Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2009 (14/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de agosto de 2009

resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 383898-10

Disponen reclasificar temporalmente la jerarquia de tramo de la Ruta Nacional PE - 34 E, de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 574-2009-MTC/01 MORDAZA, 11 de agosto de 2009 VISTOS: Los Oficios Nº 671-2009-GRA/PR y Nº 708-2009GRA/PR del Gobierno Regional de Arequipa; los Informes Nº 404-2009-MTC/14.07 y Nº 439-2009-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos; y, el Memorandum Nº 2601-2009MTC/14 del Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios Nº 671-2009-GRA/PR de fecha 15 de MORDAZA de 2009 y Nº 708-2009-GRA/PR de fecha 06 de agosto de 2009, el Gobierno Regional de MORDAZA solicito la reclasificacion temporal del tramo de la Ruta Nacional PE ­ 34 E en el tramo: Emp. PE-34A (desvio Vizcachane) ­ Vizcachane ­ Pulpera ­ Limite Departamental Arequipa/Cusco, de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, por cuanto tiene programado realizar inversiones para mejorar las caracteristicas del tramo citado, en un plazo estimado de un (01) ano, manifestando que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, mediante Memorandum Nº 2601-2009-MTC/14, de fecha 07 de agosto de 2009, el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles da la conformidad al Informe Nº 439-2009-MTC/14.07, de la Direccion de Caminos, mediante el cual considero procedente la reclasificacion temporal de la jerarquia de la Ruta Nacional PE ­ 34 E en el tramo: Emp. PE-34A (desvio Vizcachane) ­ Vizcachane ­ Pulpera ­ Limite Departamental Arequipa/Cusco, de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignandosele el Codigo Temporal Nº AR-118, solicitada por el Gobierno Regional de Arequipa; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2009MTC, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades

competentes para la aplicacion del referido Reglamento, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado; Que, de conformidad con el numeral 10.2 del articulo 10º del referido Reglamento, se establece que las autoridades competentes podran proponer de comun acuerdo la reclasificacion de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ambito de su jurisdiccion, con el correspondiente sustento tecnico y en concordancia con los criterios del articulos 8º, la cual sera aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carretera (RENAC); Que, asimismo el articulo 9º del citado Reglamento, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) en aplicacion a los criterios establecidos en el articulo 8º del Reglamento considerando para tales efectos la informacion que proporcionen las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6º del referido Reglamento. Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC, se aprobo la actualizacion del Clasificador Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), incorporandose a dicho cuerpo legal el articulo 5-A de la Clasificacion Temporal de Carreteras, a traves del Decreto Supremo N° 026-2009-MTC, estableciendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podra disponer, a peticion de las autoridades competentes previstas en el articulo 6 del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo No. 017-2007-MTC y modificado por Decreto Supremo No. 006-2009-MTC, la reclasificacion temporal de una via, mediante Resolucion Ministerial; y que, para tramitar dicha reclasificacion, la autoridad solicitante debera acreditar ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante los Oficios Nº 671-2009-GRA/PR y Nº 708-2009-GRA/PR, ha senalado que cuenta con la disponibilidad presupuestal para ejecutar obras en la carretera de la Ruta Nacional PE ­ 34 E en el tramo: Emp. PE-34A (desvio Vizcachane) ­ Vizcachane ­ Pulpera ­ Limite Departamental Arequipa/ Cusco; Que, en consecuencia estando a lo solicitado por el Gobierno Regional de MORDAZA y a lo informado por la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles resulta necesario reclasificar la jerarquia de la Ruta Nacional PE ­ 34 E en el tramo: Emp. PE-34A (desvio Vizcachane) ­ Vizcachane ­ Pulpera ­ Limite Departamental Arequipa/ MORDAZA, de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignandosele el Codigo Temporal Nº AR118; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 006-2009-MTC, Nº 0442008-MTC y Nº 026-2009-MTC, asi como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Reclasificar temporalmente la Ruta Nacional PE ­ 34 E en el tramo: Emp. PE-34A (desvio Vizcachane) ­ Vizcachane ­ Pulpera ­ Limite Departamental Arequipa/Cusco, de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignandosele el Codigo Temporal Nº AR-118. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 383244-1

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