Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2009 (30/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
a. Barrido y limpieza de Calles:

409401

que realicen el pago de todo el ano, hasta el 31 de Marzo del 2010. - 40% de descuento de sus Arbitrios 2010, a quienes al 31 de Diciembre del 2009, no registren deudas vencidas por Impuesto Predial y Arbitrios, siempre que realicen el pago de todo el ano, hasta el 31 de Marzo del 2010. - 30% de descuento de sus Arbitrios 2010, a quienes al 31 de Enero del 2010, no registren deudas vencidas por Impuesto Predial y Arbitrios, siempre que realicen el pago de todo el ano, de los Arbitrios Municipales 2010, hasta el 31 de Marzo del 2010. - 20% de descuento de sus Arbitrios 2010, a quienes al 26 de Febrero, no registren deudas vencidas por Impuesto Predial y Arbitrios, siempre que realicen el pago de todo el ano, de los Arbitrios Municipales 2010, hasta el 31 de Marzo del 2010. - 10% de descuento de sus cuotas, a quienes realicen el pago por adelantado de una o mas cuotas. Articulo 9º.- EXONERACIONES GENERICAS Las exoneraciones genericas de tributos otorgados o que se otorguen por disposicion legal u Ordenanza no comprende a los arbitrios regulados por la presente Ordenanza. El otorgamiento de exoneraciones debe ser expreso.

- Se distribuye el costo total por segmentos de predios y/o unidades catastrales, organizados en funcion al beneficio real y/o potencial recibido por el servicio de barrido y limpieza de vias, y - El costo asignado a cada segmento se divide entre la cantidad de metros lineales, determinandose el Monto Unitario por metro lineal del frente del predio. De acuerdo a las categorias establecidas por el nivel de beneficio recibido:

TABLA 1 MONTO UNITARIO MENSUAL PARA LA DETERMINACION DEL ARBITRIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VIAS 2010
MONTO UNITARIO MENSUAL Metro Lineal del Frente del Predio 1,86 0,93 0,40

CATEGORIA B2 B1 I

FRECUENCIA DEL SERVICIO Barrido dos veces al dia Barrido una vez al dia Barrido interdiario

CAPITULO II DETERMINACION Y PAGO DE LOS ARBITRIOS
Articulo 10°.PRINCIPIOS PARA LA DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS El monto de los arbitrios municipales se determina distribuyendo el costo total del servicio correspondiente entre todos los predios y/o unidades catastrales, teniendo en consideracion los principios siguientes: a. Determinacion y asignacion del costo total por segmento o categoria de usuarios. b. Determinacion de los arbitrios, mediante la distribucion del costo asignado a cada segmento o categoria y entre los predios o unidades catastrales que comprende, de manera tal que se refleje en cada uno de ellos el beneficio obtenido o la demanda real o potencial del servicio publico municipal. c. Aplicacion del caracter general de los arbitrios, teniendo en consideracion que el servicio prestado se pone a disposicion de la generalidad de los vecinos. Articulo 11°.- BASE IMPONIBLE La base imponible de los Arbitrios esta constituida por el costo total del servicio publico correspondiente, y modulados en funcion a la intensidad del uso del servicio. Articulo 12°.DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS El monto anual de los Arbitrios Municipales se determina distribuyendo el costo total del servicio entre los predios y/ o unidades catastrales, aplicando los criterios establecidos en los articulos 14º, 15º y 16º de la presente Ordenanza. Articulo 13°.- FORMA DE PAGO Los Arbitrios Municipales 2010 se pagaran segun el siguiente cronograma: Enero y Febrero Marzo y MORDAZA MORDAZA y Junio MORDAZA y Agosto Septiembre y Octubre Noviembre y Diciembre 31 de Marzo del 2010. 30 de MORDAZA del 2010. 30 de Junio del 2010. 31 de Agosto del 2010. 29 de Octubre del 2010. 30 de Diciembre del 2010.

b. Recojo domiciliario de residuos solidos: El costo del servicio se distribuye en la forma siguiente: El costo total se distribuye por segmentos de predios y/o unidades catastrales, organizados en funcion al beneficio real y/o potencial recibido por el servicio de recojo domiciliario de residuos solidos. El costo asignado a cada segmento o grupo de predios y/o unidades catastrales organizados, se divide entre la cantidad total de metros cuadrados construidos que tengan los predios pertenecientes al mismo, obteniendose el Monto Unitario Anual por metro MORDAZA construido del predio. b.1. Para uso MORDAZA - Habitacion: - El costo asignado al segmento de Casa-Habitacion, se distribuye entre los predios y/o unidades catastrales, teniendo en consideracion la poblacion de la MORDAZA de Huaral, con la produccion per capita de residuos solidos y el nivel del servicio prestado expresado en frecuencia y modalidad de la prestacion. - Para el uso de Casa-Habitacion el tamano del predio y/o Unidad catastral, en metros cuadrados de construccion, se utilizara como criterio preponderante.

TABLA 2 MONTO UNITARIO PARA EL CALCULO DEL ARBITRIO POR RECOLECCION DOMICILIARIA DE RESIDUOS SOLIDOS PARA PREDIOS Y/O UNIDADES CATASTRALES: MORDAZA HABITACION 2010
Monto Unitario Mensual por m2 construccion 0,032 0,028 0,014 0,005 0,000

Categoria 7 6 3 1 0

Descripcion Frecuencia de siete dias a la semana Frecuencia de seis dias a la semana Frecuencia de tres dias a la semana Frecuencia de un dia a la semana Sin servicio

b.2. Para los predios destinados a industria, comercio y servicios y otros usos: - El uso del predio y/o unidad catastral sera el criterio preponderante; como indicador por su actividad de mayor o menor generacion de residuos. - El tamano del predio y/o unidad catastral, en funcion al metro MORDAZA construido se utilizara como criterio diferencial.

Articulo 14º.- DISTRIBUCION DEL COSTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA Y CALCULO DEL ARBITRIO El costo de los servicios de Barrido de Calles y de Recojo Domiciliario de Residuos Solidos que corresponde a cada predio y/o unidad catastral, se obtiene aplicando los criterios y tablas siguientes:

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