Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2008 (30/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de noviembre de 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno a utilizarse como Centro de Acopio de MORDAZA Nativas
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 079-2008-MDP-CM
MORDAZA, 13 de noviembre del 2008 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal N° 0212008-MDP de fecha 13 de Noviembre del 2008, el Informe Tecnico N° 053-2008-SGA/MDP presentado por el Sub Gerente de Administracion, el Informe Legal N° 0682008-ASLEG/MDP presentado por el Asesor Legal, sobre "Exoneracion de MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de un Terreno para el Centro de Acopio de MORDAZA Nativas del Distrito de Pazos" CONSIDERANDO: El Art. 194º de la Ley N° 27680 que modifica el Capitulo XIV de la Constitucion Politica del Peru, describe que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. El Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. 0832004-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S. 084-2004-PCM, contienen los lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico, dentro de criterios de racionalidad y transparencia, en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos y conforme dispone el Art. 4º del D.S. 0832004-PCM sobre ­especialidad de la MORDAZA y delegacion- la presente ley y su reglamento prevalecen sobre las normas generales de procedimientos administrativos y sobre aquellas de derecho comun que les MORDAZA aplicables. El Art. 19° inciso e) del D.S. 083-2004-PCM "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" establece la exoneracion de procesos de seleccion cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, concordante con lo dispuesto por el Art. 144º del D.S. 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", que establece en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos o los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. El Art. 28º del D.S. 084-2004-PCM establece la competencia para establecer las caracteristicas tecnicas,

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y taxativamente expresa lo siguiente: "Efectuado el requerimiento por el area usuaria, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad, en coordinacion con aquella, definira con precision las caracteristicas, la cantidad de los bienes, servicios u obras, para cuyo efecto se realizara los estudios de MORDAZA o indagaciones segun corresponda" El Sub Gerente de Administracion mediante Informe N° 053-2008-SGA/MDP informa que la Municipalidad Distrital de MORDAZA requiere adquirir un terreno con fines de utilizar como centro de acopio de MORDAZA nativas en el distrito de MORDAZA y teniendo en consideracion que en el distrito no hay predios con las caracteristicas propias para el fin solicitado, mediante Informe Nº 263-FNCV/SGDUR-MDP el Sub Gerente de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural ha presentado los terminos de referencia para la adquisicion del terreno para la construccion del Centro de Acopio de MORDAZA Nativas ­ Pazos; en el mismo que se identifica el inmueble de propiedad del senor Betsor MORDAZA MORDAZA, las caracteristicas especificas con sus respectivos metros lineales realizado por la Jefatura de Estudios y Proyectos, asi como el valor referencial, de la misma manera se tiene a la vista el plano topografico con un area superficial de 7006.80 metros cuadrados y perimetro 432.81 metros lineales, evidenciandose que existe proveedor unico con las caracteristicas solicitadas por la Jefatura de Estudios y proyectos, estando al Informe Legal Nº 068-2008-CM/MDP opina por la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de seleccion, porque el terreno se ha ubicado en funcion al requerimiento de la entidad. Estando a lo acordado en la Sesion Ordinaria del Concejo Municipal N° 021-2008-MDP del Distrito de MORDAZA, comprension de la provincia de Tayacaja, departamento Huancavelica con las facultades y competencias que se encuentra investido el Despacho de Alcaldia, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; SE ACUERDA : Articulo Primero .- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de un terreno con fines de utilizarse como Centro de Acopio de MORDAZA Nativas en el Distrito de Pazos. Articulo MORDAZA .- ESTABLECER, que el bien inmueble se adquirira de su propietario Betsor MORDAZA MORDAZA, el valor referencial del costo del bien inmueble es por la suma de S/. 21,020.40 nuevos soles, considerando el valor del metro MORDAZA a S/. 3.00 nuevos soles. Articulo Tercero .- DISPONER la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicar a Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, para su conocimiento y fines. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA HUACHOS MORDAZA MORDAZA

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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