Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2010 (28/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

416321

Rectifican y aclaran RR.MM. Nº 79386 y 794-87-ED referentes a inmuebles declarados como Monumentos
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 596/INC MORDAZA, 19 de marzo de 2010 Visto el Informe Nº 032-2010-MERF-SDR-DPHCR/ INC; y, CONSIDERANDO: Que, se trata de la declaracion de Monumento mediante Resolucion Ministerial Nº 793-86-ED de fecha 30 de diciembre de 1986, del inmueble signado como Av. Grau Nº 292 al 298-A, esquina Av. MORDAZA MORDAZA Nº 102-104/ "Fincas Bischoffshausen"/ y mediante Resolucion Ministerial Nº 794-87-ED de fecha 17 de noviembre de 1987, el inmueble signado como MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 106-108-112-114, ambos ubicados en el distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, e integrantes de la MORDAZA Monumental de Barranco, declarada mediante Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, mediante el documento del visto, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano senala que de acuerdo a la Partida Registral Nº 07079250 de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos SUNARP, los inmuebles declarados forman parte de un inmueble matriz que le corresponde la direccion Av. Grau Nº 294, 296, 298, 298-A, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 102, 104, 106, 108, 110, 112, 114, 116, 118, 120, 122, 124 y Av. Bolognesi Nº 281, 283, 285, 287, 289 y 291, distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, donde fueron construidas las "Fincas Bischoffshausen"; Que, con Memorando Nº 447-2010 INC/DDPH de fecha 24 de febrero de 2010, la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico identifica nueve partidas registrales de independizacion vinculadas al inmueble matriz: partida Nº 11059180, Nº 49073457, Nº 46752732, Nº 46752724, Nº 47166306, Nº 47166292, Nº 47166284, Nº 42228184 y Nº 42215996; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo 201º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Prelimar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano y de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion. SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECTIFICAR la Resolucion Ministerial Nº 793-86-ED de fecha 30 de diciembre de 1986,

en el extremo referido a la direccion del inmueble declarado Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nacion, ubicado en el distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, conforme a la Partida Registral Nº 07079250 de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos SUNARP, como a continuacion se indica: · Dice: Av. Grau Nº 292 al 298-A, esquina Av. MORDAZA MORDAZA Nº 102-104 / "Fincas Bischoffshausen"/; Debe decir: Av. Grau Nº 294, 296, 298, 298-A, MORDAZA MORDAZA MORDAZA N 102, 104, 106, 108, 110, 112, 114, 116, 118, 120, 122, 124 y Av. Bolognesi Nº 281, 283, 285, 287, 289 y 291. Articulo Segundo.- Aclarar que la declaracion como Monumento del inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 106-108-112-114 mediante la Resolucion Ministerial Nº 794-87-ED de fecha 17 de noviembre de 1987, se encuentra inmersa en la primera declaracion hecha mediante Resolucion Ministerial Nº 793-86-ED de fecha 30 de diciembre de 1986, la misma que es rectificada con la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura, la inscripcion en los Registros Publicos de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del inmueble tanto en la partida matriz Nº 07079250, asi como en las partidas producto de la independizacion Nros. 1105180, 49073457, 46752732, 46752724, 47166306, 47166292, 47166284, 42228184 y 42215996. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 473786-10

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de Intendencia Regional MORDAZA
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA N° 050-024-0000331 MORDAZA, 22 de marzo del 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT faculta a los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de su competencia; Que, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la Seccion Cobranza de la Division de Control de la Deuda y Cobranza de la Intendencia Regional MORDAZA resulta necesario designar MORDAZA personal en calidad de Auxiliar Coactivo y dejar sin efecto la designacion del personal que desempenara funciones distintas a las de cobranza coactiva; Que, el articulo 114° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Oficina de Politicas de Personal ha confirmado el cumplimiento de los mencionados requisitos por parte de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Campos; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que

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