Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2010 (02/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
tercero ajeno a la relacion de consumo, salvo que se trate de un domicilio contractualmente acordado o que el deudor MORDAZA senalado un MORDAZA domicilio valido. Cualquier otra modalidad analoga a lo senalado anteriormente. TITULO IV i.

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2010

h.

j. LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR EN PRODUCTOS O SERVICIOS ESPECIFICOS Capitulo I Servicios publicos regulados Articulo 63º.- Regulacion de los servicios publicos La proteccion al usuario de los servicios publicos regulados por los organismos reguladores a que hace referencia la Ley num. 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, se rige por las disposiciones del presente Codigo en lo que resulte pertinente y por la regulacion sectorial correspondiente. La regulacion sectorial desarrolla en sus normas reglamentarias los principios de proteccion establecidos en el presente Codigo. El ente encargado de velar por su cumplimiento es el organismo regulador respectivo. Para los efectos del cumplimiento de la finalidad senalada, el organismo regulador debe, entre otros, efectuar la permanente fiscalizacion de la medicion del servicio, de las condiciones de facturacion, y desarrollar sus facultades de sancion, cuando corresponda. Articulo 64º.- Principios generales aplicables a los procedimientos de reclamaciones en materia de servicios publicos regulados 64.1 En la tramitacion de los procedimientos de reclamaciones interpuestas por los usuarios de los servicios publicos regulados, rigen los siguientes principios: a. MORDAZA de celeridad: Las reclamaciones de los usuarios deben ser atendidas y solucionadas sin exceder el plazo fijado para las mismas. En caso de que el reclamo no sea resuelto por el proveedor dentro del plazo fijado, se aplica el silencio administrativo positivo y se da la razon al reclamante. b. MORDAZA de concentracion procesal: Las reclamaciones de los usuarios deben ser atendidas y solucionadas tendiendo a una reduccion de los actos procesales, sin afectar el derecho al debido procedimiento. c. MORDAZA de simplicidad: Los procedimientos de reclamaciones de usuarios deben ser atendidos y solucionados con las formalidades minimas siempre que aseguren la adecuada proteccion a los derechos del usuario. d. MORDAZA de transparencia: Las reclamaciones de los usuarios deben ser atendidas y solucionadas, garantizando el acceso de estos al expediente y a la informacion sobre el procedimiento, en cualquier etapa de las mismas, con las restricciones que establezca la Ley. e. MORDAZA de no discriminacion: En los procedimientos de reclamaciones, no se discrimina entre los usuarios de servicios de naturaleza equivalente. f. MORDAZA de responsabilidad: Los organos competentes a cargo de la tramitacion de las reclamaciones presentadas por los usuarios son responsables de los actos procesales que ejecuten. g. MORDAZA de gratuidad: La interposicion de reclamaciones de los usuarios de servicios publicos es gratuita. h. MORDAZA de presuncion de veracidad: Se presume que, en la interposicion de sus reclamaciones, los usuarios expresan la verdad sobre su identidad y condicion de usuario del servicio, sin perjuicio de las verificaciones posteriores pertinentes. k.

MORDAZA de eliminacion de exigencias costosas: No se exige la MORDAZA de documentos que contengan informacion que la propia entidad que los solicita posea o deba poseer por haber sido generada en cumplimiento de sus funciones. MORDAZA de subsanacion: En los procedimientos de reclamaciones de usuarios, los organos establecidos para atender las mismas, que adviertan errores u omisiones en el procedimiento, deben encausarlos de oficio. MORDAZA de buena fe en los procedimientos: Las partes intervinientes en un procedimiento de reclamacion realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboracion y la buena fe. Ninguna actuacion en el procedimiento de reclamacion puede realizarse de modo tal que ampare alguna conducta contra la buena fe procesal.

64.2 Los escritos presentados en el procedimiento de reclamaciones no requieren firma de abogado. Asimismo, en dichos procedimientos, no es obligatorio que los usuarios de servicios publicos cuenten con la asesoria de un abogado. Articulo 65º.- Atencion de reclamaciones Los usuarios tienen derecho a que sus reclamaciones vinculadas a la prestacion de servicios publicos MORDAZA resueltas en MORDAZA instancia administrativa por el organismo regulador respectivo. Las instancias competentes, sus facultades y los procedimientos que rigen su actuacion son los establecidos en las respectivas disposiciones emitidas por los organismos reguladores. Sin perjuicio de ello, los prestadores de los servicios publicos deben implementar un sistema en el que deben registrarse todas las reclamaciones que presenten los usuarios de los servicios publicos. Este registro debe permitir hacer un seguimiento de estas desde su inicio hasta la emision de la resolucion correspondiente por parte de la empresa proveedora del servicio publico. Registrada una reclamacion, la empresa proveedora del servicio publico informa al usuario respecto del numero o codigo de registro de la misma. La empresa proveedora del servicio publico debe remitir al organismo regulador correspondiente, periodicamente, un reporte de las reclamaciones presentadas, de acuerdo a su respectiva regulacion sectorial. Articulo 66º.- Garantia de proteccion a los usuarios de servicios publicos regulados 66.1 La empresa proveedora del servicio publico debe proporcionar al usuario reclamante, a su solicitud, informacion oportuna respecto al estado de los procedimientos de reclamacion tramitados por este. La empresa proveedora del servicio publico no puede condicionar la atencion de las reclamaciones formuladas por los usuarios al pago previo del monto reclamado. La empresa proveedora del servicio publico no puede suspender la prestacion del servicio basandose en la falta de pago de los montos objeto de reclamacion en tanto esta no MORDAZA sido resuelta ni puede efectuar gestiones de cobranza por dichos montos mientras la reclamacion presentada se encuentre en tramite. Los usuarios tienen derecho a recibir el servicio publico de acuerdo con los parametros de calidad y condiciones establecidos por la normativa sectorial correspondiente. Para tal fin, los usuarios deben realizar el pago oportuno de la contraprestacion respectiva y hacer uso del servicio de acuerdo con los fines para los cuales fue contratado. Los usuarios de servicios publicos tienen derecho a la continuidad del servicio y los proveedores son responsables por dicho incumplimiento de acuerdo con la normativa pertinente. Los usuarios tienen derecho a la acumulacion del saldo de minutos o segundos no

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