Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2010 (28/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de marzo de 2010

28008, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF y otras normas aplicables. X. REGISTROS

de "SISTEMA ANTICIPADO DE DESPACHO ADUANERO DE IMPORTACION PARA EL CONSUMO" INTA-PE.01.17 (version 4). Registrese, comuniquese y publiquese.

- Relacion de declaraciones numeradas sujetas a despacho anticipado, incluye MORDAZA de seleccion. Codigo: RC-01-INTA-PE.01.17-A MORDAZA de Almacenamiento: Electronico Tiempo de Conservacion: Permanente Ubicacion: SIGAD Responsable: Intendencia de Aduana Operativa - Relacion de declaraciones con incidencia tributaria. Codigo: RC-02-INTA-PE.01.17-A MORDAZA de Almacenamiento: Electronico Tiempo de Conservacion: Permanente Ubicacion: SIGAD Responsable: Intendencia de Aduana Operativa - Relacion de declaraciones segun MORDAZA de control, con fecha y hora de ingreso al Punto de Llegada y fecha y hora de levante. Codigo: RC-03-INTA-PE.01.17-A MORDAZA de Almacenamiento: Electronico Tiempo de Conservacion: Permanente Ubicacion: SIGAD Responsable: Intendencia de Aduana Operativa XI. ANEXOS Publicados en el MORDAZA web de la SUNAT (www.sunat. gob.pe.) Anexo 1: Distribucion de los formatos declaracion Anexo 2: Solicitud de "Autorizacion Especial de MORDAZA Primaria" Anexo 3: Acta de constatacion ­ local del importador Anexo 4: Acta de constatacion ­ medidas de seguridad Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia conforme a lo dispuesto por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 10-2009-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 319-2009-EF y por lo senalado en el Decreto Supremo Nº 096-2010-EF. Articulo 3º.- Dejase sin efecto el procedimiento de "SISTEMA ANTICIPADO DE DESPACHO ADUANERO DE IMPORTACION PARA EL CONSUMO" INTAPE.01.17 (version 4) aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 4162009/SUNAT/A de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 096-2010-EF. Articulo 4º.- Suspendase la aplicacion de las Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nros. 614-2009, 627-2009, 2-2010, 3-2010 y su modificatoria 43-2010, 38-2010, 41-2010, 42-2010, 44-2010, 45-2010, 50-2010, 51-2010, 52-2010, 61-2010, 62-2010, 63-2010, 64-2010, 66-2010, 67-2010, 71-2010, 90-2010, en las Intendencias de Aduanas Maritima del Callao, Aerea del Callao, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Iquitos, Postal del Callao, Pucallpa, Puerto MORDAZA, MORDAZA, Tacna, Tarapoto, Tumbes y la Agencia Aduanera La MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 096-2010-EF. Articulo 5º.- Suspendase la aplicacion de la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 615-2009 en las intendencias de aduanas senaladas en el articulo anterior, excepto para el procedimiento aprobado con la presente resolucion, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 096-2010-EF. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Las declaraciones de despacho anticipado numeradas con anterioridad a la vigencia del presente procedimiento, culminaran su tramite con el procedimiento

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 474356-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Rectifican area de predio y aclaran la Res. Nº 087-2009/SBN-GO-JAR que dispuso su inscripcion a favor del Estado
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 055-2010/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 19 de marzo de 2010 Visto el Expediente N° 064-2009/SBN-JAR, relacionado al predio de 126 937,50 m², ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Piura; y CONSIDERANDO: Que, el predio del Estado de 126 937,50 m² ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento MORDAZA que fuera afectado en uso a favor del Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aerea del Peru, para que sea usado para fines de defensa nacional, en merito a la Resolucion Directoral Nº 044-91-VC-6100 de fecha 27 de junio de 1991, se inscribio en la Ficha Nº 8118 del Registro de Predios de Piura; Que, mediante Resolucion Nº 087-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 29 de MORDAZA de 2009, se dispuso la inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 126 937,50 m², porque de la revision de los antecedentes administrativos y dominales, se advierte que el predio sub materia no cuenta con un titular registral; Que, el Registrador Publico a cargo de la calificacion del Titulo Nº 2009-00022109 del 08 de MORDAZA de 2009 con el cual se solicito la inscripcion de dominio del pedio que nos ocupa, en merito a la Resolucion Nº 087-2009/SBNGO-JAR, requirio se presenten los planos sustentatorios de la misma, por tratarse de una inscripcion en primera de dominio; Que, realizado el trabajo de gabinete empleando modernos sistemas de medicion, se ha determinado que el area real del inmueble es de 123 864,09 m², lo cual discrepa con el area registral de 126 937,50 m², sin alterar sus medidas perimetricas; Que, en tal sentido es procedente efectuar la rectificacion del area del predio de 126 937,50 m² de propiedad del Estado, por el area real del mismo, con arreglo a lo establecido en el numeral 4) de la Octava Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; Que, con el fin de levantar la observacion registral es pertinente que se aclare que el area materia de inscripcion de dominio es de 123 864,09 m², y que los documentos tecnicos sustentatorios son los mismos que sustentan la rectificacion de area; Que, los incisos k), m) y s) del Articulo 39° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a ejecutar y supervisar, cuando sea el

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