Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2008 (30/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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384201

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

comercial en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Puno; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad MORDAZA : RADIODIFUSION TELEVISION UHF : 55 BANDA: V FRECUENCIA DE 717.25 MHz. FRECUENCIA DE 721.75 MHz. : COMERCIAL POR

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en UHF en la localidad de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 723-2008-MTC/03 MORDAZA, 27 de noviembre de 2008

VIDEO: AUDIO:

Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Ubicacion de la Estacion: Estudios

VISTO, el Expediente Nº 2007-041289, presentado por don MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Puno; CONSIDERANDO:

: OAP-7V : VIDEO: 5M45C3F AUDIO 50K0F3E : VIDEO: 1.5 KW. AUDIO: 0.15 KW.

Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 801-2007MTC/17, del 20 de junio de 2007, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 01-2007-MTC/17, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, en las finalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de UHF en la localidad de MORDAZA, departamento de Puno; Que, los dias 07 y 17 de setiembre de 2007, se llevaron a cabo los Actos Publicos de MORDAZA de Sobres Nºs. 1, 2, 3 y 4, y Apertura de Sobres Nºs. 1 y 2, asi como de Apertura de los Sobres Nºs. 3 y 4, y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 01-2007-MTC/17, otorgandose la Buena Pro para la autorizacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, a don MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA, conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, el articulo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 3300-2008MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que don MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 012007-MTC/17, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 01-2007-MTC/17, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 187-2004-MTC/03, y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a don MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television

: Jr. MORDAZA, Nº 351, Of. 104, distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Puno. : Longitud Oeste :70º 01' 43.6'' Latitud Sur :15º 50' 16.2'' : MORDAZA Rural de Huayna Pucara, distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Puno. : Longitud Oeste :70º 01' 00.0'' Latitud Sur :15º 51' 36.67'' : El area comprendida dentro del contorno de 74 dB V/m.

Coordenadas Geograficas Planta

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares, se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y del permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- En caso que, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, se verifique que la planta transmisora de la respectiva estacion radiodifusora, se encuentre dentro de las zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el titular procedera a su reubicacion, salvo que cuente con el permiso de la autoridad competente de tratarse de los supuestos previstos en los numerales 1), 4), 5) y 6) del referido articulo. Articulo 3°.- La autorizacion que se otorga, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo

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