Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2009 (14/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400815

de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA OLIVAS, a la MORDAZA MORDAZA - Bolivia, del 17 al 21 de agosto de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 198-2008JUS del 17 de diciembre de 2008, se resuelve acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Vigesimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra el patrimonio - hurto agravado, en perjuicio de la Empresa Bulgaria Sociedad Anonima Sala de Juegos Tragamonedas - New MORDAZA City, y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Bolivia, de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Facsimil (DGL/CJE) Nº 318 del 1 de MORDAZA de 2009, la Embajadora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento a la Oficina Central Nacional - INTERPOL - MORDAZA - Peru, que nuestra Embajada en la Republica de Bolivia ha recibido MORDAZA de la sentencia 146/2009 del 28 de MORDAZA de 2009, por la que se declara procedente la solicitud de extradicion del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en ese sentido se hace necesario el desplazamiento de los funcionarios policiales a la MORDAZA MORDAZA - Bolivia dentro de los plazos legalmente establecidos, para materializar tal entrega; Que, mediante Memorandum Multiple Nº 8132009-DIRGEN-PNP/EMP-OAE del 27 de MORDAZA de 2009, el General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru, aprueba y dispone la formulacion del Proyecto de Resolucion autoritativa de viaje al extranjero en comision del servicio del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA OLIVAS, a la MORDAZA MORDAZA - Bolivia, del 17 al 21 de agosto de 2009, a fin de que ejecuten la extradicion activa del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, requerido por el Vigesimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra el patrimonio - hurto agravado, en perjuicio de la Empresa Bulgaria Sociedad Anonima Sala de Juegos Tragamonedas - New MORDAZA City; Que, mediante Oficio Nº 1868-2009-DIRECFIN-PNPDIVADM del 21 de MORDAZA de 2009, la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, remite el Informe Nº 232-2009-DIRECFIN-PNP-DIVADM-DEPADM.SV del 21 de MORDAZA de 2009, sobre el Proyecto de Liquidacion por Comision del Servicio en el Extranjero del 17 al 21 de agosto de 2009; asimismo, la Unidad de Presupuesto de la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, hace conocer que se ha formulado la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 555-2009DIRECFIN-PNP/EM/UNIPRE del 23 de MORDAZA de 2009, estableciendo que efectuado los calculos, se atendera lo solicitado con la Especifica del Gasto 2.3.21.1.2 Viaticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Dolares Americanos), por comision del servicio a la MORDAZA MORDAZA - Bolivia, del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA OLIVAS, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial MORDAZA mencionada; Que, los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial;

Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autonomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modificatoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29289 Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; la Ley Nº 27238, Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, a propuesta del Director General de la Policia Nacional del Peru, el viaje al exterior en comision del servicio del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA OLIVAS, del 17 al 21 de agosto de 2009, a la MORDAZA MORDAZA - Bolivia, para ejecutar la extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Vigesimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra el patrimonio - hurto agravado, en perjuicio de la Empresa Bulgaria Sociedad Anonima Sala de Juegos Tragamonedas - New MORDAZA City. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

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