Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2009 (30/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
VISTO:

409319

VISTO: El Informe N°07-2009-AG-SENASA-DSV-SMFPF, del 11 de diciembre de 2009, presentado por la Subdireccion de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios, el cual sustenta los argumentos para declarar 20,000 hectareas agricolas de la Region MORDAZA como Area Erradicada de Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata). CONSIDERANDO: Que, una de las limitantes indispensables para lograr el acceso de las plantas y productos vegetales a los mercados internacionales es la presencia de plagas en las areas en donde se producen dichos productos; Que, el Establecimiento y Mantenimiento de Areas Libres de Plagas permite que las plantas y productos vegetales que se producen en Areas Libres se movilicen y comercialicen a nivel internacional sin necesidad de aplicar medidas fitosanitarias adicionales, como, por ejemplo, tratamientos cuarentenarios; Que, en 1998 el Peru inicio la ejecucion del proyecto de control y erradicacion de moscas de la fruta en las regiones de Tacna y MORDAZA a traves del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria ­ PRODESA; cuyo resultado actual es la erradicacion y declaratoria de Area Libre de la plaga en dichas regiones, mediante la Resolucion Directoral Nº 051-2007-AG-SENASA-DSV, y su reconocimiento por parte de la Secretaria de la Comunidad MORDAZA en su Gaceta Oficial, a traves de la Resolucion 1173, del 4 de MORDAZA de 2008. Que el 21 de diciembre de 2005, mediante prestamo de endeudamiento de la Republica del Peru con el BID, se financian US$ 15 millones de dolares para el proyecto "Control y Erradicacion de Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata) en la costa peruana" cuyo proposito es la erradicacion de la plaga y obtener y mantener Areas Libres de moscas de la fruta en los valles de la costa peruana. Que, a la fecha se ha logrado erradicar 20,000 hectareas agricolas de la Region MORDAZA como Area Erradicada de Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata). Que, en virtud al articulo 7º de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1059, compete a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria declarar Zonas Libres o de Baja Prevalencia de plagas y enfermedades, y realizar las gestiones necesarias para su reconocimiento ante los organismos internacionales competentes; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1059, Decreto Supremo Nº 018-2008-AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar 20,000 hectareas agricolas de la region MORDAZA como Area Erradicada de Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata). Articulo 2º.- La Direccion Ejecutiva del SENASA en la cual se ha alcanzado la erradicacion en las areas agricolas de la especie Ceratitis capitata - Mosca de la Fruta, implementara las acciones complementarias necesarias para mantener tal condicion y al mismo tiempo consolidara las acciones de cuarentena vegetal, a fin de evitar la reinfestacion de la plaga en el area erradicada. Articulo 3º.- Invocar el apoyo, compromiso y participacion de todos los agentes involucrados en la erradicacion de mosca de la fruta en el Peru, a fin de lograr su proxima Declaracion y Reconocimiento de Areas Libres de la plaga. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

El Informe N°07-2009-AG-SENASA-DSV-SMFPF, del 11 de diciembre de 2009, presentado por la Subdireccion de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios, el cual sustenta entre otros los argumentos para declarar 119, 597 hectareas agricolas de la Region MORDAZA, 6,582 hectareas agricolas en Palpa y 20,777 hectareas agricolas en Nazca de la Region Ica, como Areas Erradicadas de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata y Anastrepha spp.); CONSIDERANDO: Que, una de las limitantes indispensables para lograr el acceso de las plantas y productos vegetales a los mercados internacionales es la presencia de plagas en las areas en donde se producen dichos productos; Que, el Establecimiento y Mantenimiento de Areas Libres de Plagas permite que las plantas y productos vegetales que se producen en areas libres se movilicen y comercialicen a nivel internacional sin necesidad de aplicar medidas fitosanitarias adicionales, como, por ejemplo, tratamientos; Que, en 1998 el Peru inicio la ejecucion del proyecto de control y erradicacion de moscas de la fruta en las regiones de Tacna y MORDAZA a traves del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria ­ PRODESA; cuyo resultado actual es la erradicacion de la plaga y la declaratoria del Area Libre de la plaga en dichas regiones, mediante la Resolucion Directoral Nº 051-2007-AG-SENASA-DSV, y su reconocimiento por parte de la Secretaria de la Comunidad MORDAZA en su Gaceta Oficial, a traves de la Resolucion 1173, del 4 de MORDAZA de 2008; Que el 21 de diciembre de 2005, mediante prestamo de endeudamiento de la Republica del Peru con el BID, se financian US$ 15 millones de dolares para el proyecto "Control y Erradicacion de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata) en la costa peruana" cuyo proposito es la erradicacion de la plaga y obtener y mantener areas libres de moscas de la fruta en los valles de la costa peruana; Que, a la fecha se ha logrado erradicar 119, 597 hectareas agricolas de la Region MORDAZA, 6,582 hectareas agricolas en Palpa y 20,777 hectareas agricolas en Nazca de la Region Ica, como Areas Erradicadas de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata y Anastrepha spp.); Que, en virtud al articulo 7º de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1059, compete a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria declarar Zonas Libres o de Baja Prevalencia de plagas y enfermedades y realizar las gestiones necesarias para su reconocimiento ante los organismos internacionales competentes; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1059, Decreto Supremo Nº 018-2008-AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar 119,597 hectareas agricolas de la Region MORDAZA, 6,582 hectareas agricolas en Palpa y 20,777 hectareas agricolas en Nazca de la Region Ica, como Areas Erradicadas de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata y Anastrepha spp.). Articulo 2º.- Las Direcciones Ejecutivas del SENASA en las cuales se ha alcanzado la erradicacion de Moscas de la Fruta en las areas agricolas, implementaran las acciones complementarias necesarias para mantener tal condicion y al mismo tiempo consolidaran las acciones de cuarentena vegetal, a fin de evitar la reinfestacion de la plaga en el area erradicada. Articulo 3º.- Invocar el apoyo, compromiso y participacion de todos los agentes involucrados en la erradicacion de moscas de la fruta en el Peru, a fin de lograr su proxima Declaracion y Reconocimiento de Areas Libres de la plaga. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

440016-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 68-2009-AG-SENASA-DSV
La MORDAZA, 21 de diciembre de 2009

440019-1

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