Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2009 (30/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

409325

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Embajador del Peru en la Republica Popular de China para desempenarse simultaneamente como Embajador Concurrente del Peru ante la Republica Islamica de Pakistan
RESOLUCION SUPREMA N° 443-2009-RE
MORDAZA, 29 de diciembre de 2009 VISTAS: La Resolucion Suprema N° 199-2009-RE, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Popular de China, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica Harold MORDAZA Forsyth Mejia; y, La Resolucion Ministerial N° 1043-2009-RE, que fijo el 01 de agosto de 2009, como la fecha en que el citado funcionario diplomatico debio asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Popular de China; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Que, con el Memorandum (PRO) Nº PRO0814/2009, de 21 de diciembre de 2009, la Direccion Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, informa que las autoridades paquistanies, han otorgado el beneplacito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica Harold MORDAZA Forsyth MORDAZA, se desempene como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante Republica Islamica de Pakistan, con residencia en la MORDAZA de Pekin, Republica Popular de China;

De conformidad con los articulos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318, y los articulos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; y Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Popular de China, Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica Harold MORDAZA Forsyth MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente del Peru ante la Republica Islamica de Pakistan, con residencia en la MORDAZA de Pekin, Republica Popular de China. Articulo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

440855-7

Dan por terminadas las funciones de Embajador Concurrente del Peru ante Belice
RESOLUCION SUPREMA N° 444-2009-RE
MORDAZA, 29 de diciembre de 2009 VISTAS: La Resolucion Suprema Nº 392-2009-RE, que da por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio

COMUNICADO OFICIAL Nº 11 -2009-CG A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO
Remision a la Contraloria General de la Republica de la Relacion de Nombramientos y Contratos de los Obligados a Presentar Declaracion Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas. La Contraloria General de la Republica, en atencion al Articulo 5º de la Ley Nº 27482 y 10º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 080-2001-PCM; recuerda a los Titulares de cada Pliego Presupuestal, la obligacion de remitir, a traves de cada Direccion General de Administracion de sus entidades, la relacion de nombramientos y contratos de los obligados a la MORDAZA de declaracion jurada de ingresos y de bienes y rentas, asi como la informacion pormenorizada del total de los ingresos que por dichos contratos o nombramientos perciban los mismos. Para efecto de la remision de la citada informacion, debera utilizarse el formato que figura como Anexo Nº 02 de la Directiva Nº 02-2002-CG/AC, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 174-2002-CG, publicada el 12 de septiembre de 2002, el mismo que tambien se encuentra publicado en la Pagina Web de la Contraloria General de la Republica, debiendo tenerse en cuenta que, concluido el ejercicio presupuestal, el plazo para la MORDAZA de la mencionada informacion vence el 31 de enero de cada ano. De otro lado, se precisa que de acuerdo a lo establecido en el literal "b" del Articulo 2° de la Ley N° 27482 y literal "b" del Articulo 3° de su Reglamento, se encuentran obligados a presentar declaracion jurada de ingresos y de bienes y rentas las autoridades y funcionarios de aquellas municipalidades que administren recursos economicos superiores a las 2000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) al ano. Para dicho efecto, se debera tomar como referencia el presupuesto ejecutado (en su fase de devengado) al 31 de diciembre del ejercicio presupuestal 2009. Las citadas municipalidades, deberan cumplir igualmente con la MORDAZA de su respectiva relacion de nombramientos y contratos conforme a lo indicado en el presente comunicado. MORDAZA MORDAZA, 28 de diciembre de 2009 SECRETARIA GENERAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 440132-1

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