Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2009 (14/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de agosto de 2009

de MORDAZA, SERPAR MORDAZA y EMILIMA S.A., para su conocimiento, segun lo establecido en el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 024 ­ Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion. Articulo Decimo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plan MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, siendo esta su competencia segun lo establece el ROF vigente. Articulo Undecimo.- DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de 30 dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Duodecimo.- DISPONER el cumplimiento y notificacion pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Habilitaciones Urbanas 383021-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Crean y reglamentan el Registro Unico de Organizaciones Sociales Juveniles para la participacion en la Sociedad Civil del distrito de San MORDAZA de Miraflores
ORDENANZA N° 000113-2009-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 7 de MORDAZA del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el proyecto de Ordenanza que reglamenta el Registro Unico de Organizaciones Juveniles en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores; y, CONSIDERANDO: Que, el territorio del distrito de San MORDAZA de Miraflores se encuentra dividido en 6 zonas (Pamplona Alta, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Cercado, MORDAZA Auxiliadora, Pampas de San MORDAZA y Panamericana Sur), con una poblacion estimada de 365,000 habitantes donde el 55% de la poblacion esta conformada por jovenes, siendo este el grupo de mayor porcentaje dentro de la poblacion total; Que, ello nos motiva promover la iniciativa de fomentar la participacion juvenil en el desarrollo del distrito a traves de la promocion y gestion de organizaciones juveniles en la sociedad civil; Que, esta participacion de los jovenes en la sociedad civil permitira el crecimiento personal, intelectual y colectivo para dar inicio al desarrollo sostenible local, partiendo de las iniciativas activas de los jovenes en la busqueda de una MORDAZA MORDAZA y comunitaria; Que, por lo cual es necesario que nuestros jovenes tengan los mecanismos necesarios para establecer organizaciones juveniles con buenas bases, una vision dinamica del MORDAZA y asumir la mision de su autentico rol social como jovenes del futuro. Asimismo fomentar la orientacion interfuncional entre los jovenes y la municipalidad permitiendo la generacion de

redes juveniles y una base de datos constantemente actualizados; Que, la Constitucion Politica del Peru, Titulo I De la persona y de la sociedad en el Capitulo I Derechos fundamentales de la persona en su articulo MORDAZA garantizan la presente ordenanza; Que, la Ley del Consejo Nacional de la Juventud - Ley N° 27802 define: Se considera joven a la etapa del ser humano donde se inicia la madurez fisica, psicologica y social con una valoracion y reconocimiento, con un modo de pensar, sentir y actuar; con una propia expresion de MORDAZA, valores y creencias, base de la definitiva construccion de su identidad y personalidad hacia un proyecto de vida. El Estado promueve, fomenta o auspicia, la formacion de asociaciones y organizaciones de jovenes sin discriminacion alguna, cualquiera sea su finalidad siempre que fomente el desarrollo moral, cultural, educativo, social y educativo. Que la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972 en el Titulo V Las competencias y funciones especificas de los gobiernos locales en el Capitulo I Las competencias y funciones especificas generales del articulo 73 materia de competencia municipal del inciso 5) en materia de Participacion Vecinal, nos dice promover, apoyar y reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local; Que mediante Ordenanza Nº 191-MML se creo el Registro Unico de Organizaciones Sociales, para la Participacion Vecinal, como una forma de promover la participacion de estas en la Gestion Municipal, estando comprendida dentro de las organizaciones sociales, las organizaciones Juveniles (Art. 3 num. 3.5.); Que mediante Ordenanza N° 556-MML,se modifico la Ordenanza Nº 191-MML,estableciendo el Registro Unico de Organizaciones Juveniles, como un registro especial, unico y sectorial; Que, estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Articulo 20° de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del cuerpo de Regidores y con dispensa de la lectura y aprobacion del acta aprobo la siguiente Ordenanza: CREAR Y REGLAMENTAR EL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES JUVENILES PARA LA PARTICIPACION EN LA SOCIEDAD CIVIL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES TITULO I EL ALCANCE DE LA ORDENANZA Articulo 1º.- La presente ordenanza crea y reglamenta el Registro Unico de Organizaciones Juveniles (R.U.O.J.) en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores y determina las condiciones y requisitos para el reconocimiento y registro de las Organizaciones juveniles. Articulo 2º.- La presente ordenanza regula el procedimiento de registro e inscripcion de las organizaciones juveniles del Distrito de San MORDAZA de Miraflores. Asimismo promueve la articulacion de las organizaciones juveniles de base y sus redes zonales y distrital que permitan coordinar sus acciones a efecto de promover el desarrollo moral, cultural, educativo, social y economico de la juventud del distrito. TITULO II EN MATERIA DE LAS ORGANIZACIONES JUVENILES Articulo 3º.- Se consideran Organizaciones juveniles a toda forma organizativa de los jovenes que se constituyan libremente para realizar acciones sociales que permitan participar en la gestion del desarrollo del distrito. Las Organizaciones Juveniles son los grupos, clubes, comites, asociaciones y/o organizaciones que se asocian libremente y que se adecuen a las normas y las leyes que las amparan en cualquiera de sus formas. Articulo 4º.- Las Organizaciones Juveniles se catalogan de diversas formas o criterios segun sus

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