Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2009 (14/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES
1. Organizaciones juveniles de base 2. Las Redes Juveniles Zonales. 3. La Red Juvenil Distrital.

400843

agrupaciones, en las cuales atienden a sus a intereses y objetivos comunes. Para fines de la presente ordenanza se clasifican de la siguiente manera: - Asociaciones y/u Organizaciones Culturales, - Asociaciones y/u Organizaciones Estudiantiles - Asociaciones y/u Organizaciones Educativas - Asociaciones y/u Organizaciones Artisticas - Asociaciones y/u Organizaciones de jovenes ambientalistas - Asociaciones y/u Organizaciones de voluntarios - Asociaciones y/u Organizaciones de jovenes empresarios - Asociaciones y/u Organizaciones de jovenes en riesgo social - Asociaciones y/u Organizaciones religiosas - Asociaciones y/u Organizaciones de jovenes deportistas - Asociaciones y/u Organizaciones Politicas. - Redes de Organizaciones Zonales - Redes de Organizaciones Distritales Otras formas de Organizaciones que se constituyan en la jurisdiccion de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores de conformidad con el Articulo 3º. Articulo 5º.- Las Organizaciones Juveniles responden a los procedimientos y normas internas, sin contradecir las disposiciones legales que las afectan. Asimismo se caracterizan por contar con autonomia organizativa, administrativa y economica. Las Organizaciones Juveniles deben ser reconocidas y registradas, para el mejor logro de sus fines, pueden asociarse conformando organizaciones de mayor nivel como, redes zonales y distritales. TITULO III DE LA PARTICIPACION LOCAL DE LAS ORGANIZACIONES JUVENILES Articulo 6º.- Las Organizaciones Juveniles que tengan su Reconocimiento y Registro Municipal, podran ejercer los derechos de participacion ciudadana en los espacios de la sociedad civil de acuerdo a las condiciones y mecanismos previstos por la Constitucion, la Ley de Municipalidad y otros dispositivos legales vigentes sobre la materia. Articulo 7º.- Las Organizaciones Juveniles podran solicitar asesoramiento tecnico, metodologico y normativo a traves de la Sub Gerencia de Participacion Ciudadana y la Sub Gerencia de Educacion, Cultura, Deporte y promocion de la juventud a traves de la Gerencia de Desarrollo Social. Articulo 8º.- Las Organizaciones Juveniles y la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, podran plantear propuestas en la formulacion de actividades, programas y proyectos de desarrollo que permitan atender las necesidades y problemas respecto a la situacion de la juventud en el distrito. Articulo 9º.- Las Organizaciones Juveniles reconocidas y registradas se podran articularse como redes juveniles estableciendo una organizacion de mayor nivel, para el mejor logro de sus fines. Asi su participacion en forma asociada tendra mayor intervencion en los espacios de participacion ciudadana del distrito. TITULO IV EN MATERIA DE LAS REDES JUVENILES Articulo 10º.- Las Redes Juveniles son conjuntos de organizaciones juveniles constituidas con un lineamiento estrategico horizontal que posibilita compartir la informacion, tomar acuerdos y asumir compromisos en conjunto, para la mejor participacion en la MORDAZA politica, social, cultural y economica del gobierno local. Articulo 11º.- Las Redes Juveniles en el distrito de San MORDAZA de Miraflores se articularan en los siguientes niveles:

Articulo 12º.- Las Organizaciones Juveniles de base son aquellas de primer nivel que se constituyen en los Asentamientos Humanos, agrupaciones de vivienda, asociaciones de vivienda, cooperativas de vivienda, sectores, etc. Articulo 13º.- Las Redes Zonales de organizaciones juveniles estan integradas por las organizaciones juveniles de base y sus representantes. Articulo 14º.- La Red Distrital de organizaciones juveniles estan integradas por las redes zonales de organizaciones juveniles y sus representantes. TITULO V DEL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES JUVENILES Articulo 15º.- La Sub Gerencia de Participacion Ciudadana es el organo competente para el procedimiento de Reconocimiento Municipal de las Organizaciones Sociales conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 191-MML y el Texto Unico de Procedimiento Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 16º.- Una vez otorgado el Reconocimiento a la Organizacion Juvenil el expediente sera derivada a la Sub Gerencia de Educacion, Cultura, Deporte y Promocion de la Juventud quien aperturara el REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES JUVENILES (RUOJ); que se encargara del registro de las Organizaciones Juveniles del Distrito de San MORDAZA de Miraflores en una base de datos, conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 556MML. El Reconocimiento y registro otorga personeria Municipal a la Organizacion Juvenil para la gestion y ejercicio de sus derechos y deberes ante el gobierno local. Articulo 17º.- Las Organizaciones Juveniles para obtener su reconocimiento y registro deberan presentar la siguiente documentacion: a) Solicitud dirigida al Alcalde. b) Acta de Fundacion o de Constitucion. c) Estatuto y Acta de su aprobacion. d) Acta de Eleccion del Comite Electoral de ser el caso y de la Junta Directiva. e) Padron de Asociados de la Organizacion Juvenil. f) Nomina de los Integrantes del Consejo Directivo. f) Croquis de ubicacion. g) Recibo de pago por derecho de tramite. Los documentos senalados en los incisos b), c), d) y f) seran presentados en copias autenticadas por el Fedatario Municipal o legalizados por Notario Publico. Articulo 18º.- Las Organizaciones Juveniles podran registrarse siempre que acrediten estar conformadas de la siguiente manera: a) Las Organizaciones Juveniles deben contar con un minimo de 60 dias habiles de funcionamiento anterior a la MORDAZA de una solicitud de Registro. b) Las Organizaciones Juveniles, deberan contar con autonomia organizativa, administrativa y economica y que no forme parte de ningun organo o institucion del Estado, sea este de nivel nacional, regional o local. Articulo 19º.- Que estando las Organizaciones Juveniles comprendidas dentro de la Ordenanza N° 191MML, que crea el Registro Unico de Organizaciones Sociales, los derechos administrativos, los requisitos para su registro y reconocimiento municipal se encuentran establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 20º.- La Gerencia de Desarrollo Social a traves de la Sub gerencia de Educacion. Cultura, deporte

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.