Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2009 (14/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de agosto de 2009

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban relacion de Autoridades Competentes para las Acciones de Fiscalizacion y Control en la Red Vial Departamental, Escala de Infracciones y Sanciones y Procedimiento Administrativo Sancionador para transportistas y conductores que arrojen desmonte y/o basura en bermas y derecho de via de carreteras
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2009-GR.LAMB./CR Chiclayo, 16 de MORDAZA de 2009 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 14 de MORDAZA del 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, es competencia compartida de los Gobiernos Regionales senalada en el Articulo 36°, literal c) de la Ley de Bases de la Descentralizacion concordante con el Articulo 10°, numeral 2, inciso c) de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en MORDAZA con el Articulo 45° de la misma Ley, modificado por Ley N° 27902, el definir normas, dirigir y gestionar sus politicas y ejercer sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales, en cuya relacion se encuentra lo preceptuado por el Articulo 29° A, de la MORDAZA de las leyes citadas, articulo incorporado por la Ley Nº 27902, conforme al cual corresponde a la Gerencia de Infraestructura ejercer las funciones especificas sectoriales en materia de vialidad senaladas en el Articulo 56°, inciso b) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, es decir: Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC se aprueba la Actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, donde se encuentran claramente definidas las carreteras de la Red Vial Nacional, la Red Vial Departamental o Regional y la Red Vial Vecinal o Rural en cada region del MORDAZA, siendo las carreteras de la Red Vial Departamental de competencia del Gobierno Regional de MORDAZA, las mencionadas en la presente Ordenanza Regional siendo las siguientes: Motupe - Marripon - Colaya - Huallabamba; El Lindero - Salas; Chiclayo-Ferrenafe- Batangrande- IncahuasiCongona- Magmapampa- Canaris - Pucara; MorropePozitos- Pte. El Pavo; Illimo- La Saranda; Tucume- Museo; Punto Cuatro- Ferrenafe- MORDAZA Muro; Bodegones- San Jose- Pimentel- MORDAZA Rosa- Monsefu; Via de Evitamiento San Jose; Laran- Monsefu- MORDAZA Eten- Pto. Eten- Reque; Pomalca- Saltur- Pampagrande- Tablazos- Emp. Ruta Chongoyape; Cayalti- Sipan; Patapo- Pucala- MORDAZA Rajada y MORDAZA Mocupe- Lagunas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Gestion de Infraestructura Vial; en la que se establece en su Articulo 1º, Del objeto del presente reglamento, el siguiente: a) Regular las infracciones por danos a la infraestructura vial publica no concesionada y las respectivas sanciones. Que, el Estado Peruano a traves de las diferentes reparticiones publicas tanto del nivel Nacional, Regional y

Local viene desplegando esfuerzos economicos para ejecutar la Rehabilitacion, Mejoramiento y Mantenimiento Vial de las Carreteras de la Red Vial Nacional, Departamental y vecinal, las mismas que cruzan por diferentes centros poblados y zonas de produccion agropecuaria, constituyendose ademas en vias urbanas que integran a las poblaciones e impulsan la actividad economica y social de la region y que en coordinacion con Provias Nacional y las Municipalidades Provinciales y Distritales se vienen tomando acciones para la supervision, control y conservacion de las mismas. Que, en este contexto se viene presentando un problema de proliferacion de acumulacion de desmonte y/o basura en las bermas y derecho de via en las diferentes carreteras de la Region MORDAZA, este sumado al desconocimiento ambiental generalizado y a la irresponsabilidad por parte de los transportistas, choferes y propietarios de bienes inmuebles en construccion, situacion que en la actualidad viene constituyendose en un riesgo inminente y peligrosidad para los pobladores y usuarios de las vias afectadas ya que vienen atentando contra la seguridad y el medio ambiente, generandose en la actualidad un problema de connotacion social y economica. Que, teniendo en cuenta que estos sectores viales representan riesgos o inseguridad vial, se hace necesario tomar medidas para evitar los riesgos de accidentes de MORDAZA y proteger la seguridad y salud de la poblacion, siendo uno de los medios de disuasion la aplicacion de sanciones y multas a los transportistas, choferes, y propietarios de bienes inmuebles en construccion que arrojen desmonte y/o basura en las bermas y derecho de via de las carreteras de la red vial Departamental, que es competencia del Gobierno regional de MORDAZA de conformidad con el Articulo 56° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, MORDAZA si constituye este MORDAZA de eventos faltas a la seguridad publica conforme el Codigo Penal sustantivo, por lo que la Policia Nacional del Peru velara por el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional atendiendo los requerimientos de las autoridades competentes en las diferentes acciones de control. Que, segun lo previsto por el Articulo 38° de la Ley de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales, MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, estando a lo dispuesto por el Articulo 38 º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APRUEBESE la relacion de Autoridades Competentes para las Acciones de Fiscalizacion y Control en la Red Vial Departamental, siendo las siguientes: a) La Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, quienes ejerceran en forma directa la fiscalizacion, a traves de los Inspectores, quienes seran designados mediante resolucion. b) La Policia Nacional del Peru quien brindara el MORDAZA de la fuerza publica a las autoridades competentes en las acciones de fiscalizacion. Articulo Segundo.- APRUEBESE la Escala de Infracciones y Sanciones al que quedaran sometidos los transportistas, propietarios de bienes inmuebles en construccion y conductores de vehiculos utilizados para eliminar desmonte y/o basura en las bermas y derecho de via de las carreteras de la Red Vial Departamental, cuyo texto corre como Anexo (Anexo 01), formando parte integrante de la misma. Articulo Tercero.- APRUEBESE el Procedimiento Administrativo Sancionador que regira para los transportistas y conductores que arrojen desmonte y/o basura en las bermas y derecho de via de las carreteras de la Red Vial Departamental cuyo texto corre como Anexo (Anexo 02), formando parte integrante de la misma. Articulo Cuarto.- DEROGUESE a partir de la entrada en vigencia de la presente la Ordenanza Regional Nº 020-

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