Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2010 (28/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

416308

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de marzo de 2010

aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico, un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, la Ley No. 28404, Ley de Seguridad de la Aviacion Civil, establece que la Direccion General de Aeronautica Civil esta facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviacion y es responsable de la elaboracion, puesta en ejecucion, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviacion Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, en su articulo 14 establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley, son competentes segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del Inspector de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil designado mediante el Informe No. 126-2010-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley No. 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica de vigilancia a que se contrae la Orden de Inspeccion No. 450-2010-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 01 de marzo de 2010, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion emitio la Certificacion del Credito Presupuestario No. 01375-2010, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley No. 29465, la Ley No. 27619 y el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de inspeccion tecnica de vigilancia del senor MORDAZA MORDAZA Chahud La MORDAZA, Inspector

de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara desde el 11 al 15 de MORDAZA de 2010, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 126-2010-MTC/12.04, y No. 086-2010-MTC/12.04. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario de su retorno al MORDAZA, el mencionado inspector debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, debera presentar dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 11 AL 15 DE MORDAZA DE 2010 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 086-2010-MTC/12.04 Y Nº 126-2010-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº VIATICOS (US$) TUUA (US$)

INICIO

FIN

SOLICITANTE

INSPECTOR

MORDAZA

MORDAZA

DETALLE Inspeccion tecnica de estacion de las empresas Taca Peru, Lan Peru S.A. y Cielos del Peru, como parte del plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales.

US$ 1,100.00 450-2010-MTC/12.04 11-May 15-May US$ 31.00

MTC

Chahud La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

Miami

EUA

474354-9

Amplian autorizacion otorgada a Farenet S.A.C. mediante R.D. Nº 1580-2009MTC/15 para realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos pesados
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 415-2010-MTC/15 MORDAZA, 10 de febrero de 2010 VISTOS: Los Partes Diarios de registros Nº 180480, 006431, 013924, 014879, 015441, 017581 y el expediente de registro Nº 2010-0002112, la empresa FARENET S.A.C. solicita modificar su autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular, adicionando una (01)

linea de inspeccion MORDAZA pesado, en el local ubicado en la Av. MORDAZA Nº 1749, Callao, y poder verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1580-2009MTC/15 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de MORDAZA del 2009, se amplio la autorizacion a la empresa FARENET S.A.C. para realizar inspecciones tecnicas a vehiculos pesados y livianos, empleando una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, ubicada en la Av. MORDAZA Nº 1749, Callao, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 0252008-MTC;

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