Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2009 (30/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
SECTOR PUBLICO

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en la region, con la participacion de entidades publicas y privadas". - Que, mediante Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal se promueve el desarrollo del artesano y de la artesania en sus diversas modalidades, integrandolos al desarrollo economico del pais; facilitar el acceso del artesano al financiamiento privado; mejorar sus condiciones de productividad, competitividad, rentabilidad y gestion en el mercado; fomentar la formacion de artesanos y la divulgacion de sus tecnicas, desarrollando sus aptitudes o habilidades; y recuperar y promover las manifestaciones y valores culturales, historicos y la identidad nacional, con el fin de hacer de la actividad artesanal un sector descentralizado, economicamente viable y generador de empleo sostenible. En el Titulo II que comprende desde el articulo 14º al 28º se establecen los lineamientos y mecanismos de promocion, comercializacion, acceso al MORDAZA y sistema de informacion de la actividad artesanal. Y en el articulo 24º, se senala que "El Estado reconoce a la artesania como un recurso turistico incorporable en todos los productos turisticos del Peru. Para tal efecto, las distintas entidades publicas en los ambitos nacional, regional y local incorporan el componente artesania en la normativa del sector turismo, en los programas, proyectos de desarrollo y de promocion de productos turisticos"; - Que los lineamientos estrategicos de promocion de la actividad artesanal de acuerdo a la Ley 29073- Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal entre otras es: promover el crecimiento, desarrollo integral y reconocimiento del artesano y de la actividad artesanal impulsando la inversion privada y el acceso al MORDAZA interno y externo; promover y preservar los valores culturales, historicos y de identificacion nacional; - Que, en merito a la Ley 29073 Ley del artesano y del desarrollo de la actividad artesanal, es necesario crear una organizacion de MORDAZA jerarquia de ambito regional que permita desarrollar las ventajas comparativas y competitivas existentes, las cuales permitan a la Region MORDAZA convertirse en la region lider y referente del desarrollo integral y sostenible del turismo y la artesania en la macro region norte del pais; - Que, por Acuerdo de Consejo Regional Nº 089-2007GR.CAJ-CR de fecha 20 de Noviembre del ano 2007, el Pleno del Consejo Regional aprobo la Agenda Regional para el Desarrollo Economico de la Region MORDAZA, en la que el Turismo constituye un sector que tiene gran importancia para el desarrollo economico regional, por lo que el Gobierno Regional de MORDAZA ha decidido priorizarlo con la finalidad de dinamizar la economia, generar empleo productivo, y reducir la pobreza en la region; - Que, mediante Dictamen Nº 001-2009-GR.CAJCR/CODE-COP, evacuado por las Comisiones Ordinarias Desarrollo Economico y Planeamiento, emiten opinion favorable por aprobar el Proyecto de Ordenanza Regional propuesto por Gerente Regional de Desarrollo Economico, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referente a la Creacion del Consejo Regional de Fomento Artesanal da MORDAZA COREFARC; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 04 de diciembre del ano 2009; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el MORDAZA unanime el Pleno aprobo la siguiente:

- Gerencia Regional de Desarrollo Economico - Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de MORDAZA - Direccion Regional de Educacion de MORDAZA - Direccion Regional de Produccion de MORDAZA - Instituto Regional de Cultura - MORDAZA - Municipalidad Provincial de MORDAZA - Municipalidad Provincial de Hualgayoc SECTOR PRIVADO - Empresa Artes - Colibri. - Asociacion de Artesanos La ColIpa - Porcon Alto - Asociacion de Ceramistas Caxamarca - Asociacion de Artesanas Savine Vess - Asociacion de Artesanas MORDAZA San MORDAZA - Asociacion de Artesanos AWA QUQ MAKIKUNA - CEFOP Nº 11 MORDAZA - EPROCOAR - Camara de Comercio y Produccion Se aclara que la composicion y funciones son establecidas por Resolucion Ejecutiva Regional y que los cargos son ad honoren. Tercero.- El Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFARC) permitira la incorporacion gradual de otras entidades del sector publico y privado, artesanos distinguidos, asi como profesionales especializados y con experiencia que tengan vinculacion directa o indirecta con la actividad artesanal, para evaluar y considerar asuntos especificos, debiendo formalizarse su incorporacion con resolucion Ejecutiva Regional. Cuarto.- El Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFARC) se encargara de promover la coordinacion oportuna y eficaz con el sector publico y privado para el establecimiento de medidas conducentes al cumplimiento de los lineamientos y mecanismos de promocion y desarrollo artesanal, de acuerdo a sus correspondientes ambitos de competencia. Quinto.- El Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFARC) estara presidido por el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA y/o su representante, y el Vicepresidente sera un representante del sector privado. Sexto.- El Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFARC) contara con una Secretaria Tecnica, la misma que estara a cargo del Director Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo de MORDAZA, quien debera asesorar y prestar el servicio administrativo al Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFARC). Setimo.- El Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFARC), elaborara su Reglamento que rija su organizacion y funciones, estableciendo en el mismo su Consejo Directivo y una Secretaria Tecnica. Octavo.- Dejar sin efecto toda MORDAZA de menor jerarquia que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Noveno.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los cuatro dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA SALIRROSAS Presidente Regional

ORDENANZA REGIONAL
Primero (OBJETIVO).- CREAR el Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFARC), como organo de coordinacion entre el sector publico y privado, como una instancia coordinadora para la concertacion y promocion de propuestas, proyectos y estudios, asi como el establecimiento de politicas y formulacion de planes integrales de desarrollo de la artesania de la Region Cajamarca. MORDAZA (CONFORMACION).- El Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA (COREFARC) estara conformado por el sector publico, privado y los representantes de los artesanos elegidos entre las asociaciones de artesanos formalmente constituidas y registradas en el Registro Nacional del Artesano.

439590-1

Amplian plazo para la conclusion de la construccion del Plan de Desarrollo Regional Concertado - MORDAZA 2021, a que se refiere la Ordenanza Nº 0072009-GRCAJ-CR
ORDENANZA REGIONAL Nº 012 -2009-GRCAJ-CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA

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