: a) Costos del area comercial (oficina, equipos, personal); b) Costos por perdidas comerciales; c) Costos por financiamiento de ventas (capital de trabajo); d) Costos por gestion de clientes (conexion y corte); e) Costos por medicion, facturacion y cobranza. f) Costos por la promocion de la conexion de consumidores residenciales menores a 300 m3/mes, el que no podra exceder al triple del costo resultante de la

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