Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2010 (28/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

416309

Que, de acuerdo al Informe Nº 198-2010-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los documentos indicados en Vistos, cumplen con lo establecido en el referido Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la autorizacion otorgada a la empresa FARENET S.A.C., mediante Resolucion Directoral Nº 1580-2009-MTC/15, para realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos pesados, empleando para ello una (01) linea de inspeccion MORDAZA pesado adicional a la linea de inspeccion MORDAZA mixta, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC. Articulo 2º.- Dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la empresa FARENET S.A.C. debera presentar el Certificado de Homologacion de Equipos y la MORDAZA de Calibracion de equipos correspondientes emitidos todos ellos por la Entidad Supervisora o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies - IFIA. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, quedando el costo de esta publicacion a cargo de la empresa autorizada. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 471844-1

Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como, verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, del analisis de los documentos presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular y operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; Que, de acuerdo al Informe Nº 184-2010-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los documentos indicados en Vistos, cumplen con lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobado por D.S. Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa FARENET S.A.C. a operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta y poder realizar inspecciones a vehiculos de MORDAZA liviano y pesado de acuerdo a la normativa vigente a fin de verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que estos deben cumplir, en aplicacion de lo dispuesto por las normas legales vigentes. De conformidad con la Ley 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa FARENET S.A.C., como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular para operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, en el local ubicado en la MORDAZA de Ica. Articulo 2º.- La empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo 3º.- Es responsabilidad de la empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por D.S. Nº 025-2008MTC durante la vigencia de la autorizacion. En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Fecha MORDAZA de MORDAZA

Autorizan a Farenet S.A.C. como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular en local ubicado en la MORDAZA de Ica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 467-2010-MTC/15 MORDAZA, 15 de febrero de 2010 VISTOS: Los Partes Diarios de registros Nºs. 177003, 188139, 005666, 008051, 017035 y 017579, la empresa FARENET S.A.C., solicita autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular para operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, en el local ubicado en la MORDAZA de Ica, y poder verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos livianos y pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley

Primera renovacion o contratacion de nueva poliza 28 de Octubre del 2010 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 28 de Octubre del 2011

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